Integración Administrativa de Salud Conductual
Preguntas frecuentes
- Cronograma de implementación
- Condados de DMC
- Modelo Regional DMC-ODS
- Alineación con otras reformas de CalAIM
- Experiencia de los miembros
- DHCS-County Contracts
- Línea de acceso 24/7
- Intercambio de datos y privacidad
- Planes de Competencias Culturales
- Revisiones de Calidad Externas (EQR)
- Revisiones de cumplimiento
- Adecuación de la red
- Supervisión de proveedores
- Auditorías BH
- Estándares para tipos y servicios específicos de proveedores de salud conductual
Cronograma de implementación
¿En qué consiste cada fase de la Integración Administrativa de la Salud Conductual?
Para lograr la Integración Administrativa de Salud Conductual en todo el estado en 2027, DHCS trabajará con los condados utilizando un enfoque de tres fases bajo el cual diferentes componentes se integrarán en diferentes grados en diferentes momentos. El plan de implementación por fases se desarrolló para tener en cuenta el hecho de que algunos componentes pueden integrarse bajo las autoridades existentes y los condados pueden haber tomado medidas para hacerlo, mientras que otros componentes pueden requerir acción por parte del DHCS, cambios en las autoridades estatales o aprobación federal.
- La Fase 1 se centra en la integración voluntaria de las funciones del condado en virtud de los contratos existentes durante los años calendario 2023 y 2024.
- La Fase 2 se centrará en la integración voluntaria de contratos durante los años calendario 2025 y 2026 para los condados que se ofrezcan como voluntarios para adoptar contratos integrados temprano, a partir del 1de enero de 2025.
- En la Fase 3, todos los condados deberán adoptar contratos integrados a partir del 1 de enero de 1, 2027, según lo especificado en el estatuto CalAIM (AB 133).
Para obtener información adicional sobre cada fase de implementación, consulte el Documento conceptual de integración administrativa de salud conductual.
¿Puede el DHCS proporcionar más detalles sobre la propuesta de alinear los contratos integrados del DHCS-Condado con el año calendario en lugar del año fiscal?
Actualmente, los contratos de salud mental del DHCS (Departamento de Servicios de Salud del Condado) están alineados con el año fiscal estatal, que va del 1 de julio al 30 de junio. Sin embargo, en AB 133, la Legislatura ordenó al DHCS y a los condados que ejecutaran contratos integrados de salud conductual a partir del 1 de enero de 2027. Que los contratos integrados de salud conductual entren en vigor al comienzo del año calendario coincidiría con la renovación de la exención 1915(b) existente del DHCS y con los ciclos de los contratos del Plan de Atención Gestionada (MCP), los cuales ya siguen el año calendario. El DHCS trabajará en estrecha colaboración con los condados y otras partes interesadas clave para evaluar las participaciones del cambio del ciclo de contratos
salud conductual al año calendario y para garantizar una transición exitosa a los ciclos de contratos anuales.
¿Cómo apoyará el DHCS a los condados para lograr el cumplimiento de la Integración Administrativa de Salud Conductual para el 1de enero de 2027?
El DHCS reconoce que el tiempo del personal del condado es limitado y que los condados están implementando otras reformas de la política de CalAIM. El DHCS desarrolló el enfoque de implementación por fases para la integración administrativa de la salud conductual teniendo en cuenta estas limitaciones de capacidad, incluida la coordinación con otras reformas de CalAIM. El DHCS continuará llevando a cabo una amplia labor de colaboración con las partes interesadas y brindando asistencia técnica para garantizar que los condados cuenten con la información, los recursos y la asistencia técnica necesarios para implementar con éxito la Integración Administrativa de la Salud Mental. La participación incluirá grupos de trabajo con los interesados, seminarios sitio web informativos, divulgación dirigida y la publicación de directrices claras y otros recursos, según corresponda.
¿Cómo será la integración administrativa de salud conductual para los condados que no se ofrecen como voluntarios para la integración temprana del contrato?
Durante la Fase 2 (1/1/25-12/31/26: Integración voluntaria de contratos), los condados que no optan por la integración temprana de contratos pueden continuar integrando componentes que no requieren orientación adicional del DHCS, como los procesos relacionados con la línea de acceso las 24 horas del día, los 7 días de la semana, la detección, la evaluación y la planificación del tratamiento, la mejora de la calidad y los planes de competencia cultural, así como el almacenamiento de datos del condado y el intercambio de datos en preparación para la implementación completa para el 1de enero de , 2027. Estos condados no participarán en los componentes que requieren autoridad contractual integrada (es decir, Revisiones de Calidad Externas (EQR), auditorías de BH y certificaciones de adecuación de la red) hasta 2027.
Condados de DMC
¿Cómo será la Integración Administrativa de Salud Conductual para los condados de Drug Medi-Cal (DMC)?
Los condados de DMC continuarán brindando servicios de trastorno por uso de sustancias (SUD) fuera de la estructura de atención administrada mientras participan en todos los demás aspectos aplicables de esta iniciativa, incluida la adopción de un Plan de Salud Mental integrado (MHP) y un contrato de DMC con el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS) que promueve los objetivos de integración.
Modelo Regional DMC-ODS
¿Cómo se implementará la Integración Administrativa de Salud Conductual para los condados que se encuentran en el Modelo Regional del Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS)?
DHCS reconoce que existen consideraciones de implementación únicas para los condados del modelo regional DMC-ODS. En la Fase 2 (1/1/25-12/31/26: Integración Voluntaria de Contratos), DHCS llevará a cabo una participación específica de las partes interesadas con los condados que participan en el Modelo Regional DMC-ODS para informar la implementación de la Integración Administrativa de Salud Conductual para los participantes en este modelo. Próximamente se publicará información adicional.
Alineación con otras reformas de CalAIM
¿La integración administrativa de la salud conductual requerirá memorándums de entendimiento (MOU) integrados entre los MCP y Health Plan conductual (BHP)?
La integración administrativa de la salud conductual no requiere un nuevo memorándum de entendimiento entre los MCP y Health Plan conductual (BHP). Los BHP pueden presentar una plantilla integrada de MOU que incluya los requisitos MHP y DMC-ODS o DMC que cumpla con todos los requisitos establecido en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN) 23-056, 23-057 y 24-016.
¿Cómo se alinea la Integración Administrativa de Salud Conductual con otras reformas de políticas de CalAIM como No Wrong Door, Rediseño de Documentación y Herramientas Estandarizadas de Detección y Transición?
