Ley de Servicios de Salud Conductual: Manual de Apoyos a la Vivienda (julio de 2024)
Transformación de la salud conductual
1. ¿En qué se diferencia la Ley de Servicios de Salud Conductual de la Ley de Servicios de Salud Mental en lo que respecta al apoyo de las necesidades de vivienda de las personas elegibles?
La vivienda es un componente esencial del tratamiento, la recuperación y la estabilidad de la salud mental. El treinta por ciento de la asignación de fondos de cada condado bajo la Ley de Servicios de Salud Conductual debe destinar a intervenciones de vivienda para californianos con las necesidades de salud conductual más significativas que están sin hogar o en riesgo de quedar. La mitad de esa cantidad se prioriza para personas y familias que viven sin hogar a largo plazo. La Ley de Servicios de Salud Conductual proporciona ingresos continuos para los condados que ayudan a personas con necesidades graves de salud conductual con vivienda y proporciona un camino hacia la recuperación a largo plazo, incluyendo capital continuo para construir más opciones de vivienda. Además, se financiarán más de 11.150 nuevas camas de tratamiento de salud conductual y viviendas de apoyo para personas que están en situación de falta de vivienda o en riesgo de estar sin hogar y que tienen necesidades de salud conductual, con una inversión de vivienda dedicada para atender a los veteranos. Según la Proposición 1, el 30 por ciento de las asignaciones anuales de la Ley de Servicios de Salud Conductual del condado incluirán apoyos para la vivienda. Según las proyecciones para el año fiscal (FY) 2026-2027, el componente anual total de vivienda a nivel estatal será de aproximadamente 950 millones de dólares (ver la Pregunta 6).
2. ¿Qué ayuda para la vivienda, los apoyos y los costos de desarrollo de capital pueden emplear los departamentos de salud conductual del condado con los fondos actuales de la Ley de Servicios de Salud Mental?
Resumen: Existe un alto grado de flexibilidad en cómo los departamentos de salud conductual del condado pueden emplear actualmente los fondos de la Ley de Servicios de Salud Mental para vivienda y apoyos para satisfacer las necesidades de personas con trastornos de salud conductual y que están o están en riesgo de quedar sin hogar. El Department of Health Care Services (DHCS) estima que en el año fiscal 2022-2023, se emplearon aproximadamente 286 millones de dólares de los fondos de la Ley de Servicios de Salud Mental para proporcionar vivienda o apoyo para la vivienda (ver el detalle a continuación).
Detalle: Varias partes de la Ley de Servicios de Salud Mental se pueden usar para la vivienda en el plan 2023-26 de un condado, que incluyen:
- Servicios y Apoyos Comunitarios (CSS)
- Asociación de servicio completo (FSP)
- Desarrollo General de Sistemas (GSD)
- Divulgación y participación
- Asistencia para la vivienda
- Ley de Servicios de Salud Mental Programde Vivienda
- No hay lugar como el hogar (NPLH)
- Prevención e Intervención Temprana
- Fondos de Innovación
- Facilidad de Capital y Necesidades Tecnológicas (CFTN)
Para obtener más información y ejemplos específicos de cómo se puede emplear cada componente o Program para la vivienda y el apoyo a la vivienda, consulte la hoja informativa del DHCS : ¿Cómo se pueden emplear los servicios de salud mental para apoyar a las personas sin hogar?
Esta tabla ofrece una estimación de los fondos de la Ley de Servicios de Salud Mental empleados para proporcionar vivienda o apoyos para vivienda. Esta estimación se desarrolló a partir del Reporte Anual de Ingresos y Gastos del año fiscal 2022-23 o en los datos más recientes disponibles.
| Tabla 1: Gastos estimados de vivienda de la Ley de Servicios de Salud Mental informados en el Informe Anual de Ingresos y Gastos del Año Fiscal 2022-23 | Monto en dólares |
|---|---|
| Informe de Ingresos y Gastos Vivienda Program/NPLH | $8,745,679 |
| CFTN – Capital Facilities | $23,147,650 |
| CSS FSP (Vivienda, GSD, Sin hogar) | $120,803,356 |
| CSS No FSP (Vivienda, GSD, Sin hogar) | $133,588,183 |
| Total general | $286,284,868 |
3. ¿Quién es elegible para la financiación de vivienda bajo la Ley de Servicios de Salud Mental?
Los servicios y la asistencia financiados por la Ley de Servicios de Salud Mental están disponibles para las personas sin hogar o en riesgo de quedarse sin hogar, y que también padecen enfermedades mentales graves. Las personas que cumplen con la elegibilidad de la Ley de Servicios de Salud Mental pueden recibir servicios de vivienda bajo CSS dentro de FSP, GSD y Outreach and Engagement. Los servicios de vivienda también están disponibles en el marco de Prevención e Intervención Temprana, así como de Innovación. Como se señala en la Tabla 1 anterior, la mayoría de las personas que reciben servicios de vivienda en virtud de la Ley de Servicios de Salud Mental están bajo CSS.
