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Preguntas frecuentes sobre los servicios de doula

Proveedores de doula- Preguntas frecuentes generales

El Department of Health Care Services (DHCS)) cubre los servicios de doula tanto en los sistemas de atención gestionada como en los de pago por servicio para las afiliadas Medi-Cal embarazadas y en periodo posparto. Los servicios incluyen apoyo no médico para visitas prenatales y posparto, así como durante el trabajo de parto y el parto, abortos espontáneos y abortos.

1. ¿Qué tipo de servicios pueden proporcionar las doulas para el reembolso?

Las doulas pueden proporcionar varios tipos de apoyo durante el período perinatal, incluso durante el embarazo; trabajo de parto y parto, aborto espontáneo y aborto; y hasta un año después del parto. Los servicios incluyen orientación; navegación sanitaria; educación basada en la evidencia para el cuidado prenatal, posparto, parto y neonatal/lactante; apoyo a la lactancia; elaboración de un plan de parto; y vínculos con recursos comunitarios. Consulte el Manual del proveedor de Medi-Cal: Servicios de doula para obtener más información.

2. ¿Hay requisitos que deban cumplir antes de que un miembro pueda recibir servicios de doula? 

Doula services are considered a preventive benefit. Federal law requires that all preventive services first be recommended by a physician or other licensed practitioner of the healing arts. To increase access to services, DHCS issued a standing recommendation for doula services by the DHCS Medical Director, Karen Mark, MD, PhD. This fulfills the federal requirement for a recommendation to initiate doula services and Medi-Cal members do not need to separately obtain a recommendation. Doulas should reference this standing order in their records for the Medi-Cal member.

Si un afiliado a Medi-Cal empleó las ocho visitas perinatales y desea recibir servicios adicionales de doula durante el periodo posparto, puede aplicar a un proveedor autorizado que complete el formulario de Recomendación de Servicios de Doula de Medi-Cal y se lo entregue a la doula.

3. ¿Quién puede recomendar servicios de doula?

Since the DHCS Medical Director, Dr. Karen Mark, MD, PhD, has issued a standing recommendation for doula services, Medi-Cal members do not need a separate recommendation from a physician or other licensed provider for the initial set of services as described in the Medi-Cal Provider Manual: Doula Services. However, Medi-Cal members will need a new recommendation to receive up to nine additional postpartum visits. This recommendation must be made by a physician or other licensed practitioner of the healing arts acting within their scope of practice under state law. The recommending provider does not need to be enrolled in Medi-Cal or be a network provider with the member’s managed care plan (MCP).

4. ¿Qué servicios de doula están autorizados por una recomendación permanente?

La recomendación permanente permite que el miembro reciba los siguientes servicios de doula:

  • Una visita inicial de 90 minutos.
  • Hasta ocho visitas adicionales que pueden ofrecer en cualquier combinación de visitas prenatales y posparto, según lo determine la persona que da a luz y la doula.
  • Apoyo durante el trabajo de parto y el parto, el aborto y el aborto espontáneo.
  • Hasta dos visitas posparto prolongadas de tres horas después del final de un embarazo.

A second recommendation from a physician or other licensed practitioner of the healing arts acting within their scope of practice under state law is required for Medi-Cal members to receive up to nine additional visits during the postpartum period. See questions #5 and #6 below for more information.

5. ¿Cuántas visitas posparto adicionales se permiten?

Una segunda recomendación, ya sea anotada en el historial médico del miembro por un profesional autorizado o mediante un formulario firmado de Recomendación de Servicios de Doula de Medi-Cal: Visitas Posparto Adicionales , permite a los miembros recibir hasta nueve visitas adicionales durante el periodo posparto. La recomendación permanente no autoriza estas visitas adicionales posparto.

6. ¿La segunda recomendación para los servicios posparto debe estar fechada después del embarazo?

No. If the member has used or is likely to use all eight additional visits while they are pregnant, a licensed provider may recommend additional visits to be provided during the postpartum period.

7. ¿Cuánto dura el periodo posparto para los servicios de doula?

Para la cobertura de doula, el período posparto es de hasta un año después del final del embarazo, lo que permite a los miembros de Medi-Cal recibir servicios de doulas durante este período.

8. ¿Puede un miembro recibir servicios de doula solo durante el período posparto?

Sí. Los servicios de doula están disponibles hasta un año después del embarazo. Si la miembro no tuvo una doula durante el embarazo, puede usar la visita inicial y las ocho visitas durante el período posparto y hasta nueve visitas posparto adicionales con una segunda recomendación por escrito.