DHCS desarrolló el marco de Integración Administrativa de Salud Conductual y el enfoque de implementación por fases para alinearse y crear oportunidades para apoyar y aprovechar la implementación de las iniciativas existentes de CalAIM, aclarar los requisitos existentes y promover las mejores prácticas en el punto de atención para la detección, las evaluaciones y la planificación del tratamiento. Estas iniciativas de CalAIM ya incluyen cambios en las políticas que alinean los requisitos administrativos para los servicios de Medi-Cal SMHS y Trastorno por Uso de Sustancias (SUD). Por ejemplo, CalAIM incluyó actualizaciones de los criterios de acceso de los miembros que aclararon que un diagnóstico clínico no es un requisito previo para recibir servicios de salud conductual en los sistemas de entrega de SMH o DMC/DMC-ODS; las personas con síntomas de MH o SUD pueden recibir atención mientras se determina el diagnóstico. Muchos cambios en la política de rediseño de la documentación también se aplican a los sistemas de administración de BH especializados, incluida la eliminación de planes de tratamiento estáticos y la adopción de listas de problemas.
¿Cómo funcionará el pago con la Integración Administrativa de Salud Conductual?
A partir del 1 de julio 1, 2023 , en el marco de la iniciativa de reforma de pagos de salud conductual CalAIM , Health Plan conductual del condado pasó del reembolso basado en costos financiado a través de Gastos Públicos Certificados (CPE) al reembolso por servicio financiado a través de Transferencias Intergubernamentales (IGT), eliminando la necesidad de conciliación con los costos reales. Como parte de la reforma de pagos, tanto los servicios de Salud Mental Especializada (SMH) como los servicios de SUD pasaron de la codificación existente del Sistema de Codificación de Procedimientos Comunes en Atención Sanitaria (HCPCS) de Nivel II a la codificación de Nivel I, conocida como codificación de Terminología Procedimental Actual (CPT), cuando fue posible. La integración administrativa de salud conductual no cambiará los beneficios de salud conductual cubiertos por Medi-Cal ni modificará los componentes de la reforma de pagos para SMH, DMC o DMC-ODS. La Iniciativa de Integración Administrativa de Salud Conductual tampoco cambia la forma en que se financian los servicios de salud mental y trastornos por uso de sustancias (SMHS y SUD) de Medi-Cal en California; en otras palabras, no modificará los métodos de asignación ni los requisitos de gasto existentes para las fuentes de financiación de salud mental y trastornos por uso de sustancias, incluidas la Reorganización de 1991 y 2011 y la MHSA. Puede encontrar más información sobre la reforma del pago de la salud conductual, incluidos materiales de asistencia técnica, en la sitio web de CalAIM BH.
Experiencia de los miembros
¿Cómo mejorará la Integración Administrativa de Salud Conductual la experiencia de los miembros?
Alinear o fusionar los requisitos administrativos entre los programas de salud mental y SUD bajo la Integración Administrativa de Salud Conductual reducirá la complejidad y la carga administrativa para los planes de salud conductual y los proveedores, mejorando así la calidad de la atención que experimentan los miembros porque los cambios permitirán a los proveedores concentrarse en mejorar la prestación de atención, incluida la prestación de atención para las afecciones concurrentes de salud mental y SUD. La alineación de los requisitos administrativos entre SMHS y DMC/DMC-ODS también puede facilitar la participación de los proveedores en ambos sistemas de prestación, lo que puede facilitar una atención más integrada para las personas que necesitan servicios de SMHS y DMC/DMC-ODS.
Los miembros también tendrán acceso a un manual integrado para miembros y, por lo tanto, podrán buscar servicios de SMHS y SUD en un solo lugar en lugar de dos. Además, habrá un único proceso integrado para apelaciones/quejas, ofreciendo nuevamente a los miembros un lugar de acceso para completar este proceso, en lugar de dos procesos diferentes para los servicios de SMHS y SUD. Por último, las actividades de Mejora del Desempeño de Aseguramiento de la Calidad (QAPI) y Revisión Externa de la Calidad (EQR) tendrán un mayor enfoque en la calidad de la atención para los miembros con necesidades de salud conductual concurrentes, reconociendo la superposición frecuente de las dos condiciones entre los miembros.
DHCS-County Contracts
¿Cómo navegará el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) las diferencias en los requisitos y regulaciones entre los servicios especializados de salud mental (SMHS, por sus siglas en inglés) y los programas de Medic-Cal Drug Medi-Cal Organized Delivery System (DMC-ODS) en el contrato integrado?
DHCS empleó el modelo de contrato existente Health Plan Mental (MHP) como punto de partida para desarrollar el modelo de contrato integrado y luego lo modificó y agregó contenido según fue necesario para abarcar todos los requisitos relevantes para DMC-ODS o DMC. Mientras que el contrato DMC-ODS/SMHS se estructurará como un único Program de atención gestionada Health Plan para Pacientes Hospitalizados Prepagados (PIHP), los condados de DMC continuarán operando un PIHP de SMHS y un Program DMC de atención no gestionada. Ciertas partes del contrato integrado se identifican como específicas Program(por ejemplo, la necesidad médica y las definiciones de servicio) y esas secciones generalmente se copian directamente de los contratos vigentes para SMHS, DMC-ODS y/o DMC. Para las secciones “integradas” del contrato que se aplican por igual tanto a SMHS como a DMC-ODS o Program DMC, DHCS realizó ajustes modestos según sea necesario para armonizar los estándares en todo Program. Para los condados DMC, ciertas funciones de atención gestionada de SMHS se ajustaron para requerir especial atención a los miembros con necesidades concurrentes de salud conductual.
¿Significa la Integración Administrativa de Salud Conductual que los condados deben reestructurar para que los sistemas de salud mental y trastornos por consumo de sustancias estén todos bajo un único departamento de Salud Conductual dentro del condado?
No. Aunque los condados (o grupos regionales de condados) operarán un programa integrado de salud conductual de Medi-Cal desde la perspectiva de la ley estatal y federal, los condados pueden continuar estructurando sus operaciones internas como mejor les parezca. Por ejemplo, algunos condados han optado por consolidar su personal de salud conductual bajo un solo departamento del condado, mientras que otros condados mantienen departamentos separados (o divisiones dentro de un departamento) para operaciones especializadas en salud mental y trastornos por uso de sustancias.
¿Habrá un límite anual de gasto especificado en los contratos integrados, similar al enfoque actual para los contratos DMC y DMC-ODS de los condados? Si no es así, ¿afectará la eliminación de esos límites anuales a las contribuciones del Fondo General Estatal (SGF) para, o a posibles límites que puedan existir sobre, servicios específicos de DMC o DMC-ODS?
Actualmente, los contratos DMC y DMC-ODS de los condados contienen un límite anual de gasto, que debe modificar si el gasto real supera las proyecciones. En cambio, los contratos MHP son contratos de "cero dólares" sin límite.
