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Preguntas frecuentes sobre tratamiento de salud conductual – Inscripción de proveedores​​ 

A partir del 1 de julio de 1, 2025, los proveedores de servicios calificados para el autismo (QAS) inscritos pueden realizar y presentar reclamaciones de reembolso al Department of Health Care Services (DHCS)) directamente por los servicios de BHT proporcionados a los niños inscritos en Medi-Cal de pago por servicio (FFS). La información sobre la política de BHT de Medi-Cal está disponible en el Manual del Proveedor de Medi-Cal.​​ 

1. ¿Qué proveedores de BHT deben inscribir en Medi-Cal?​​  ​​ 

La vía de inscripción es solo para analistas de comportamiento certificados por la junta (BCBA) y psicólogos educativos que se inscribirán como proveedores de QAS a través del sistema de inscripción de proveedores de Medi-Cal. Los proveedores de QAS pueden inscribir como individuos u organizaciones.​​ 

2. ¿Es necesario inscribirse en los profesionales de QAS o paraprofesionales de QAS?​​ 

No. Solo los proveedores de QAS y las CBO que facturarán a DHCS o a un Plan Medi-Cal Managed Care (MCP) deben inscribir.​​ 

3. ¿Necesito informar a los proveedores de QAS, profesionales de QAS y paraprofesionales de QAS en el portal de inscripción en línea?​​ 

A partir del 17de noviembre de 2025y sujetos a requisitos de notificación y conferencia, los proveedores de QAS y los CBOs podrán atestiguar las cualificaciones de sus proveedores QAS, profesionales QAS y paraprofesionales QAS, y no tendrán que informarlos individualmente en el sistema de inscripción de proveedores. En cambio, los proveedores de QAS y las CBO deberán mantener una lista activa y actualizada de todos los proveedores de BHT que trabajan bajo su supervisión y poner esa información a disposición del DHCS cuando se le aplicar y en caso de una auditoría estatal o federal. La lista deberá incluir los números nacionales de identificador de proveedor (NPI), nombres y apellidos, y cualquier número de licencia profesional o de certificación o número de registro de las personas que presten servicios BHT. Hasta que esta certificación se añada al portal de inscripción en línea, los proveedores QAS y CBOs pueden presentar una solicitud que incluya solo un proveedor individual de BHT.​​ 

4. ¿Con qué frecuencia necesito informar cambios en la información que ingresé en el portal de inscripción en línea?​​ 

Una vez que un proveedor de QAS o una CBO se inscribe, cualquier cambio en la información reportada previamente debe ser informado al DHCS dentro de los 35 días posteriores al cambio mediante la presentación de una solicitud complementaria en el portal de inscripción de proveedores, de conformidad con la sección 51000.40 del Código de Reglamentos de California, Título 22. Estos cambios deben realizar en el sistema de registro de proveedores accediendo a tu cuenta.​​ 

5. ¿Cómo se inscribiría un proveedor de QAS que emplea profesionales de QAS y paraprofesionales de QAS?​​ 

Las organizaciones proveedores de QAS no se inscribirán como grupos, sino como compañías de atención sanitaria. Al comenzar la solicitud en la inscripción, selecciona la opción "Soy una compañía sanitaria" (no selecciones las opciones para Grupo o Grupo Mixto).. Los BCBAs no presentarán solicitudes separadas ni se inscribirán individualmente. Para más información, consulte la Pregunta #8 en la sección de Inscripción de Proveedores de la sitio web de Preguntas frecuentes.​​ 

6. ¿Los proveedores de QAS que son proveedores con licencia deben inscribir o enviar una solicitud de inscripción complementaria para facturar los servicios de BHT?​​ 

No. DHCS implementó ediciones en el sistema para permitir que los médicos, psicólogos, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, terapeutas matrimoniales y familiares con licencia, trabajadores sociales clínicos con licencia, consejeros clínicos profesionales con licencia, patólogos del habla y el lenguaje y audiólogos inscritos activamente facturen los servicios de BHT prestados a partir del 1de julio de 2025, a los afiliados a Medi-Cal FFS, sin tomar medidas adicionales.​​ 

7. ¿Debo inscribirme si solo tengo la intención de proporcionar servicios de BHT a los afiliados a Medi-Cal con un MCP?​​ 

Sí. Una vez establecida esta vía de inscripción, todos los proveedores de QAS deben inscribir, incluso si solo tienen la intención de seguir contratando con MCP y no proporcionarán servicios de BHT a los afiliados a Medi-Cal FFS. Consulte la Carta para Todos los Planes 22-013 y las Preguntas Frecuentes de la APL 22-013 para obtener más información sobre los requisitos de evaluación e inscripción en Medi-Cal Managed Care.​​ 

8. ¿Cómo me inscribo si soy un BCBA que trabaja desde mi hogar y no tengo un lugar de negocios establecido (EPOB) donde veo clientes?​​  ​​ 

La política actual de Medi-Cal exige que los proveedores de QAS tengan un EPOB, en cumplimiento con la sección 51000.60 del Título 22 del Código de Reglamentos de California. Sin embargo, los BCBA individuales de Medi-Cal que tienen un contrato con un MCP de Medi-Cal y no tienen un EPOB donde prestan servicios a los afiliados a Medi-Cal están actualmente exentos de inscribir. Sin embargo, el DHCS publicará un boletín reglamentario en septiembre de 2025 que eximirá del requisito del EPOB a estas personas, a partir del 17 de noviembre, sujeto a los requisitos de notificación y consulta. Una vez que esta vía de inscripción esté disponible, los BCBA individuales tendrán 120 días para inscribir y continuar brindando servicios de BHT a los afiliados a Medi-Cal en un MCP de Medi-Cal. Los BCBAs se matricularán a través de la vía "Negocios Sanitarios". Para más información, consulte la pregunta #5 arriba.​​ 

9. ¿Necesito un número de NPI para inscribirme?​​ 

Sí. Todos los proveedores inscritos, de facturación y de capacidad necesitan un NPI.  Para aplicar y recibir un NPI en línea, visite el sitio web del Sistema Nacional de Enumeración de Planes y Proveedores .​​ 

10. ¿Puede una CBO facturar por los servicios de BHT?​​ 

Sí. Una CBO puede inscribir y facturar los servicios de BHT proporcionados a los afiliados a Medi-Cal FFS a partir del 1 de julio 1 de2025 2018. Las organizaciones comunitarias que se inscribieron previamente pueden presentar una solicitud complementaria al sistema de inscripción de proveedores para poder facturar los servicios de terapia conductual.​​ 

11. ¿Hay alguna ayuda para matricularme?​​ 

Sí. DHCS creó una lista de verificación de inscripción para ayudar a los proveedores de QAS a identificar qué documentos e información necesitarán al enviar su solicitud en el portal de inscripción en línea. También hay información adicional disponible en las preguntas frecuentes sobre la inscripción de proveedores de Medi-Cal para organizaciones proveedoras de QAS, personas QAS y organizaciones comunitarias que ofrecen servicios de BHT.​​ 

Para obtener más información, consulte las preguntas frecuentes sobre la inscripción de proveedores de QAS.

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