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Tratamiento Ambulatorio Asistido​​ 

El Proyecto de Ley de la Asamblea 1421 estableció la Ley de Proyecto de Demostración de Tratamiento Ambulatorio Asistido (AOT) de 2002, conocida como la Ley de Laura, que proporciona tratamiento comunitario ordenado por el tribunal para personas con antecedentes de hospitalización o encarcelamiento repetido, o antecedentes de conducta violenta hacia sí mismos o hacia otros. El programa AOT permite a los condados California emplear los tribunales, los servicios de libertad condicional y los sistemas de salud mental para atender las necesidades de las personas que no pueden participar en Program comunitario de tratamiento de salud mental sin supervisión. Para leer el texto completo del proyecto de ley AB 1421, visite la sitio webde información legislativa de California.​​ 

DHCS está obligado a informar anualmente a la Legislatura sobre los resultados medidos Program a más tardar el 1 de mayo. El Reporte Legislativo Evalúa la eficacia de las estrategias empleadas por el Program para reducir la falta de vivienda, las hospitalizaciones y la interacción con las fuerzas del orden locales por parte de las personas que participan en el Program.​​ 

Participación en AOT​​ 

Los siguientes condados han optado por implementar los servicios de AOT:​​ 

Alameda | Contra Costa | El Dorado | Fresno | Kern | Kings | Los Angeles | Marin | Mariposa | Mendocino | Napa | Nevada | Orange | Placer | Riverside | Sacramento | San Diego | San Francisco | San Luis Obispo | San Mateo | Santa Barbara | San Bernardino | Santa Clara | Shasta | Siskiyou | Solano | Stanislaus | Tehama | Tulare | Ventura | Yolo​​ 

Los condados restantes optaron por no participar a través de la aprobación de una resolución, adoptada por la Junta de Supervisores:​​ 

Alpine | Amador | Butte | Calaveras | Colusa | Del Norte | Glenn | Humboldt | Imperial | Inyo | Lake | Lassen | Madera | Merced | Modoc | Mono | Monterey | Plumas | San Benito | San Joaquin| Santa Cruz | Sierra | Sonoma | Sutter/Yuba | Trinity | Tuolumne​​ 

Legislación​​ 

SB-507​​ 

El 1 de septiembre 30, 2021, el Proyecto de Ley del Senado (SB) 507 enmendó la legislación actual relacionada con el Program de Tratamiento Ambulatorio Asistido (AOT), para ampliar los criterios para que los servicios de AOT sean ordenados por un tribunal e incluir el requisito de que el AOT sea necesario para prevenir una recaída o un deterioro que probablemente resulte en una discapacidad grave o un daño grave para la persona o para otros, sin requerir también que la condición de una persona se esté deteriorando sustancialmente.​​ 

Este proyecto de ley también exige que el profesional de la salud mental que realiza el examen determine si el sujeto de la petición de AOT tiene la capacidad de dar su consentimiento informado sobre la medicación psicotrópica en su declaración jurada ante el tribunal, y permite que el sujeto de la petición o el profesional de la salud mental que realiza el examen comparezcan ante el tribunal para prestar testimonio por videoconferencia. Además, el proyecto de ley autoriza la presentación de una solicitud para obtener la autorización de tutela conforme a los procedimientos de solicitud existentes, para una persona bajo tutela que cumpla los requisitos, según se define en el proyecto de ley SB 507.​​ 

Los condados deberían consultar a su Junta de Supervisores y a las partes interesadas locales para la integración de los requisitos del SB 507 y deberían tener un plan de implementación establecido. Tenga en cuenta: No es necesario presentar el plan de implementación al Department of Health Care Services (DHCS).​​ 

Para leer la SB 507 en su totalidad, visite la página web de Información Legislativa de California .​​ 

AB 1976​​ 

El Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 1976 exigió que todos los condados de California ofrecieran Tratamiento Ambulatorio Asistido a partir del 1 de julio de 2017.12021 Los condados pueden ofrecer servicios AOT de forma independiente o podrían optar por asociar con condados vecinos. Los condados pueden optar por no participar mediante la aprobación de una resolución adoptada por la Junta de Supervisores, que identifica las razones para no participar y cualquier hecho o circunstancia empleada para tomar dicha decisión. Los condados no están obligados a presentar notificaciones anuales sobre la participación en AOT. Además, el proyecto de ley derogó la fecha de vencimiento de la Ley de Laura, extendiendo así el Program indefinidamente, y prohíbe que un condado reduzca Program voluntarios de salud mental existentes como resultado de la implementación de este proyecto de ley.​​ 

Para leer el texto completo del proyecto de ley AB 1976, visite el sitio web de información legislativa de California .​​ 

Capacitación y Asistencia Técnica​​ 

Para obtener ayuda con la implementación de AOT y los requisitos de presentación de informes, comuníquese con DHCSAOT@dhcs.ca.gov.​​ 

Recursos del DHCS​​ 

Cualquier pregunta relacionada con el Programa AOT puede dirigirse a:​​  DHCSAOT@dhcs.ca.gov​​