Los contratos integrados de salud conductual serán contratos de "cero dólares" sin límite especificado, similar al enfoque actual para los contratos de salud mental. Todas las reclamaciones elegibles del condado se pagarán conforme al contrato y la ley aplicable.
Un enfoque de "cero dólares" significa que no es necesario una enmienda fiscal si el gasto total bajo el contrato es superior al esperado. Implementar el "cero dólar" no modifica las contribuciones del SGF para servicios específicos (por ejemplo, servicios intensivos ambulatorios y residenciales DMC-ODS) ni para poblaciones (por ejemplo, Expansión Opcional de la ACA).
Para información adicional sobre la financiación de diversos servicios y poblaciones especializadas en salud conductual, consulte los manuales de facturación de DMC, DMC-ODS y Salud Mental Especializada disponibles en https://www.dhcs.ca.gov/services/MH/Pages/MedCCC-Library.aspx. El capítulo 6 de los manuales actuales DMC/DMC-ODS contiene una discusión detallada sobre la financiación, incluidas las contribuciones del SGF.
Can the Department of Health Care Services (DHCS) provide additional clarification on the impact and operationalization of “zero dollar” contracts? Specifically, how will “zero dollar” contracts be operationalized between DHCS and counties, and how this could impact county contracts with community-based organizations (CBOs)?
Un enfoque de "cero dólares" significa que no es necesario una enmienda fiscal si el gasto total como parte del contrato integrado es mayor de lo esperado. Este enfoque evita la carga administrativa que suponen las enmiendas contractuales realizadas por los condados y el DHCS. Los contratos existentes Health Plan Mental (MHP, por sus siglas en inglés) ya son de "cero dólares" y no presentan ningún problema. Por lo tanto, DHCS no prevé ningún problema con el hecho de que los contratos integrados sean de cero dólares. Además, la financiación "cero dólares" no debería afectar a los contratos del condado con las CBOs. Todas las reclamaciones elegibles del condado y del proveedor seguirán pagar conforme al contrato y la ley aplicable.
¿Afectará la integración temprana de contratos al Financiamiento General del Estado (SGF)?
La ley de California especifica cómo se pueden utilizar los flujos de financiación existentes para la salud conductual para apoyar los servicios de salud mental y/o trastornos por uso de sustancias. La implementación de contratos integrados no modifica las contribuciones del SGF para servicios y poblaciones específicas.
¿Las asignaciones de las Subvenciones en Bloque serán diferentes para los condados que integren los contratos temprano? En caso afirmativo, ¿se pueden proporcionar detalles sobre cómo se alineará esto con un contrato integrado?
Las asignaciones y restricciones de fondos no se modificarán ni ajustarán a través de la Integración Administrativa de Salud Conductual de CalAIM y seguirán requiriendo procesos duales para ciertas funciones fiscales y contables a nivel del condado.
Bajo los contratos integrados, ¿cómo reclamarán los condados los gastos relacionados con los servicios cubiertos de Medi-Cal, el aseguramiento de la calidad y la revisión de utilización (QA/UR), las actividades administrativas relacionadas con el contrato y las Actividades Administrativas de Salud Mental de Medi-Cal (MH MAA)?
- Servicios cubiertos por Medi-Cal para los miembros. En virtud del contrato integrado, los proveedores seguirán facturando los servicios de salud mental Medi-Cal al Program correspondiente (SMHS, DMC o DMC-ODS), y los condados seguirán empleando códigos específicos Programcuando presenten reclamaciones al DHCS por los gastos relacionados con esos servicios cubiertos. La adopción de un contrato integrado en el marco de la Integración Administrativa de la Salud Mental no exige que los condados realicen ningún cambio en las tasas de reembolso a los proveedores, ni en el enfoque de financiación de la parte que le corresponde al condado de los gastos de Medi-Cal.
- QA/UR y actividades administrativas relacionadas con la contratación. El DHCS implementará la reclamación integrada para las actividades administrativas y de aseguramiento de la calidad/UR. En cada categoría, los condados informarán los gastos totales elegibles bajo el contrato integrado (aunque los condados pueden continuar rastreando los subtotales específicos del programa para sus propios fines si así lo desean). Se requerirá que los condados informen por separado los gastos que son elegibles para fondos estatales bajo la Proposición 30.
- MH MAA. Los condados continuarán reclamando reembolsos a través del proceso de reclamo de MH MAA de la misma manera que actualmente están reclamando reembolsos.
Línea de acceso 24/7
Para la línea de acceso integrada las 24 horas del día, los 7 días de la semana, ¿el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) requerirá que los condados usen un número de teléfono local, o pueden usar un número gratuito?
Bajo la Integración Administrativa de Salud Conductual del DHCS, los condados con contratos integrados operarán una línea de acceso integrada las 24 horas del día, los 7 días de la semana, lo que significa que los miembros pueden llamar a un solo número para acceder a información sobre servicios especializados de salud mental (SMHS) y servicios de trastorno por uso de sustancias (SUD). Para la integración voluntaria en 2025, el DHCS no propone actualmente ningún otro cambio en los requisitos de la línea de acceso. Los condados pueden continuar utilizando un número de teléfono local o un número gratuito para sus líneas de acceso integradas las 24 horas del día, los 7 días de la semana, de acuerdo con los requisitos actuales, siempre y cuando ofrezcan un solo número gratuito para los servicios de SMHS y SUD.
¿Es necesario que el condado opere la línea de acceso integrada las 24 horas del día, los 7 días de la semana, o pueden los condados continuar utilizando proveedores/subcontratistas?
Se espera que los condados con contratos integrados operen una sola línea de acceso las 24 horas para todos los miembros de Medi-Cal que buscan servicios de salud conductual, de modo que puedan ser evaluados y evaluados adecuadamente para las necesidades de salud mental y trastornos por uso de sustancias, y programar citas de seguimiento adecuadas como parte de la misma llamada, sin necesidad de colgar y marcar ningún número adicional. Los condados pueden continuar utilizando proveedores/subcontratistas para dotar de personal y operar su línea de acceso gratuito las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Intercambio de datos y privacidad
Bajo los contratos integrados, ¿se aplicarán las protecciones de la Parte 2 del Código de Regulaciones Federales (CFR) 42 para los datos del trastorno por uso de sustancias (SUD) a todo el Plan de Salud Conductual (BHP)?
- El contrato Health Plan Conductual (BHP, por sus siglas en inglés) no exige que todo el BHP del condado cumpla con las protecciones de la Parte 2 ("Parte 2") del Título 42 del Código de Regulaciones Federales (42 CFR Parte 2). Los condados tienen la capacidad de designar un "Componente de la Parte 2" dentro de su BHP integrado, del mismo modo que actualmente designan los Componentes de la Parte 2 y los no Componentes de la Parte 2 dentro del gobierno general del condado. Solo el Componente de la Parte 2 debe cumplir con los requisitos de consentimiento del paciente de la Parte 2, más allá de los requisitos básicos de la norma de privacidad de la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud (HIPAA).
