Elegibilidad presunta del hospital Program
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¿Qué es la elegibilidad presunta del hospital?
La Elegibilidad Presuntiva Hospitalaria permite que ciertos proveedores sanitarios aprueben una cobertura sanitaria temporal para solicitantes elegibles mediante una solicitud electrónica. Las determinaciones de elegibilidad presuntiva hospitalaria se basan en la auto-atestación de hechos del solicitante y no se requieren otras formas de prueba.
¿Qué cobertura proporciona la elegibilidad presunta del hospital?
La Elegibilidad Presuntiva del Hospital proporciona beneficios inmediatos y temporales sobre la base de una tarifa por servicio de hasta 60 días para aquellos que califican.
- La elegibilidad presunta del hospital proporciona cobertura completa a todas las personas elegibles, excepto a las embarazadas.
- La Elegibilidad Presuntiva Hospitalaria para el Embarazo proporciona una cobertura de alcance limitado y solo cubre la atención prenatal ambulatoria (sin cita previa), el aborto ambulatorio y los medicamentos recetados para afecciones relacionadas con el embarazo.
Si se le aprueba la elegibilidad presunta para el hospital, su proveedor debe verificar su elegibilidad para conocer el alcance de su cobertura. Los servicios cubiertos están sujetos a cambios, por lo que es importante preguntarle a su proveedor si su(s) servicio(s) estará(n) cubierto(s), especialmente si recibe la Elegibilidad Presunta Hospitalaria para el Embarazo.
La elegibilidad presunta del hospital es temporal. Debe solicitar programas de cobertura de salud y completar el proceso de solicitud para encontrar un programa de seguro de salud a largo plazo que se adapte a sus necesidades. Consulte a continuación las formas de solicitar cobertura de salud.
¿Qué es el pago por servicio?
Pago por servicio significa que usted no está inscrito en un plan de atención médica. Para evitar pagar de su bolsillo por los servicios de atención médica, pregúntele a su médico si acepta Medi-Cal de pago por servicio antes de programar visitas.
¿Quién es potencialmente elegible para la elegibilidad presunta del hospital?
Para calificar para la Elegibilidad Presunta Hospitalaria, usted debe:
Tener bajos ingresos mensuales, como se indica en esta Tabla de Códigos de Ayuda
Vivir en California;
No estar recibiendo actualmente Medi-Cal;
No recibir la Elegibilidad Presunta más del número máximo de veces permitido en los últimos 12 meses;
Si está embarazada, no recibió la Elegibilidad Presunta durante su embarazo actual.
Y ser elegible en uno de los siguientes grupos de elegibilidad presunta para hospitales a continuación:
- Menores de 19 años
- Padres y parientes cuidadores
- Personas embarazadas
- Ex jóvenes de crianza temporal entre las edades de 18 a 26 años, que estuvieron en cuidado de crianza en cualquier estado cuando cumplieron 18 años o más. (Sin límite de ingresos)
- Adultos de entre 19 y 64 años que no estén embarazadas, que no reciban Medicare Part A y que no sean elegibles para ninguno de los grupos mencionados anteriormente.
Próximamente: Requisitos de trabajo y participación comunitaria para adultos (19-64 años)
A partir del 1de enero de 2027, algunos adultos deben tener un ingreso mensual de al menos 580 dólares, o completar una actividad o combinación de actividades que sume 80 horas mensuales de participación comunitaria para obtener la Elegibilidad Presuntiva Hospitalaria. Estas normas no se aplican a todos los adultos, y tendrás que responder más preguntas en la solicitud para ver si se aplican a ti.
Puedes encontrar una explicación más detallada de las reglas en el sitio web de Cambios en Medi-Cal.
¿Con qué frecuencia puedo recibir elegibilidad presunta?
La elegibilidad presuntiva incluye la elegibilidad presuntiva hospitalaria, la elegibilidad presuntiva de los niños, la elegibilidad presuntiva para personas embarazadas y la elegibilidad presuntiva de la BCCTP.
| Grupo de Elegibilidad Presuntiva | Con qué frecuencia |
|---|---|
| Grupos secundarios | Dos (2) veces por 12 meses |
| Grupos de adultos | Una (1) vez cada 12 meses |
| Personas embarazadas | Una (1) vez por embarazo |
¿Quién me ayudará a inscribirme en la elegibilidad presunta para el hospital?
Para aplicar la Elegibilidad Presuntiva Hospitalaria, debes acudir a un proveedor que participe, conocido como "Proveedor Calificado".
