Descripción general de la elegibilidad médica de CCS
Esta breve página de resumen se desarrolló únicamente para facilitar la comprensión de los criterios generales de elegibilidad médica del Program California Children's Services (CCS). No constituye una declaración autorizada, ni puede citar como autoridad, para ninguna decisión, determinación o interpretación en el marco del Program CCS .
Consulte el Código de Reglamentos de California, Título 22, División 2, Subdivisión 7, Capítulo 3, Artículo 2, Secciones 41515.1-41518.9. Para una descripción completa. La sección de elegibilidad médica aplicable se indica con cada categoría a continuación.
Los solicitantes de CCS diagnosticados con al menos uno de los siguientes deberán ser médicamente elegibles para participar en el programa de CCS:
Sección 41515.2: Enfermedades infecciosas (CIE-10 A00-B99)
Sección 41516: Neoplasias (CIE-10 C00-D49)
Sección 41516.1: Enfermedades endocrinas, nutricionales y metabólicas, y trastornos inmunitarios (CIE-10 E00-E89)
Sección 41516.3: Enfermedades de la sangre y de los órganos hematopoyéticos (CIE-10 D50-D89)
Sección 41517: Trastornos mentales y retraso mental (CIE-10 F01-F99)
Sección 41517.3: Enfermedades del sistema nervioso (CIE-10 G00-G99)
Sección 41517.5: Programde terapia médica
Sección 41517.7: Enfermedades del ojo (CIE-10 H00-H59)
Sección 41518: Enfermedades del oído y mastoides (CIE-10 H60-H95)
Sección 41518.2: Enfermedades del sistema circulatorio (CIE-10 I00-I99)
Sección 41518.3: Enfermedades del sistema respiratorio (CIE-10 J00-J99)
Sección 41518.4: Enfermedades del sistema digestivo (CIE-10 K00-K95)
Sección 41518.5: Enfermedades del sistema genitourinario (CIE-10 N00-N99)
Sección 41518.6: Enfermedades de la piel y los tejidos subcutáneos (CIE-10 L00-L99)
Sección 41518.7: Enfermedades del sistema musculoesquelético y del tejido conectivo (CIE-10 M00-M99)
Sección 41518.8: Anomalías congénitas (CIE-10 Q00-Q99)
Sección 41518.9: Accidentes, intoxicaciones, violencia y reacciones a la inmunización (CIE-10 S00-T88)
Criterios de elegibilidad de la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) de CCS (CIE-10 P00-P96)
- Los recién nacidos cumplen los criterios de elegibilidad si tienen una afección que califica para el programa CCS y necesitan atención en una UCIN aprobada por el CCS debido a esa afección.
- Los bebés que requieren un nivel umbral de servicios de atención especializada cumplen con la elegibilidad de CCS durante la estadía en la UCIN.
- La carta numerada CCS 07-0924 proporciona detalles sobre los criterios de elegibilidad médica y de servicio, así como las circunstancias en las que cesa la elegibilidad.