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Inicio Proveedores y socios Tarifa de Aseguramiento de la Calidad del Transporte Médico de Emergencia Terrestre​​ 

Tarifa de Garantía de Calidad de Transporte Médico de Emergencia Terrestre​​ 

Sitio web de encuestas de tarifas comerciales medias de GEMT​​ 

Todos los proveedores públicos y privados de GEMT de California deben presentar datos de la encuesta de Tarifa Comercial Promedio (ACR) para el periodo del 0 de julio de 2017 1 2024al 3 de junio 30 de2025 2013 para cumplir con los nuevos requisitos de CMS. Las encuestas completas deben entregar al DHCS antes del 4 o 5 19 de2026 junio.​​ 

Para acceder a la encuesta ACR en línea e instrucciones detalladas, por favor visite la sitio web de la encuesta ACR de GEMT del DHCS.​​ 

Fondo​​ 

De conformidad con el Proyecto de Ley del Senado (SB) 523 (Capítulo 773, Estatutos de 2017), DHCS estableció el Program Tarifa de Garantía de Calidad (QAF) para el Transporte Médico Terrestre de Emergencia (GEMT) para proporcionar pagos suplementarios Medi-Cal a los proveedores de GEMT. Empleando los datos recopilados de los proveedores de GEMT, DHCS calcula una tasa anual de QAF de GEMT que se impondrá a cada transporte médico de emergencia proporcionado por cada proveedor de GEMT sujeto a QAF. Los fondos recaudados mediante el QAF se emplearán para aumentar el reembolso a los proveedores de GEMT mediante la aplicación de un recargo a la tarifa del baremo de honorarios por servicios (FFS) para los códigos de facturación de transporte médico de emergencia afectados.​​ 

El importe adicional es de 220,80 dólares y se proporcionará para los transportes de emergencia elegibles de Medi-Cal GEMT facturados con los códigos HCPCS A0427, A0429, A0433, A0225 y A0434.​​ 

Como se describe más adelante, la tarifa QAF para el año fiscal 2026-27 es de 35,56 dólares.​​ 

Proceso de recopilación de datos y plazos​​ 

Los proveedores de GEMT están obligados a presentar periódicamente informes de datos que incluyan lo siguiente:​​ 

El número total de traslados médicos de emergencia, según lo definido en la ley, por tipo de pagador, incluyendo Medi-Cal FFS y Medi-Cal Managed Care, Medicare, Medicare/Medi-Cal dual (Medi-Medi) y todos los demás tipos de pagador, para cada trimestre del año calendario.
Los datos trimestrales de transporte deben enviar a través del portal online que aparece a continuación en o antes del día 45 posterior al último día del trimestre correspondiente.
Los ingresos brutos, según lo definido por la ley, recibidos por la provisión de transportes médicos de emergencia para cada año fiscal (FY).
Los datos de ingresos brutos deben presentar a través del formulario específico del año fiscal que se encuentra a continuación en o antes del día 45 posterior al último día del año fiscal estatal correspondiente.​​ 

Metodología​​ 

La DHCS utilizará los datos recopilados para desarrollar la tasa QAF anualmente de la siguiente manera:​​ 

Para el año fiscal 2018-19, la tasa anual de QAF se calculó utilizando los ingresos brutos autoinformados divididos por los datos de transporte autoinformados más los datos de transporte de Medi-Cal FFS y Managed Care.​​ 

Para el año fiscal 2019-20, y cada año fiscal subsiguiente a partir de entonces, la tasa anual de QAF se calculará mediante una proporción, cuyo numerador es la suma del monto agregado proyectado de la lista de tarifas multiplicado por el porcentaje de asistencia médica estatal y una parte de los costos administrativos para el año fiscal, y el denominador es el 90% del total de transportes médicos de emergencia proyectados por todos los proveedores de GEMT sujetos al QAF.​​ 

La DHCS publicará la tarifa QAF antes del 15 de junio de cada año.​​ 

FY 2026-27​​ 

Tasa QAF de GEMT para el año fiscal 2026-27, vigente el 1de julio de 2026​​ 

Se calculó una tasa QAF de GEMT para el año fiscal (FY) 2026-27, de acuerdo con el SB 523. El QAF se evalúa en cada transporte médico de emergencia cualificado, independientemente del tipo de pagador. La QAF se ajustó en función de los datos de transporte presentados para el año fiscal 2024-25 para los códigos de transporte de emergencia A0429, A0427, A0433, A0225 y A0434. La tarifa QAF vigente para el ejercicio 2026-27 se evaluará en los transportes médicos de emergencia terrestres, con fechas de servicio que comienzan de enero 1 2026hasta diciembre de 31 2026. El DHCS tiene la intención de presentar el GEMT QAF SPA 26-0021 a los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) para su aprobación federal en el tercer trimestre de 2026.​​ 

  • La tarifa QAF para el año fiscal 2026-27 es: 35,56 $.​​ 

Presentación de datos de ingresos brutos​​ 

A partir de agosto de 14 2025, los proveedores deben presentar datos sobre los ingresos brutos recibidos por transportes médicos de emergencia terrestres entre julio de 1 2024y junio de 30de 2025. El Formulario de Envío de Datos de Ingresos Brutos debe presentar a GEMTQAF@DHCS.CA.GOV antes del 14de agosto de 2025. Los proveedores deben emplear el Formulario de Envío de Datos de Recibos Brutos que se proporciona a continuación:​​ 

