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Tarifas de solicitud​​ 

Cuota de solicitud para el año natural 2026​​ 

La cuota de solicitud para el año natural 2026 es de 750,00 dólares. Esta cantidad refleja un aumento de 20,00 $ en la tasa de solicitud para el año natural 2026. Este monto de tarifa es establecido por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) para cada año calendario y el nuevo monto de $750.00 es requerido con cualquier solicitud de inscripción aplicable presentada a partir del 1 12026 de enero y antes del 2 31 de2026 diciembre. La fecha de envío se determina por la fecha del matasellos estampada en el paquete de solicitud de proveedor de Medi-Cal por el Servicio Postal de los Estados Unidos o por una compañía de mensajería comercial, o por la fecha de envío en la Solicitud y Validación de Inscripción
Proveedor
PAVE).Más información sobre el importe actual de la tasa está disponible en la Oficina de Impresión del Gobierno, Registro Federal.
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Tarifa de solicitud para el año calendario 2025​​ 

La tasa de solicitud para el año natural 2025 fue de 730,00 dólares. Esta cantidad refleja un aumento de 21,00 $ respecto a la tasa de solicitud del año natural 2024. Esta cuota es requerida con cualquier solicitud de inscripción aplicable presentada a partir de enero de 1de 2025 y antes de 31de diciembre de 2025.
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Método de pago de Medi-Cal​​ 

Para los solicitantes y proveedores sujetos al pago de la tarifa con su solicitud de inscripción en Medi-Cal , el Department of Health Care Services (DHCS)) solo acepta transferencias electrónicas de fondos (EFT) en PAVE o cheques de caja que se aceptan solo para solicitudes en papel, a nombre del Estado de California, Department of Health Care Services. El cheque bancario debe ser por el monto establecido para el año calendario en el que DHCS reciba su solicitud de inscripción.​​ 

Información adicional​​ 

Additional information regarding the application fee requirements is available in the regulatory provider bulletin titled, “Medi-Cal Application Fee Requirements for Compliance with 42 Code of Federal Regulations Section 455.460.”​​ 

Sin tarifa de solicitud para solicitantes de grupos médicos y no médicos​​ 

Tras la aclaración recibida de CMS en marzo de 2013, los grupos de médicos y otros profesionales de la salud, así como los individuos, no estarán sujetos a los requisitos de la tasa de solicitud del Título 42, Sección 455.460 del Código de Regulaciones Federales, como solicitantes de Medicaid.​​