- En el marco de un contrato BHP integrado, el Componente de la Parte 2 debe incluir, como mínimo, proveedores de SUD operados y empleados por el condado, y cualquier otro que cumpla con la definición federal de un " Program de la Parte 2" (por ejemplo, personas o entidades que se presentan como proveedores de diagnóstico, tratamiento o derivación para tratamiento de SUD, y que de hecho lo son). Ver más abajo la definición completa. Si un proveedor grande ofrece una combinación de servicios SUD y no SUD, puede ser posible designar individuos o unidades específicas dentro de ese proveedor en el Componente de la Parte 2, sin que todo el proveedor esté sujeto a la Parte 2.
- A opción del condado, los condados podrían optar por incluir a los proveedores de SMHS del condado en su Componente de la Parte 2. Es posible que los condados deseen sopesar factores como los siguientes:
- La inclusión de los proveedores de SMHS en el Componente de la Parte 2 facilitaría el intercambio de datos entre los sistemas de atención de SMHS y SUD. Esto podría eliminar la necesidad de consentimientos de pacientes y firewalls adicionales en los registros médicos electrónicos (EHR) porque los requisitos de consentimiento de la Parte 2 no se aplican al intercambio de datos dentro de un componente de la Parte 2 con fines de diagnóstico, tratamiento o derivación para tratamiento.
- La inclusión de proveedores de SMHS en el componente de la Parte 2 los somete a los requisitos de la parte 2 cuando comparten datos con personas o entidades fuera del componente de la parte 2.
- La definición Program de la Parte 2 no incluye las funciones administrativas realizadas por Health Plan. Por lo tanto, a medida que los condados deciden qué personas, entidades y funciones incluir en sus Componentes de la Parte 2, es probable que no estén obligados a incluir las actividades del personal del condado relacionadas con la administración del Programa de Salud Conductual de Medi-Cal (a diferencia de las actividades realizadas por proveedores operados por el condado que se relacionan con el diagnóstico, el tratamiento o la derivación de trastornos por uso de sustancias).
- La Parte 2 regula el flujo de información. Por lo tanto, los condados no están obligados a mantener la separación física entre individuos y entidades que estén o no sujetos a la Parte 2, siempre que el condado implementó firewall apropiados para garantizar que las personas fuera del Componente de la Parte 2 no puedan acceder a información protegida de la Parte 2 sin el consentimiento necesario del miembro.
- La sección 11845.5 del Código de Salud y Seguridad de California (H&S) sigue aplicar a los servicios para trastornos por uso de sustancias que no se prestan a través de Medi-Cal. Código de Bienestar e Instituciones sección 14184.102(j) exime a CalAIM de la Sección 11845.5 de la Ley de Salud y Seguridad. CalAIM abarca prácticamente la totalidad de Medi-Cal.
Definición de un “ Program de la Parte 2”
La Parte 2 no se aplica a toda la información sobre SUD. Más bien, los requisitos de la Parte 2 se aplican a los registros que (1) revelan información sobre las condiciones o el tratamiento de SUD de un paciente, y (2) están en poder de un “ Program de la Parte 2”. Un Program de la Parte 2 se define como cualquiera de las siguientes personas/entidades que reciben financiación federal (incluido el reembolso Medicaid ):1
- Una persona o entidad (que no sea un centro médico general) que se presenta como proveedor y proporciona diagnóstico, tratamiento o derivación de TOS para tratamiento; o
- Dentro de un centro médico general:
- Una subunidad identificada que se presenta a sí misma como proveedora y proporciona diagnóstico, tratamiento o derivación de SUD; o
- Personal médico u otro personal en un centro médico general cuya función principal es proporcionar diagnóstico, tratamiento o derivación de TOS y que se identifiquen como tales proveedores.
Según la Administración de Servicios de Abuso de Sustancias y Salud Mental (SAMHSA), un proveedor puede "hacer pasar" como proveedor de servicios de SUD si, entre otras actividades, obtiene una licencia estatal específicamente para ofrecer servicios de SUD, anuncia servicios de SUD, tiene una certificación en medicina de adicciones o publica declaraciones en su sitio web sobre los servicios de SUD que ofrece.2
1 42 C.F.R. § 2.11
2 SAMHSA, Reglamentos de Uso de Sustancias y Confidencialidad (octubre 27 2023), https://www.samhsa.gov/about-us/who-we-are/laws-regulations/confidentiality-regulations-faqs
En el marco de contratos integrados, ¿afectarán las protecciones de datos de la Parte 2 del Título 42 del Código de Regulaciones Federales (CFR) la capacidad de un condado para ubicar conjuntamente servicios especializados de salud mental (SMHS) y Program trastornos por uso de sustancias (SUD)?
El cumplimiento de la Parte 2 se centra en los flujos de información, no en barreras físicas. Por lo tanto, la Parte 2 no impide la co-ubicación de los proveedores siempre que se cumplan los requisitos mínimos de la Parte 2 (por ejemplo, firewall entre el personal o sistemas de historias clínicas electrónicas (EHR) que formen o no formen parte del componente de la Parte 2).
A medida que los condados implementan la Integración Administrativa de Salud Conductual, ¿qué recursos puede proporcionar el DHCS para apoyar a los condados a mantener el cumplimiento de las regulaciones de 42 CFR Parte 2 sobre la privacidad de los datos de los trastornos por uso de sustancias?
El DHCS se compromete a garantizar que los datos de salud conductual se compartan y almacenen de la manera más eficiente posible, manteniendo al mismo tiempo la protección de la privacidad de los miembros, incluidas las normas federales de confidencialidad de la "Parte 2" para la información relacionada con los trastornos por consumo de sustancias. Para ayudar a los proveedores Program y de salud conductual del condado a mantener el cumplimiento de la Parte 2 del Título 42 del Código de Regulaciones Federales (42 CFR Parte 2) y otras leyes de privacidad a medida que avanzan en las capacidades y prácticas de intercambio de datos, DHCS está explorando oportunidades para desarrollar un formulario modelo de "autorización universal" (el formulario ASCMI, ver la pregunta a continuación) que se pueda emplear para obtener autorizaciones individuales para el intercambio de datos, incluido el intercambio con MCP y otros proveedores de servicios. El DHCS también considerará otras oportunidades para brindar orientación y, potencialmente, compartir conocimientos u otra asistencia técnica durante todo el periodo de implementación.
¿Cómo se alinea el Programa Piloto de Autorización para Compartir Información Confidencial de Medi-Cal (ASCMI) actualmente en curso con la Integración Administrativa de Salud Conductual?
