Saltar al contenido​​ 
Inicio Servicios Medi-Cal Recursos Medi-Cal División de Elegibilidad Bienvenido a Medi-Cal Access Program En Español ¿Quién cumple los requisitos para el Programa de Asistencia para la Vivienda ( Medi-Cal Access Program)? | En Español​​ 

¿Quiénes califican para Medi-Cal Access Program? | En Español​​ 

Para calificar para MCAP, usted debe:​​ 

  • Embarazada: Debes estar embarazada. La fecha de solicitud es la fecha en que MCAP recibe la solicitud completa y elegible de Covered California.​​ 
  • Un residente de California: Una persona que vive en California y que planea quedarse; y​​ 
  • No inscritos en otros programas: No puede recibir beneficios sin costo de Medi-Cal o Medicare Parte A y Parte B a partir de la fecha de solicitud; y​​ 
  • No cubierto por ningún otro plan de seguro de salud: No puedes tener otro seguro de salud, a menos que tu otro seguro no cubra servicios de maternidad o tenga un deducible o copago solo de maternidad superior a 500 $ en la fecha de la solicitud. Medi-Cal Access Program será el seguro principal y, al emplear los servicios Medi-Cal Access Program deberá elegir un Plan de Atención Médica Gestionada. Medi-Cal Access Program no cubre el copago ni el deducible del otro seguro. y​​ 
  • Dentro de las pautas de ingresos de MCAP: Debe tener un ingreso bruto ajustado federal modificado dentro de las pautas de ingresos de MCAP.​​ 

Pautas de ingresos​​ 

A partir del 1de enero de 2026​​ 

Tamaño de la familia MCAP​​ FPL anual 100% 2026​​ 213% FPL mensual​​ 

322% FPL mensual​​ 

2​​ $21,640​​ $3,843​​ $5,809​​ 
3​​ $27,320​​ $4,851​​ $7,332​​ 
4​​ $33,000​​ $5,858​​ $8,855​​ 
5​​ $38,680​​ $6,868​​ $10,382​​ 
6​​ $44,360​​ $7,875​​ $11,905​​ 
7​​ $50,040​​ $8,883​​ $13,428​​ 
8​​ $55,720​​ $9,892​​ $14,954​​ 
9​​ $61,400​​ $10,900​​ $16,477​​ 
10​​ $67,080​​ $11,907​​ $18,000​​ 
Agrega la siguiente cantidad en dólares por cada miembro adicional de la familia:​​ $5,680​​ $1,010​​ $1,527​​ 

* Para los fines del Program Medi-Cal Access Program , una persona embarazada se cuenta como dos afiliados a la familia.​​ 

Cumplir con las pautas de ingresos de MCAP​​ 

Para ver si cumples con las pautas del Ingreso Bruto Ajustado Modificado (MAGI, por sus siglas en inglés) de MCAP, analizamos tu impuesto federal sobre la renta para el hogar:​​ 

¿Qué es el Ingreso Bruto Ajustado Modificado (MAGI)?​​ 

MAGI cuenta los ingresos y las personas en su hogar que se reclaman en su formulario de impuestos federales. Luego, MCAP compara su MAGI con el Nivel Federal de Pobreza (FPL) para el tamaño del hogar declarado en su formulario de impuestos.​​ 

¿De quién son los ingresos que se deben contabilizar?​​ 

Para ver si cumples con las directrices de Medi-Cal Access Program , solo cuenta los ingresos de los familiares incluidos o que aparecerán en tu formulario federal de impuestos.​​ 

¿Qué ingresos se deben contabilizar?​​ 

Solo anote los ingresos que declarará en su formulario de impuestos federales para las personas que se incluirán en su formulario de impuestos federales.​​ 

Tamaño de la familia​​ 

El tamaño de la familia es el declarante, más todas las personas que se espera que sean declaradas como dependientes fiscales en tu formulario fiscal. Una persona embarazada cuenta como uno MÁS el número de hijos esperados.​​ 

¿Cumple con las pautas de elegibilidad de MCAP?​​ 

Con base en el hogar con impuestos federales y el tamaño de la familia de ese hogar con impuestos, MCAP determinará si cumple con las pautas de elegibilidad de MCAP. Si no es elegible, tiene otras opciones de cobertura de salud para las que puede calificar, incluida la cobertura de Medi-Cal o Covered CA.​​ 

Si sus ingresos están por debajo de las pautas de elegibilidad de MCAP, es posible que califique para Medi-Cal sin costo.​​ 

Si usted no reúne los requisitos para Medi-Cal Access Program porque sus ingresos para el tamaño de su familia están por debajo de las pautas de elegibilidad Medi-Cal Access Program , puede reunir los requisitos para recibir Medi-Cal sin costo alguno. Enviaremos su solicitud a Medi-Cal para que determinen su elegibilidad. La elegibilidad presuntiva está disponible para cualquier persona cuyo ingreso familiar sea igual o inferior al 213% de las directrices federales de ingresos. La elegibilidad presunta es un Program federal/estatal diseñado para brindar acceso a la atención prenatal a las personas embarazadas, ofreciendo cobertura inmediata Medi-Cal mientras se presenta una solicitud formal Medi-Cal . Para más información sobre la elegibilidad presunta, por favor llame al (800) 824-0088.​​ 

Si tus ingresos están por encima de las pautas de elegibilidad de MCAP, es posible que califiques para Covered CA y que te ayudemos a recibir créditos fiscales para ayudarte a pagar tus primas de Covered CA.​​ 

Si no calificas para MCAP, porque tus ingresos para el tamaño de tu familia son demasiado altos para las pautas de elegibilidad de MCAP, puedes calificar para Covered CA. Para obtener más información sobre Covered CA, visite www.coveredca.com o llame al 1-800-300-1506.​​ 

Aviso de privacidad de Medi-Cal​​ 

Las leyes federales y estatales nos exigen que proporcionemos la siguiente información: El Código de Bienestar e Instituciones §14011 requiere que los solicitantes de Medi-Cal proporcionen la información solicitada en la solicitud. Se puede compartir con agencias federales, estatales y locales con el fin de verificar la elegibilidad y para verificar el estado migratorio de aquellas personas que buscan beneficios completos de Medi-Cal. (La ley federal dice que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (CIS, por sus siglas en inglés), anteriormente el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS, por sus siglas en inglés), no puede usar la información para nada más, excepto para casos de fraude). También se utilizará para procesar las reclamaciones de Medi-Cal y hacer Tarjetas de Identificación de Beneficios (BIC). El no proporcionar la información requerida puede resultar en la denegación de la solicitud. La información requerida por este formulario es obligatoria. Los números de Seguro Social son requeridos por §1144(a)(1) de la Ley del Seguro Social, a menos que solo soliciten beneficios de emergencia o relacionados con el embarazo.​​ 

Usted tiene derecho a acceder a sus registros de Medi-Cal. Comunícate con la oficina de Medi-Cal de tu condado.​​