4. ¿Qué tipo de apoyos de vivienda podrán emplear los departamentos de salud conductual del condado según la Ley de Servicios de Salud Conductual a partir del 1de julio de 2026?
Los apoyos de vivienda elegibles para recibir fondos en virtud de la Ley de Servicios de Salud Conductual son amplios para ayudar a respaldar la gama de necesidades y ayudar a proporcionar una vivienda estable, en coordinación con la atención, para mejorar los resultados de salud de las poblaciones objetivo.
- Las intervenciones de vivienda pueden incluir:
- Subvenciones al alquiler
- Subsidios de funcionamiento
- Vivienda compartida (incluida la vivienda de recuperación)
- Vivienda familiar
- Participación no federal para el alquiler transitorio de Medi-Cal
- Otros apoyos de vivienda según lo definido por DHCS, incluidos, entre otros, la guía de políticas de Apoyo Comunitario
- Proyectos de desarrollo de capital
- Asistencia para la vivienda basada en proyectos, incluido el arrendamiento principal
- Capital: Los condados pueden usar hasta el 25 por ciento del 30 por ciento (es decir, el 7.5 por ciento del total) para la intervención de vivienda para apoyar el desarrollo de capital de viviendas para servir a la población elegible.
[Nota: Los departamentos de salud conductual del condado no pueden usar los fondos de la Ley de Servicios de Salud Conductual para intervenciones de vivienda que estén cubiertas por un plan de Medi-Cal Managed Care , según el Código de Bienestar e Instituciones (WIC) 5830 (c) (2).]
5. ¿Quién será elegible para la intervención de vivienda de la Ley de Servicios de Salud Conductual? (¿Algún cambio con respecto a la Ley de Servicios de Salud Mental?)
Resumen: Las poblaciones elegibles para el financiamiento de intervención de vivienda de la Ley de Servicios de Salud Conductual incluyen niños, jóvenes, adultos y adultos mayores y no cambian significativamente con respecto a la Ley de Servicios de Salud Mental, excepto por la adición de personas con un trastorno por uso de sustancias, que ahora pueden ser atendidas bajo la Ley de Servicios de Salud Conductual. Sin embargo, la Ley de Servicios de Salud Conductual promueve un enfoque en aquellos que tienen necesidades de atención complejas y requiere que el 50 por ciento de los fondos de intervención de vivienda se utilicen para atender a las personas sin hogar crónicas.
Detalle:
- Criterios de elegibilidad de la Ley de Servicios de Salud Conductual:
- Los niños y jóvenes elegibles se definen en la Sección 5892(k)(7) de WIC como personas de 25 años de edad o menos y:
- Cumple con los criterios de necesidad médica establecidos en WIC 14184.402(d), o
- Tiene un trastorno por consumo de sustancias moderado o grave (5891.5(c)).
- Los adultos elegibles y los adultos mayores se definen en la Sección 5892(k)(8) de WIC como personas de 26 años de edad o más y:
- Cumple con los criterios establecidos en WIC 14184.402(c), o
- Tiene un trastorno por consumo de sustancias moderado o grave (5891.5(c)).
- Los niños y jóvenes elegibles se definen en la Sección 5892(k)(7) de WIC como personas de 25 años de edad o menos y:
- Criterios de intervenciones de vivienda de la Ley de Servicios de Salud Conductual:
- De acuerdo con la Sección 5830 (a) (1) de WIC, cada condado establecerá y administrará un programa de intervenciones de vivienda para atender a las personas que están crónicamente sin hogar o que experimentan la falta de vivienda o están en riesgo de quedarse sin hogar, según se define en la Sección 5892, y cumplir con uno de los siguientes criterios de elegibilidad de la Ley de Servicios de Salud Conductual:
- Niños y jóvenes elegibles, según se definen en la Sección 5892(k)(7), que tengan 25 años de edad o menos y:
- Cumple con los criterios de necesidad médica establecidos en WIC 14184.402(d), o
- Tiene un trastorno por consumo de sustancias moderado o grave (5891.5(c)).
- Adultos elegibles y adultos mayores, según se definen en la Sección 5892(k)(8), como mayores de 26 años de edad y:
- Cumple con los criterios establecidos en WIC 14184.402(c), o
- Tiene un trastorno por consumo de sustancias moderado o grave (5891.5(c))
- El 50 por ciento se utilizará para intervenciones de vivienda para personas que están crónicamente sin hogar, con un enfoque en aquellos en campamentos.