La iniciativa ASCMI busca promover una atención coordinada y centrada en la persona para los afiliados a Medi-Cal, proporcionando herramientas que agilicen el consentimiento para compartir información sobre servicios sociales y de salud, incluida información sobre salud mental y trastornos por consumo de sustancias. Las herramientas de ASCMI incluyen el Formulario ASCMI (formulario estandarizado de divulgación de información) y la Plataforma de Gestión de Consentimiento (plataforma electrónica que almacenará y gestionará las preferencias de consentimiento de un miembro para compartir datos). El DHCS prevé que los afiliados y proveedores de Medi-Cal podrán acceder a la Plataforma de Gestión de Consentimiento para ver, enviar, modificar o revocar el consentimiento, lo que permitirá un intercambio de datos sin interrupciones en el marco de la Integración Administrativa de Salud Conductual.
DHCS realizó pruebas piloto en tres países en 2023 para probar el interés y la receptividad a las herramientas ASCMI. Consulte el Informe de evaluación piloto de ASCMI para obtener más información. Utilizando los comentarios y las lecciones aprendidas del programa piloto, DHCS está refinando el formulario ASCMI y desarrollando un plan de diseño, financiamiento e implementación para una plataforma de gestión de consentimiento en todo el estado. En 2025 se publicará un formulario ASCMI perfeccionado y detalles adicionales sobre la plataforma de gestión del consentimiento.
¿Cómo se alinea el Proyecto de Sistemas Integrales de Datos de Salud Conductual con la Integración Administrativa de Salud Conductual?
El Proyecto Integral de Sistemas de Datos de Salud Conductual tiene como objetivo identificar soluciones tecnológicas para modernizar y agilizar la recopilación de datos y la generación de informes, análisis y otras funciones relacionadas con los datos, y desarrollar una plataforma consolidada de informes y análisis que integre datos de 12 sistemas de datos de salud conductual existentes. DHCS se coordinará internamente y con las partes interesadas para garantizar la alineación entre la implementación del Proyecto de Sistemas Integrales de Datos de Salud Conductual y la Integración Administrativa de Salud Conductual.
Planes de Competencias Culturales
¿Recibirán los condados plantillas u orientación para ayudar a desarrollar planes de competencia cultural consistentes e impactantes?
Sí. DHCS está desarrollando plantillas integradas de Planes de Competencia Cultural para uso del condado.
Revisiones de Calidad Externas (EQR)
¿Cómo funcionarán las Revisiones Externas de Calidad (EQR) bajo contratos integrados?
Bajo contratos integrados, los condados del Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS, por sus siglas en inglés) contarán con un EQR único e integrado que aborda los programas de Servicios Especializados de Salud Mental (SMHS, por sus siglas en inglés) y DMC-ODS. Los condados de Medic-Cal (DMC) continuarán recibiendo EQR únicamente para sus actividades de SMHS.
How will DHCS ensure that the integrated EQR process includes adequate focus on both mental health and substance use disorder priorities aren’t lost in the aim to have an integrated EQR?
DHCS diseña su enfoque EQR en todos Program (SMHS, SUD, atención gestionada y odontología) en cumplimiento con las regulaciones federales del Título 42, Parte 437, Subparte E del Código de Regulaciones Federales.
Con respecto al EQR integrado de salud conductual en el marco de la Integración Administrativa de la Salud Conductual, el DHCS trabajará con las partes interesadas para garantizar que el EQR —y otros mecanismos de supervisión— incluyan medidas apropiadas con respecto a la capacidad de servicios de tratamiento de alta calidad para la salud mental y los trastornos por uso de sustancias, incluidos los servicios para tratar afecciones concurrentes.
Según los contratos existentes de los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) y del Sistema Organizado de Entrega de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS, por sus siglas en inglés), se espera que los condados completen un proyecto de mejora del rendimiento clínico (PIP, por sus siglas en inglés) y un PIP no clínico para cada programa, con un total de cuatro PIP. Bajo los contratos integrados, ¿los condados aún necesitarán completar cuatro PIP?
Todos los condados con contratos integrados deberán implementar al menos dos PIP: un PIP clínico y un PIP no clínico, según la ley federal.
Para los condados integrados de DMC-ODS, los PIP pueden pertenecer a servicios especializados de salud mental (SMHS), DMC-ODS o ambos.
En el caso de los condados de Medi-Cal (DMC) integrados para medicamentos, ambos PIP deben pertenecer a SMHS, lo que podría incluir atención especial a los miembros con necesidades concurrentes de trastorno por uso de sustancias (SUD).
De acuerdo con los contratos existentes, el DHCS puede requerir que los condados integrados completen PIP específicos y/o PIP adicionales.
Compliance Reviews (or “BH Audits”)
¿Cómo serán las revisiones de cumplimiento de los condados bajo la Integración Administrativa de Salud Conductual?
Como parte de la integración administrativa de la salud conductual, el DHCS desarrollará un proceso simplificado de revisión del cumplimiento normativo tanto para SMHS como para SUD. La adopción de revisiones integradas será uno de los varios cambios de política que DHCS implementará para reestructurar y reorientar las revisiones de cumplimiento de SMHS y DMC/DMC-ODS (o "auditorías de salud mental") para respaldar los objetivos de CalAIM. El DHCS seguirá publicando directrices sobre estas actualizaciones de políticas y recabará comentarios sobre las opciones para simplificar o integrar la supervisión del cumplimiento durante la participación de las partes interesadas en la integración administrativa de BH.
¿Cómo funcionarán las auditorías de Salud Conductual (BH) bajo contratos integrados en términos de estructura y frecuencia?
Los condados con contratos integrados recibirán una auditoría anual integrada de BH que evalúa el cumplimiento del contrato integrado, incluidos los elementos específicos de los servicios especializados de salud mental (SMHS) y los servicios de trastorno por uso de sustancias (SUD). Este proceso integrado se aplicará tanto a los condados del Sistema Organizado de Entrega de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS) como a los de Medicamentos de Medi-Cal (DMC) y continuará siguiendo el año fiscal estatal (SFY) en términos de períodos de programación y revisión. Las auditorías integradas de BH seguirán el enfoque sistémico que es específico del condado, como se describe en BHIN 23-044.
¿Las auditorías integradas de Salud Conductual (BH, por sus siglas en inglés) incluirán una revisión de los servicios de Subvención en Bloque (SUBG, por sus siglas en inglés) de Servicios de Prevención, Tratamiento y Recuperación del Uso de Sustancias, además de los Servicios Especializados de Salud Mental (SMHS, por sus siglas en inglés) y los servicios de Medic-Cal Drug Medi-Cal Organized Delivery System (DMC-ODS)?