Puede encontrar un proveedor calificado de esta lista:
Las solicitudes de elegibilidad presuntiva hospitalaria solo se aceptan cuando haya personal capacitado disponible durante la visita sanitaria. Si la elegibilidad presunta para el hospital no está disponible durante su visita, debe aplicar Medi-Cal para que potencialmente cubra el costo de sus servicios. Medi-Cal retroactivo puede cubrir los gastos de los servicios que ya recibió si aplicar Medi-Cal y completa el proceso de inscripción dentro de los tres (3) meses posteriores a la recepción de esos servicios.
Puede encontrar recursos adicionales en folletos sobre la elegibilidad presunta del hospital aquí:
Folleto de elegibilidad presunta hospitalaria (inglés)
Árabe, armenio, camboyano, chino (simplificado), chino (tradicional), inglés (letra grande), farsi, hindi, hmong, japonés, coreano, laosiano, mien, punjabi, ruso, español, tagalo, tailandés, ucraniano, vietnamita
¿Se incluye la elegibilidad presunta del hospital en la prueba de carga pública?
La prueba de carga pública es una evaluación que emplean los funcionarios de inmigración para determinar si es probable que un no ciudadano dependa del gobierno para su apoyo. Según la guía federal actualizada, algunos beneficios pueden considerar si la carga pública se aplica a tu caso. Estos programas pueden incluir Medi-Cal, CalFresh (SNAP) y, para algunas personas, asistencia financiera a través de Covered California.
Tenga en cuenta que el DHCS y las agencias de servicios sociales del condado no pueden proporcionar servicios legales ni asesoramiento relacionado con el estatus migratorio o las leyes de carga pública. Si tiene preguntas sobre su estatus migratorio y los beneficios de Medi-Cal, hable con un abogado de inmigración calificado o visite la página de Carga Pública de CalHHS.
Formas de solicitar Medi-Cal y otros programas de cobertura de salud
Puede solicitar Medi-Cal:
- En línea, en el sitio web de Covered California o en el sitio web de BenefitsCal.
- Por teléfono con Covered California en el (800) 300-1506 | TTY: (888) 889-4500.
- Por teléfono con Covered California (Español) al (800) 300-0213.
- Por teléfono, comunicar con la agencia de servicios sociales de su condado. Encuentre los datos de contacto de la oficina local de servicios sociales del condado en este sitio web de Oficinas del Condado.
- En persona: comuníquese con Covered California al (800) 300-1506 para obtener una lista.
- En persona: busque y visite una agencia de servicios sociales del condado cercana empleando este sitio web de Oficinas del Condado.
Descarga e imprime una única aplicación simplificada:
Fax al (888) 329-3700
Enviar por correo a
Covered California
P.O. Caja 989725
West Sacramento, CA 95798
¿Qué debo hacer si recibo una factura mientras tenía cobertura de elegibilidad presunta para el hospital?
Siga estos pasos si recibe una factura que cree que debería estar cubierta:
Confirmar la cobertura: Confirma que la fecha de notificación en la factura corresponde al tiempo que estuviste cubierto por la Elegibilidad Presuntiva del Hospital.
Consulta el periodo de cobertura de Elegibilidad Presuntiva Hospitalaria y el alcance de cobertura que aparecen en la tarjeta de Necesidad Inmediata en papel o
Si ya no tienes tu tarjeta de Necesidad Inmediata o no estás seguro de tu periodo de cobertura, contacta con la oficina de servicios sociales de tu condado para aplicar la verificación de elegibilidad para la fecha de notificación que aparece en la factura.
Contacta con el proveedor y comparte pruebas de elegibilidad: Llama al hospital, clínica o consulta médica que envió la factura. Infórmeles que usted tenía la elegibilidad presunta para el hospital en la fecha del servicio que figura en la factura y proporcione:
El número de identificación BIC que aparece en su tarjeta de Necesidad Inmediata o
El número de identificación BIC que aparece en su tarjeta BIC de plástico o
Otra prueba de elegibilidad, como la que aplicar a la oficina de servicios sociales de su condado.
Aplicar asistencia adicional: El proveedor puede volver a enviar la factura a Medi-Cal para su pago. Si no pueden ayudarte, pide ayuda adicional al departamento de facturación.
Comunicar con DHCS: Si el problema no se resuelve, comunicar con el Centro de Servicios Telefónicos de DHCS al (800) 541-5555 para obtener asistencia.
Almacena registros: Almacena toda la correspondencia, facturas y pruebas de cobertura para tus registros.
Preguntas
Se pueden enviar preguntas generales a DHCSHospitalPE@DHCS.CA.GOV. No podemos responder preguntas relacionadas con su elegibilidad para Medi-Cal ni consultar su caso.