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Certificación del programa​​ 

El Department of Health Care Services (DHCS)) tiene la autoridad exclusiva para certificar y monitorear todos Program ambulatorios de alcohol u otras drogas, también conocidos como Program de tratamiento de trastornos por uso de sustancias (SUD, por sus siglas en inglés), que ofrecen tratamiento, recuperación, desintoxicación o servicios de medicación para el tratamiento de la adicción (MAT, por sus siglas en inglés). Program de tratamiento de trastornos por consumo de sustancias (SUD, por sus siglas en inglés) certificados DHCSdeben cumplir con los requisitos establecido en la CertificaciónDHCS para Programde Alcohol y Otras Drogas (revisada en febrero de 2025); estos requisitos de certificación entran en vigor de inmediato y reemplazan las versiones anteriores.​​ 

Las instalaciones de tratamiento de SUD que operan en los siguientes entornos están exentas de la certificación del DHCS, pero pueden solicitar voluntariamente la certificación si cumplen con los requisitos descritos en la Certificación para Programas de Alcohol y Otros (revisada en febrero de 2025):​​ 

  1. Centros de recuperación o tratamiento para adultos de alcoholismo o abuso de drogas, programas para conducir bajo la influencia y programas de tratamiento de narcóticos autorizados por el DHCS.​​ 
  2. Clínicas autorizadas por el Departamento de Salud Pública del Estado de acuerdo con el Capítulo 1 (comenzando con la Sección 1200) de la División 2.​​ 
  3. Establecimientos de salud autorizados por el Departamento de Salud Pública del Estado de acuerdo con el Capítulo 2 (comenzando con la Sección 1250) de la División 2.​​ 
  4. Centros de cuidado comunitario autorizados por el Departamento de Servicios Sociales del Estado de acuerdo con el Capítulo 3 (comenzando con la Sección 1500) de la División 2.​​ 
  5. Centros de atención residencial para personas con enfermedades crónicas y potencialmente mortales autorizados por el Departamento de Servicios Sociales del Estado de acuerdo con el Capítulo 3.01 (comenzando con la Sección 1568.01) de la División 2.​​ 
  6. Centros de atención residencial para ancianos autorizados por el Departamento de Servicios Sociales del Estado de acuerdo con el Capítulo 3.2 (comenzando con la Sección 1569) de la División 2.​​ 
  7. Los centros de atención médica diurna para adultos están autorizados por el Departamento Estatal de Servicios Sociales conforme al Capítulo 3.3 (a partir de la Sección 1570) de la División 2.​​ 
  8. Escuelas primarias y secundarias públicas, tal como se definen en el Código de Educación.​​ 
  9. Cárceles del condado e instituciones correccionales estatales, incluidos los centros de justicia juvenil.​​ 

Los proveedores que busquen información sobre cómo obtener la certificación deben leer las instrucciones y los procedimientos que figuran en la Solicitud Inicial de Certificación (DHCS 6040). Los solicitantes deben completar el formulario de Solicitud Inicial de Certificación y presentar toda la documentación y tasas requeridas especificadas en la solicitud.​​ 

Los proveedores certificados que busquen información sobre cómo agregar o revisar servicios a un Program ambulatorio certificado existente deben leer las instrucciones y los procedimientos que se encuentran en la Solicitud de Enmienda(s) de Certificación (DHCS 6042). Los solicitantes deben completar el formulario de Enmienda de Solicitud de Certificación y presentar toda la documentación y tasas requeridas especificadas en la solicitud.​​ 

Los proveedores certificados deberán presentar al DHCS la Solicitud de Renovación de Certificación (DHCS 6043), las tarifas bienales y toda la información requerida al menos noventa (90) días antes del vencimiento de la certificación. No presentar el formulario de Solicitud de Renovación de Certificación y las tasas de renovación de certificación al menos 90 días antes de la expiración de la certificación resultará en la terminación automática de la certificación al final del periodo de dos años.​​ 

Los proveedores interesados en aplicar una licencia del DHCS para operar un centro residencial no médico que brinde servicios de tratamiento para trastornos por uso de sustancias a adultos calificados deben visitar nuestra página de Licencias para Centros para obtener más información.​​ 

Para preguntas generales, por favor contacte con la División de Licencias y Certificación en el (916) 322-2911 o por correo electrónico LCDQuestions@DHCS.CA.GOV.​​ 

Las solicitudes, los formularios y las tarifas relacionadas con la certificación de un Program y sus recursos están disponibles en este sitio web. Por favor, envíe todas las solicitudes por email al LCDSUDApplication@DHCS.CA.GOV.​​