En la actualidad, el DHCS lleva a cabo revisiones anuales del cumplimiento de los SUBG al mismo tiempo que de los DMC/DMC-ODS. En este momento, el DHCS anticipa que las revisiones de SUBG se combinarán con las auditorías integradas de BH, incluidas las revisiones anuales de cumplimiento con al menos una revisión in situ cada tres años. El DHCS publicará una guía adicional sobre la alineación y racionalización de la supervisión en los programas de salud conductual.
¿Cómo piensa DHCS poner en práctica las auditorías de salud conductual (BH) proporcionadas en cuanto a plazos y dónde/cómo se integrarán ciertas auditorías para agilizar las respuestas? ¿Para los condados que integran contratos antes de tiempo? ? ¿Se puede aclarar los plazos y dónde y cómo se integrarán ciertas auditorías para agilizar las respuestas?
Los condados con contratos integrados recibirán auditorías anuales integradas de BH vigentes a partir de enero de 1 2026 (después de que los contratos integrados estuvieron vigentes durante un año completo). Tras la fecha de vigencia, estos condados serán auditados según los requisitos establecido en el contrato integrado y recibirán un reporte único e integrado de conclusiones. Las auditorías integradas de BH seguirán al año fiscal estatal en cuanto a los periodos de programación y revisión. Las auditorías de BH seguirán el enfoque sistémico específico de cada condado, tal como se describe en BHIN 23-044.
Adecuación de la red
¿Cómo funcionarán las certificaciones integradas de adecuación de redes? ¿Exigirá el Department of Health Care Services (DHCS) a los condados que presenten tanto la Herramienta de Certificación de Adecuación de la Red (NACT) anual como los datos de acceso oportuno, además de los datos mensuales Provider Network del Intercambio Electrónico de Datos 274 (estándar 274)?
Para los condados con contratos integrados, el DHCS llevará a cabo una certificación anual de adecuación de la red a través de un proceso de informes único e integrado. Los condados completarán una presentación única e integrada para la adecuación de la red (utilizando el estándar 274 descrito en BHIN 23-042) y un informe de acceso oportuno. Estas presentaciones continuarán después del año fiscal estatal (SFY). Para la integración voluntaria en 2025, el DHCS no propone actualmente ningún cambio sustancial en los estándares de adecuación de la red o acceso oportuno.
- Los condados del Sistema de Entrega Organizada de Drug Medi-Cal (DMC-ODS) y Health Plan Mental (MHP) deberán presentar anualmente la documentación de certificación de Adecuación de Red integrada tanto para los servicios especializados de salud mental (SMHS) como para los servicios de trastornos por uso de sustancias (SUD), como se describe en BHIN 25-013. DHCS llevará a cabo la certificación anual de la red mediante un único proceso de reportes integrado, que incluye la recopilación de datos integrados Provider Network del Intercambio Electrónico de Datos 274 (estándar 274).
- Los condados de DMC-ODS también deberán enviar datos Provider Network a DHCS empleando el estándar 274 mensualmente, como se describe en BHIN 25-013. Si bien el DHCS empleará los datos del estándar 274 para evaluar el cumplimiento de la adecuación de la red para los condados DMC-ODS con contratos integrados, el estándar 274 no reemplazará formalmente al NACT como fuente principal de análisis para los condados DMC-ODS no integrados hasta que el DHCS emita una BHIN u otra guía formal para informar a los condados sobre este cambio. Tras el periodo de presentación de solicitudes, el DHCS proporcionará a cada condado un reporte combinado de resultados que describirá si se cumplieron los estándares de adecuación de la red para cada elemento requerido.
Para los condados que participan en Drug Medi-Cal (DMC), el DHCS solo requerirá la presentación de la herramienta integrada de datos de acceso oportuno (TADT), que incluirá datos de acceso oportuno para SUD y SMHS. El DHCS seguirá exigiendo que se presenten los datos y la documentación restantes sobre la adecuación de la red para el SMHS. Se enviarán reportes integrados que detallen los hallazgos de certificación de la red a los condados DMC con contratos integrados, pero solo los resultados oportunos de los estándares de acceso se aplicarán a los servicios SUD. Los resultados restantes solo se aplicarán a SMHS.
- Los condados del Sistema de Entrega Organizada de Drug Medi-Cal (DMC-ODS) y Health Plan Mental (MHP) deberán presentar anualmente la documentación de certificación de Adecuación de Red integrada tanto para los servicios especializados de salud mental (SMHS) como para los servicios de trastornos por uso de sustancias (SUD), como se describe en BHIN 25-013. DHCS llevará a cabo la certificación anual de la red mediante un único proceso de reportes integrado, que incluye la recopilación de datos integrados Provider Network del Intercambio Electrónico de Datos 274 (estándar 274).
¿El Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) ajustará o cambiará la metodología utilizada para evaluar la idoneidad de la red bajo contratos integrados?
DHCS no cambiará la metodología utilizada para determinar el cumplimiento de la adecuación de la red para los condados del Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS) que voluntariamente elijan implementar contratos integrados a partir del 1de enero de 2025. El DHCS está abierto a recibir comentarios de los condados y otras partes interesadas sobre los méritos de las posibles revisiones sustanciales de los estándares de adecuación de la red actualmente descritos en BHIN 23-041, como la alineación de las metodologías de capacidad entre los servicios especializados de salud mental (SMHS) y los servicios de trastorno por uso de sustancias (SUD), así como la alineación adicional con las metodologías de adecuación de la red para los planes de atención administrada de Medi-Cal.
Si los condados no cumplen con los requisitos de adecuación de la red, ¿el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) emitirá Planes de Acción Correctiva (CAP)? ¿Los informes y los posibles CAP serán singulares, o se requerirá uno para el Plan de Salud Mental (MHP) y el Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS) por separado?
Para los condados con contratos integrados que no cumplen con uno o más requisitos de adecuación de la red, el DHCS aprobará un CAP único e integrado que aborde las deficiencias tanto para los programas de servicios especializados de salud mental (SMHS) como para los programas de trastornos por uso de sustancias (SUD), según corresponda. Dependiendo del CAP aprobado, el DHCS puede requerir la presentación posterior de documentación adicional para demostrar el cumplimiento. El condado permanecerá en un CAP hasta que se eliminen todas las deficiencias.
¿Cómo se asegurará el DHCS de que el nuevo proceso de Adecuación de la Red siga garantizando un enfoque adecuado tanto en el trastorno por uso de sustancias como en las prioridades de salud mental?