Formulario de Presentación de Datos de Ingresos Brutos​​ 

Año fiscal 2024-25​​ 

Aprobación y calendario de pagos de GEMT QAF SPA año fiscal 2024-25:​​ 

Los Centros de Servicios Medicare y Medicaid (CMS) aprobaron la SPA 24-0025 para continuar con el Program GEMT QAF para el año fiscal 2024-25. A continuación se muestra el calendario de pagos del QAF que DHCS estableció para recaudar las evaluaciones trimestrales del QAF, comenzando con el trimestre fiscal estatal de julio de 1, 2024.​​ 

Evaluación de QAF vencida​​ Fecha de vencimiento del pago de QAF (revisada)​​  Período​​  Fecha de servicio de transporte​​ 
1 de julio de 2024​​  3de marzo de 2025
(Revisado)​​ 
Abr – Jun 2024​​  Enero – Mar 2024​​ 
1de octubre de 2024​​  1de abril de 2025
(Revisado)​​ 
Julio – septiembre 2024​​ Abr – Jun 2024​​ 
1de enero de 2025​​ Mayo 1 2025
(Revisado)​​ 
Oct – Dec 2024​​ Jul – Sept 2024​​ 
1de abril de 2025​​ 2de junio de 2025
(Revisado)​​ 
Ene – Mar 2025​​ Oct – Dec 2024​​ 

PP-GEMT IGT Program​​ 

De conformidad con el Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 1705 (Capítulo 544, Estatutos de 2019), el Department of Health Care Services (DHCS) establece el Program de Transferencia Intergubernamental (IGT) de Transporte Médico Terrestre de Emergencia para Proveedores Públicos (PP-GEMT) para los proveedores públicos de GEMT que cumplan los requisitos.​​ 

Los proveedores pueden participar en el PP-GEMT IGT Program si cumplen todos los criterios siguientes:​​ 

  • prestar servicios de GEMT a los beneficiarios de Medi-Cal​​ 
  • están inscritos como proveedores de Medi-Cal para el periodo que se reclama, y​​ 
  • son propiedad u operados por el estado, una ciudad, condado, ciudad y condado, protección contra incendios, distritos especiales, distritos de servicios comunitarios, distrito de atención médica o una tribu indígena reconocida por el gobierno federal.​​ 

El PP-GEMT IGT Program proporciona un aumento adicional a la tarifa asociada Medi-Cal Fee-for-Service de los transportes médicos de urgencia facturados con los siguientes códigos: A0429, A0427, A0433, A0225 y A0434, para los proveedores elegibles.​​ 

Los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) aprobaron la Enmienda del Plan Estatal (SPA, por sus siglas en inglés) 22-0015 el 21de diciembre de 2022 establecer el Programa PP-GEMT IGT. A partir del 1de enero de 2023, los proveedores públicos, tal como se definen en AB 1705, ya no son elegibles para participar en el programa GEMT QAF y han hecho la transición al nuevo programa PP-GEMT IGT. A los proveedores públicos ya no se les evalúa el QAF de manera prospectiva y no son elegibles para recibir el complemento a través del programa GEMT QAF.​​ 

Para más información, por favor visite la sitio web de PP-GEMT IGT.​​ 

FY 2020-21​​ 

Política de código HCPCS A0434​​ 

Con efecto para fechas de servicio a partir del 1de agosto de 2020, el código HCPCS A0434 (Transportes de Atención Especializada) es facturable para transportes no urgentes. El anuncio de la política se publicó en el Boletín de Transporte Médico de julio de 2020.​​ 

Para los transportes que ocurran a partir del 1 de agosto de 2020, solo los servicios de transporte médico de emergencia facturados con el código HCPCS A0434 deben ser reportados para el Program GEMT QAF, se les evaluará el QAF y serán elegibles para recibir el complemento GEMT QAF. Los traslados no urgentes facturados con el código HCPCS A0434 no deben notificar para el Program GEMT QAF. Tal como se indica en la página 12 del Manual de capacitación para proveedores de DHCS Medi-Cal 2018, todas las reclamaciones por servicios de transporte médico de emergencia deben facturar con un indicador "X" en todas las líneas de reclamación de emergencia en la casilla 24C del formulario de reclamación 1500. Todos los transportes no urgentes proporcionados y facturados bajo el código HCPCS A0434 no recibirán el complemento GEMT QAF.​​ 

Información general​​ 

Portal en línea para pagos GEMT QAF​​ 

Se estableció un portal en línea de QAF de GEMT para que los proveedores presentaran datos de transporte y calcularan el monto trimestral de QAF adeudado. Se generará una factura por el monto de QAF adeudado por cada proveedor en función de los datos de transporte enviados por los proveedores, e incluirá un enlace directo para pagar el QAF a través de transferencia electrónica de fondos (EFT). Los proveedores también tienen la opción de imprimir una factura y enviar su pago de QAF por correo.​​ 

To access the online portal and detailed instructions, please visit the DHCS QAF website.​​ 

Póngase en contacto con DHCS​​ 

Las preguntas o comentarios pueden enviar al email DHCS GEMT QAF: GEMTQAF@DHCS.CA.GOV.​​ 

Legislación​​