- Niños y jóvenes elegibles, según se definen en la Sección 5892(k)(7), que tengan 25 años de edad o menos y:
- De acuerdo con la Sección 5830 (a) (1) de WIC, cada condado establecerá y administrará un programa de intervenciones de vivienda para atender a las personas que están crónicamente sin hogar o que experimentan la falta de vivienda o están en riesgo de quedarse sin hogar, según se define en la Sección 5892, y cumplir con uno de los siguientes criterios de elegibilidad de la Ley de Servicios de Salud Conductual:
6. ¿Cuánto dinero de la Ley de Servicios de Salud Conductual estará disponible para apoyos de vivienda a partir del 1de julio de 2026?
Según la Proposición 1, el 30 por ciento de las asignaciones anuales de la Ley de Servicios de Salud Conductual del condado son para apoyos de vivienda. Según una proyección de 3.500 millones de dólares en ingresos totales de la Ley de Servicios de Salud Conductual para el año fiscal 2026-2027, las asignaciones del condado para el componente de vivienda serán aproximadamente 950 millones de dólares. Según la metodología actual de asignación de la Ley de Servicios de Salud Mental descrita en el Aviso de Información de Salud Conductual nº: 23-061, que determina el porcentaje de fondos recibidos anualmente por cada condado, las asignaciones anuales proyectadas de la Ley de Servicios de Salud Conductual para intervenciones de vivienda son:
- Muy grande: Los Ángeles $254.09 millones
- Grande: Sacramento, $34.99 millones
- Mediano: Santa Cruz $6.79 millones
- Pequeño: Humboldt 3,3 millones de dólares
Además, para permitir que los condados aborden sus diferentes necesidades y prioridades locales, los condados pueden transferir fondos para aumentar este componente hasta un 14 por ciento adicional o disminuir los fondos hasta un 7 por ciento mediante la transferencia de fondos entre los otros dos componentes de financiamiento de la Ley de Servicios de Salud Conductual (FSP y servicios y apoyos de salud conductual).
Por ejemplo, un condado podría decidir asignar el 37 por ciento, en lugar del 30 por ciento requerido, de los fondos de la Ley de Servicios de Salud Conductual a intervenciones de vivienda transfiriendo el 7 por ciento de otra categoría de la Ley de Servicios de Salud Conductual, como los FSP.
Además, un condado podría decidir asignar el 23 por ciento, en lugar del 30 por ciento requerido, de sus fondos de la Ley de Servicios de Salud Conductual a intervenciones de vivienda transfiriendo lo que equivale al 7 por ciento de su asignación de la Ley de Servicios de Salud Conductual de las intervenciones de vivienda a alguna otra categoría.
Las transferencias están sujetas a la aprobación del DHCS y deben solicitarse cuando se presenta el borrador del Plan Integrado de tres años sobre la base de los datos y los aportes de la comunidad. El próximo ciclo, y el primer ciclo de la Ley de Servicios de Salud Conductual, es el año fiscal 2026-2029.
7. ¿Cuánto dinero de la Ley de Servicios de Salud Conductual se puede utilizar para el desarrollo de capital a partir del 1de julio de 2026?
Hasta el 25 por ciento de los fondos de intervención en vivienda (es decir, el 7,5 por ciento de los fondos locales) se pueden utilizar para proyectos de desarrollo de capital. Con base en la estimación descrita en la pregunta 6, aproximadamente $950 millones podrían estar disponibles para todo el grupo de intervenciones de vivienda para el año fiscal 2026-2027. Suponiendo que los condados no transfieran fondos dentro o fuera de la categoría de intervención de vivienda, se podrían usar hasta $235.79 millones para proyectos de desarrollo de capital de vivienda a nivel local para personas con condiciones de salud conductual. El monto total de los fondos de intervención en materia de vivienda para proyectos de desarrollo de capital se determinará en última instancia a nivel local.
8. ¿Qué otros fondos estatales de una sola vez para personas sin hogar han atendido a personas con problemas de salud conductual a los que también pueden servir los fondos actuales de la Ley de Servicios de Salud Conductual/Ley de Servicios de Salud Mental?
Hay muchos programas financiados por el estado que han atendido a personas con afecciones de salud conductual. Si bien es posible que estos programas no rastreen la cantidad o el porcentaje de participantes que tienen afecciones de salud conductual, es probable que hayan atendido a muchas personas que serían elegibles para ser atendidas por los fondos de la Ley de Servicios de Salud Mental/Ley de Servicios de Salud Conductual.
Desglosados por departamento, los principales fondos estatales de una sola vez para las personas sin hogar incluyen:
- California Departamento de Servicios Sociales: Advocacy Program de Vivienda y Discapacidad (HDAP); Caja fuerte para el hogar; traer a las familias a casa; Programde Apoyo a la Vivienda de CalWORKs; Proyecto Roomkey; y la Expansión de la Atención Comunitaria. (HDAP y CalWORKs son programas continuos que tuvieron expansiones de programas de una sola vez).
- Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario (HCD, por sus siglas en inglés): Homekey; NPLH Program; El Departamento de Vivienda para Veteranos y Prevención de la Falta de Vivienda Program que atiende a California los veteranos sin hogar; Falta de Vivienda, Vivienda, Asistencia y Prevención; Financiamiento para la resolución de campamentos; Subvenciones para el Desafío de las Familias sin Hogar; Vivienda Transitoria y Program Suplementarios (THP y THP-SUP); Housing Navigators Maintenance Program (HNMP), que atiende a jóvenes en edad de transición sin hogar; y el Program de Asistencia y Apoyo a las Mascotas (PAS, por sus siglas en inglés), que proporciona fondos a los refugios para permitirles alojar a personas con mascotas.
- Departamento de Servicios de Atención Médica: Behavioral Health Bridge Housing (a través de condados y entidades tribales) proporciona fondos para operar entornos de vivienda puente para abordar las necesidades inmediatas de vivienda de las personas sin hogar que tienen una afección de salud conductual. El Program de Incentivos para la Vivienda y las Personas sin Hogar (a través de los planes de Medi-Cal Managed Care ) ofrece incentivos a los planes de atención administrada para realizar inversiones y avances en el abordaje de la falta de vivienda y mantener a las personas alojadas.
- CalVet: El Program de Apoyo a la Autosuficiencia de los Veteranos proporciona servicios de apoyo mejorados a los veteranos de 55+/alta gravedad en sitios basados en proyectos para apoyar su capacidad de envejecer en el lugar y permanecer estables en un hogar.
9. ¿Qué otras fuentes de fondos pueden utilizar los condados para apoyar la vivienda de personas con problemas de salud conductual?
El estado alienta a los beneficiarios de fondos locales a combinar los fondos de la Ley de Servicios de Salud Mental/Ley de Servicios de Salud Conductual con otros recursos locales, estatales, federales y filantrópicos, que incluyen:
- Medi-Cal (a través de planes Medi-Cal Managed Care )
- Reorganización del condado (según el Título 3, División 3, Capítulo 6.3 del Código de Gobierno)
- Ley Bronzan-McCorquodale (realineamiento de 1991) (según la División 5, Parte 2 del Código de Bienestar e Instituciones)
- Subvenciones federales en bloque (por ejemplo, Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias)
- Subvención de Salud Mental de CalVet para Oficiales de Servicio para Veteranos del Condado
- Otros fondos federales, estatales y locales para vivienda y personas sin hogar
Estos son algunos ejemplos de otros fondos que se pueden combinar con los fondos de la Ley de Servicios de Salud Mental/Ley de Servicios de Salud Conductual para facilitar mejores resultados de salud y vivienda:
- Financiamiento de capital para vivienda a través del Bono de Salud Conductual, parte de la Proposición 1
- Apoyos comunitarios relacionados con la vivienda de Medi-Cal y, si lo aprueban los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) federales, alquiler transitorio. Además, el beneficio de Administración de Atención Mejorada de Medi-Cal puede ayudar a conectar a las personas con apoyos y servicios de vivienda para mejorar los resultados de salud y vivienda
- Otros fondos federales, estatales y locales centrados en la salud conductual, según lo permitido (consulte la lista anterior)
- Otros fondos federales, estatales y locales de vivienda y personas sin hogar, incluidos los Program de Vivienda, Asistencia y Prevención para personas sin hogar y fondos de las Autoridades de Vivienda Pública
- Financiación de fuentes filantrópicas y privadas
[Nota: Los departamentos de salud conductual del condado no pueden usar los fondos de la Ley de Servicios de Salud Conductual para intervenciones de vivienda que estén cubiertas por un plan de Medi-Cal Managed Care , según WIC 5830 (c) (2).]
10. ¿Dónde puedo obtener más información sobre las inversiones actuales de los condados y la planeación futura de apoyos para viviendas para personas con necesidades de salud conductual y vivienda?
- Program y plan de gastos vigente de los condados para un periodo de tres años en virtud de la Ley de Servicios de Salud Mental.
- Juntas de Supervisores del Condado, Director de Salud Conductual del Condado (responsable de la supervisión de la Ley de Servicios de Salud Mental y la Ley de Servicios de Salud Conductual) y líder de vivienda del condado (fondos de Vivienda y Personas sin Hogar)
- Otros recursos del programa estatal que pueden complementar los planes del condado para la Ley de Servicios de Salud Conductual:
- DHCS:
- HCD:
- CalVet:
- Aprobado por el votante medidas de bonos para vivienda para veteranos y personas sin hogar
- Program de subvenciones de CalVet para la salud mental en los condados
- Apoyo de Veteranos al Piloto de Autosuficiencia
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