Cuando los condados adopten contratos integrados bajo la Integración Administrativa de Salud Conductual, permanecerán sujetos a los mismos estándares de adecuación de la red que rigen los Planes de Salud Mental y los programas DMC-ODS existentes, que requieren que los planes tengan una red suficiente y sólida de, respectivamente, proveedores de salud mental o trastornos por uso de sustancias. Las metodologías existentes de adecuación de la red incorporan las tasas estimadas de prevalencia de trastornos de salud mental y uso de sustancias en su evaluación de las capacidades de la red. El DHCS trabajará con las partes interesadas para monitorear las preocupaciones y garantizar que los servicios de salud mental y trastornos por uso de sustancias conserven redes adecuadas y, al mismo tiempo, permitan la provisión de tratamiento para afecciones concurrentes.
Supervisión de proveedores
¿Cómo afectará la Integración Administrativa de Salud Conductual a los proveedores?
Esta iniciativa no exigirá cambios en los modelos de atención a nivel de proveedor, y los proveedores aún podrán elegir si ofrecer servicios de SMHS, DMC/DMC-ODS, o ambos. DHCS anticipa que las simplificaciones administrativas implementadas como parte de esta iniciativa crearán eficiencias para los proveedores que pueden facilitar la participación en los programas SMH y DMC/DMC-ODS y ofrecer servicios de salud conductual especializados concurrentes si un proveedor decide hacerlo.
¿Cómo afectará la Integración Administrativa de Salud Conductual la auditoría o el monitoreo de los proveedores de programas de Medi-Cal contratados con programas de servicios especializados en salud mental (SMHS) y trastornos por uso de sustancias (SUD)?
Según los contratos existentes, los programas del Sistema Organizado de Entrega de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS) y de Medicamentos de Medi-Cal (DMC), pero no los Planes de Salud Mental (MHP), deben realizar una revisión anual en el lugar de sus proveedores contratados. En virtud de los contratos integrados, los condados deberán hacer lo siguiente para todos los proveedores contratados en todos los sistemas de prestación (excepto para los proveedores fuera de la red que prestan servicios especializados de salud mental (SMHS) o los miembros de DMC-ODS):
- Realizar una revisión anual del cumplimiento (de escritorio o in situ)
- Realizar una revisión de cumplimiento en el lugar al menos una vez cada 3 años para los proveedores organizacionales (pero no para los profesionales individuales de SMHS que contratan directamente con el condado)
- Presentar una copia de los informes de monitoreo y auditoría al DHCS dentro de las dos semanas posteriores a su emisión.
- Cumplir con los procedimientos estandarizados para:
- Procedimientos del Plan de Acción Correctiva (CAP, por sus siglas en inglés) de los condados para las deficiencias de los proveedores (basados en gran medida en los procedimientos actuales de DMC-ODS/DMC)
- Para los proveedores de SUD, los requisitos del Sistema de Medición de Resultados de California (CalOMS) y el Informe de Acceso al Tratamiento de Drogas y Alcohol (DATAR) (ahora estandarizados en los programas DMC y DMC-ODS).
Para cumplir con los requisitos de supervisión de proveedores, ¿pueden los condados aceptar revisiones de cumplimiento de Servicios Especializados de Salud Mental (SMHS, por sus siglas en inglés) completadas por otro condado?
Sí. Según el contrato integrado, los condados deben realizar revisiones anuales de cumplimiento y revisiones trienales in situ para la mayoría de los proveedores de red. Actualmente, para los proveedores de Drug Medi-Cal (DMC), los condados pueden aceptar una revisión de cumplimiento realizada por otro condado. Esto evita revisiones duplicadas para los proveedores que participan en Program Medi-Cal de varios condados. El DHCS está extendiendo esta misma flexibilidad a las revisiones de proveedores de SMHS: un condado puede aceptar una revisión de cumplimiento realizada por otro condado para un proveedor de SMHS que tenga contrato con ambos condados. El DHCS aclarará esta política en una futura enmienda al contrato integrado.
¿Cómo afectará la transición de contratos del año fiscal (FY) a los contratos del año natural (CY) a los contratos de los proveedores, la supervisión de los proveedores y los Planes de Acción Correctiva (CAPs) de los proveedores?
La transición de contratos del año fiscal (FY) a los de año natural (CY) no requiere cambios en el calendario de los contratos de proveedores de los condados, la supervisión de proveedores ni en los Planes de Acción Correctiva (CAPs). Los condados determinan el momento de la revisión de un proveedor en función de cuándo se realizó la última revisión de ese proveedor. El plazo de revisión del proveedor no se resetear bajo el contrato integrado.
¿Se anticipan cambios en las herramientas de certificación de sitios de Medi-Cal existentes? ¿Serán los condados responsables de certificar los programas del Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS) de una manera similar al proceso actual de certificación de servicios de salud mental especializados (SMHS)?
El Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) continuará certificando a los proveedores de Medi-Cal (DMC, por sus siglas en inglés) contratados, mientras que los condados certificarán a los proveedores de servicios de salud mental especializados (SMHS, por sus siglas en inglés) contratados. DHCS no anticipa ningún cambio en la herramienta de certificación del sitio del proveedor.
Estándares para tipos y servicios específicos de proveedores de salud conductual
¿Qué es un Aprendiz Clínico?
Los suplementos 3 y 7 del Anexo 3.1-A del Plan Estatal Medicaid definen al estudiante clínico en prácticas como una persona sin licencia que está inscrita en un Program educativo postsecundario que es necesario para que la persona obtenga la licencia de profesional de la salud mental con licencia o profesional de las artes curativas con licencia; está participando en una práctica, pasantía o internado aprobado por el Program de la persona; y cumple con todos los requisitos pertinentes del Program y/o de la junta de licencias aplicable para participar en la práctica, pasantía o internado y proporciona servicios de rehabilitación de salud mental o servicios de tratamiento de trastornos por uso de sustancias, incluidos, pero no limitados a, todos los requisitos de cursos y prácticas monitorear.
¿Pueden los aprendices clínicos con licencia de su programa proporcionar servicios especializados en salud conductual?
Los estudiantes clínicos en formación que se encuentren de baja temporal de su Program podrán recibir un reembolso por la capacidad de servicios especializados de salud conductual Medi-Cal si se cumplen las siguientes condiciones:
- Todavía están inscritos en un Program educativo postsecundario, como los que ofrecen una universidad, un colegio comunitario o una escuela vocacional, que es un requisito para que la persona obtenga la licencia de Profesional de la Salud Mental Licenciado (LMHP) o de Profesional Licenciado de las Artes Curativas (LPHA).
- Prestan servicios como parte de una práctica, pasantía o internado aprobado por el Program del individuo; y
- They meet all relevant program requirements and/or applicable licensing board requirements to participate in the practicum, clerkship, or internship, including all coursework and supervised practice requirements.
Consulte los Suplementos 3 y 7 del Anexo 3.1-A del Plan Estatal de Medicaid y el Aviso de Información sobre Salud Conductual (BHIN) 24-023 para obtener información adicional sobre los estudiantes en prácticas clínicas.