9. ¿DHCS cubrirá los servicios de doula prestados durante o después de un aborto espontáneo, muerte fetal o aborto?

Sí, los servicios de doula están disponibles para apoyar a las personas durante y después de embarazos que terminan en aborto espontáneo, muerte fetal o aborto.

10. ¿Existen requisitos para el reembolso del apoyo de doula durante o luego de un aborto espontáneo o aborto?

Sí. Para justificar la necesidad médica de los servicios en caso de una auditoría estatal o federal y como protección adicional para las doulas, el reembolso por el apoyo a las doulas en caso de aborto espontáneo solo está disponible cuando un proveedor autorizado (por ejemplo, un médico, enfermero especialista, matrona o matrona titulada) confirmó el embarazo antes del aborto. La confirmación puede ser la documentación de un servicio prenatal realizado por un profesional autorizado, ya sea mediante una reclamación, datos de encuentros o historial médico.  

Reimbursement for doula support for abortion is only available when there is documentation by claim, encounter data, or medical record of medication or surgical abortion.  

Las doulas no están obligadas a proporcionar documentación de respaldo al presentar reclamaciones y aplicar el reembolso por apoyo por aborto espontáneo o aborto, ni por servicios posparto prestados tras un aborto espontáneo o aborto, pero es una buena práctica que las doulas confirmen con la integrante que el embarazo fue confirmado por un proveedor autorizado.   

11. ¿Existen limitaciones sobre dónde las doulas pueden brindar servicios?

No. Las doulas pueden brindar servicios en la comunidad, en el hogar de un miembro y en hospitales, entre otros lugares.

12. ¿Pueden las doulas brindar servicios por telesalud?

Sí. La doula puede prestar todos sus servicios a través de Telehealth, incluso por teléfono. Los servicios prestados a través de Telehealth deben facturar de conformidad con la política Telehealth del DHCS , tal como se describe en la sección Medicina: Telehealth del Manual del Proveedor Medi-Cal . Esto incluye la facturación con el modificador 93 para audio síncrono solo o con el modificador 95 para video síncrono. Los servicios prestados por texto, email, chat o modalidades distintas a audio-visual o solo audio no son reembolsables. Además, todos los servicios de doula prestados a través de Telehealth deben cumplir con los requisitos federales de privacidad, incluida la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA).

La política Telehealth de Medi-Calexige que cualquier proveedor, incluidas las doulas, que preste servicios a través de Telehealth pueda realizar una transición fluida a una doula presencial, si así lo aplicar el afiliado a Medi-Cal .

13. ¿Puede un miembro recibir servicios de doula de más de una doula?

Sí, más de una doula puede brindar servicios durante el embarazo y el período posparto de un miembro. Sin embargo, el número total de visitas que puede recibir una miembro es por embarazo y no por doula. Además, solo una doula puede facturar por los servicios prestados durante el parto, el aborto espontáneo o el aborto.

El DHCS reconoce que puede haber varias razones por las que una persona beneficiaria de Medi-Cal pueda consultar con una o más doulas durante el transcurso de su embarazo, o incluso el mismo día. Por ejemplo, un afiliado a Medi-Cal puede reunir con una o más doulas como parte del proceso inicial para identificar a la doula que mejor se adapte a sus necesidades individuales. De igual manera, una persona beneficiaria de Medi-Cal podría necesitar cambiar de doula durante el transcurso de su embarazo. Por estos motivos, la política de Medi-Cal no prohíbe que dos doulas presten visitas prenatales o posparto médicamente necesarias durante el embarazo de una beneficiaria de Medi-Cal, ni siquiera el mismo día.

14. ¿Podrán las doulas especializadas (por ejemplo, para parto/parto y parto solo, prenatales solo, posparto, etc.) proporcionando servicios de doula para su especialidad?

El DHCS creó una vía de inscripción única para las doulas, por lo que deben poder proporcionar todos los servicios de doula enumerados en el Manual del Proveedor de Medi-Cal: Servicios de Doula : atención prenatal, durante el parto y posparto. Las doulas pueden tener áreas de especialidad. Estas están listadas en el Directorio de Doulas.

El DHCS trabajó con diversas partes interesadas para desarrollar el beneficio de la doula, quienes consideran que el conocimiento de la experiencia del parto es esencial para ofrecer una atención posparto de calidad. Por lo tanto, DHCS no tiene planes de crear doulas especializadas.

15. ¿Pueden las doulas ayudar en un parto en casa?

Sí, una doula puede ayudar con los partos en casa proporcionados por un proveedor autorizado. Medi-Cal no tiene límites sobre dónde las doulas pueden brindar servicios.