¿Pueden las personas que están trabajando para obtener la licencia de Trabajador Social Clínico (CSW), Terapeuta Matrimonial y Familiar (MFT) o Consejero Clínico Profesional (PCC) proporcionar servicios especializados de salud conductual mientras su solicitud de asociado está pendiente?
Sí. El Aviso de Información sobre Salud Conductual (BHIN) 24-023 aclara que Health Plan Conductual puede permitir que los candidatos a CSW, MFT y PCC que se graduaron de un Program de maestría proporcionen y facturen servicios especializados de salud conductual como CSW Asociado, MFT Asociado o PCC Asociado si presentaron su solicitud de registro de asociado a la Junta de Ciencias del Comportamiento California (BBS) dentro de los 90 días posteriores a la fecha de otorgamiento de su título y están completando la experiencia monitorear para obtener la licencia. Department of Health Care Services (DHCS)) reembolsará los servicios prestados mientras su solicitud ante el BBS esté pendiente, independientemente del número de días que tarde el BBS en aprobar la solicitud.
Por favor, consulte el Código de Negocios y Profesiones (BPC) para CSW (BPC 4996.23), MFTs (BPC 4980.43) y PCCs (BPC 4999.46), así como directrices publicadas por BBS para información adicional sobre los requisitos de la "Regla de los 90 Días".
¿Se requiere que los planes de salud conductual (BHP) del condado permitan que los candidatos a pasantes clínicos o trabajadores sociales clínicos (CSW), terapeutas matrimoniales y familiares (MFT) o consejeros clínicos profesionales (PCC) brinden servicios especializados de salud conductual?
Department of Health Care Services (DHCS) encourages county behavioral health plans (BHPs) to utilize provider types that meet the needs of their Medi-Cal members. DHCS allows counties to use Clinical Trainees and individuals who have submitted their application for associate registration to the Board of Behavioral Sciences (BBS) within 90-days of their degree award date to provide certain Specialty Mental Health Services (SMHS) and Drug Medi-Cal-Organized Delivery System (DMC-ODS) services as outlined in Behavioral Health Information Notice (BHIN) 24-023. DHCS does not require counties to use Clinical Trainees or individuals who are in the process of registration but have not yet received confirmation of associate registration from BBS. BHPs have discretion to determine their provider networks and specify contract terms.
Consulte los Suplementos 3 y 7 del Anexo 3.1-A del Plan Estatal de Medicaid y el BHIN 24-023 para obtener información adicional sobre los estudiantes clínicos en formación y las personas que están en proceso de obtener su registro de asociado a través de BBS.
¿Cuál es la diferencia entre un Profesional de la Salud Mental con Licencia (LMHP) y un Profesional con Licencia de las Artes Curativas (LPHA)?
Use of Licensed Mental Health Professional (LMHP) and Licensed Practitioner of the Healing Arts (LPHA) varies by behavioral health delivery system.
LMHP es un término empleado en el sistema de capacidad de Salud Mental Especializada (SMH) para identificar un grupo selecto de tipos de proveedores que ofrecen servicios de rehabilitación de salud mental. Un LMHP incluye los siguientes proveedores:
- Médicos Licenciados
- Licensed Psychologists (includes Waivered Psychologists),
- Trabajadores Sociales Clínicos Licenciados (incluidos Trabajadores Sociales Clínicos Exentos o Registrados),
- Consejeros Clínicos Profesionales Licenciados (incluye Consejeros Clínicos Profesionales Exentos o Registrados),
- Terapeutas Matrimoniales y Familiares Licenciados (incluye Terapeutas Matrimoniales y Familiares Exentos o Registrados),
- Enfermeras Registradas (incluyendo Enfermeras Especialistas Certificadas y Enfermeras Especialistas),
- Licensed Vocational Nurses,
- Técnicos Psiquiátricos Licenciados, y
- Terapeutas ocupacionales titulados.
LPHA es un término empleado en Drug Medi-Cal (DMC) y Drug Medi-Cal Organized Delivery System (DMC-ODS) para identificar a un grupo selecto de tipos de proveedores que brindan servicios de tratamiento para trastornos por consumo de sustancias (SUD) y servicios ampliados de tratamiento para SUD, respectivamente. Una LPHA incluye los siguientes proveedores:
- Médico,
- Enfermera especializada,
- Asistente médico,
- Enfermera titulada,
- Farmacéutico titulado,
- Psicólogo Clínico Licenciado,
- Licensed or Registered Clinical Social Worker,
- Consejero Clínico Profesional Licenciado o Registrado,
- Licensed or Registered Marriage and Family Therapist,
- Enfermera vocacional con licencia,
- Terapeuta ocupacional con licencia, y
- Técnico Psiquiátrico Licenciado.
Consulte los Suplementos 3 y 7 del Anexo 3.1-A del Plan Estatal de Medicaid para obtener información adicional sobre los LMHP y los LPHA.
¿Cuándo comienza la "Regla de los 90 días" para los candidatos a Trabajador Social Clínico (CSW), Terapeuta Matrimonial y Familiar (MFT) y Consejero Clínico Profesional (PCC)?
La "Regla de los 90 días" establecido por la Junta de Ciencias del Comportamiento de California (BBS) permite a los candidatos contabilizar la experiencia monitorear para la obtención de la licencia cuando esta se adquiere durante el periodo comprendido entre la fecha de concesión del título y la fecha de emisión del número de registro de asociado. Para ser elegible para la Regla de los 90 Días, un candidato a Trabajador Social Clínico (CSW), Terapeuta Familiar Matrimonial (MFT) o Consejero Clínico Profesional (PCC) debe presentar su solicitud de registro de asociado al BBS dentro de los 90 días posteriores a la fecha de obtención de su título. La fecha de entrega del título puede variar según el Program educativo, pero normalmente se define como el último día del semestre en el que el estudiante completa todos los requisitos para graduar de su Program.
Por favor, consulte el Código de Negocios y Profesiones (BPC) para CSW (BPC 4996.23), MFTs (BPC 4980.43) y PCCs (BPC 4999.46), así como directrices publicadas por BBS para información adicional sobre los requisitos de la "Regla de los 90 Días".
¿Deberían los condados contar a los farmacéuticos internos de posgrado como aprendices clínicos para fines de reclamo de Medi-Cal o capacidad de servicios?
No. Los condados deben cerciorar de que todos los aprendices clínicos (CT) designados cumplan con todos los criterios de elegibilidad de CT, incluida la inscripción activa en un programa educativo, de conformidad con BHIN 24-043, SPA 23-0026 y SPA 24-0041. Por ejemplo, los farmacéuticos internos que se graduaron y están esperando la licencia completa, pero que actualmente no están inscritos o participan en una práctica educativa no deben clasificar como CT.