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Preguntas frecuentes: Información general​​ 

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¿Dónde puedo encontrar el informe IPC-134?​​ 

Requisitos de inscripción de transacciones​​ 

¿Por qué el porcentaje de EPSDT y FFP para adultos para el año fiscal 2012-13 bajó con respecto al año fiscal 2011-12?​​ 

No fue así. De hecho, el porcentaje aumentó del año fiscal (FY) 2011-12 al FY 2012-13. La confusión puede deber a que en el año fiscal 2011-12, las categorías de financiación se dividieron en dos categorías: EPSDT FFP y FFP para adultos, cada una con su propia proporción individual. En el año fiscal 2012-13, estas dos categorías de financiación se fusionaron en una sola. No existe una proporción combinada de FFP para el año fiscal 2011-12 que pueda comparar con el porcentaje del año fiscal 2012-13. Un ratio combinado de FFP para el año fiscal 2011-12 sería menor (aunque no se representaría en la hoja de cálculo de detalles presupuestarios).​​ 

Si tuviera que comparar las categorías de financiamiento similares para cada año, su índice combinado de FFP podría aumentar desde el año fiscal 2011-12 hasta el año fiscal 2012-13.​​ 

No vi ningún monto para MAA (Actividades Administrativas de Medi-Cal). ¿Se supone que esta cantidad debe gestionar por separado fuera de este contrato?​​ 

Todos los tipos de FFP de la Administración se incluyen en las cifras de la hoja de cálculo, incluida la MAA, aunque la MAA no aparece específicamente en la hoja de cálculo. Está integrado en otras categorías de cantidades administrativas.​​ 

¿Cómo se calcularon los Pagos Suplementarios y los Pagos AB 1297 por encima de la SMA?​​ 

Estimates for supplemental payments is based upon the amount the Department expects to expend for the uncompensated cost of services rendered in FY 2008-09 (i.e., January 1, 2009* – June 30, 2009) and FY 2009-10 as well as interim payments for costs in excess of the SMA in FY 2012-13. The estimate for supplemental payments in FY 2008-09 and 2009-10 was calculated based upon the county’s gross costs less gross SMA multiplied by the appropriate FMAP adjusted for contract providers. The estimate for payments in excess of the SMA for FY 2012-13 was based upon the estimate for FY 2009-10 inflated using a cost of living index and adjusted for the percent of claims submitted in FY 2012-13.​​ 

*Tenga en cuenta que la enmienda del plan estatal que autorizará estos pagos tendrá una fecha de vigencia del 1de enero de 2009.​​ 

¿Es reembolsable un servicio de salud mental para pacientes ambulatorios de Medi-Cal el día del alta de un hospital psiquiátrico para pacientes hospitalizados?​​ 

Sí. Inmediatamente luego del alta de un hospital psiquiátrico para pacientes internados, los servicios ambulatorios de salud mental son reembolsables por Medi-Cal. Título 9, Sección 1820.100(c) establece "Tarifa per diem" significa una tarifa diaria pagada por servicios hospitalarios psiquiátricos hospitalarios reembolsables para un beneficiario el día de admisión y cada día que se presten servicios, excepto el día del alta." Además, las citas en el Título 9, Capítulo 11 (1840.360, 1840.362, 1840.364, 1840.366. 1840.368 y 1840.370) Proporciona indicaciones específicas del servicio de que los cierres patronales solo se aplican los días en que se reembolsan los servicios hospitalarios psiquiátricos de hospitalización. Como el día de la baja no se reembolsa, los patrones patronales no se aplican.​​ 

¿Cómo se distribuyen los pagos FFP y EPSDT SGF?​​ 

En julio de 2009 y después, el FFP y el SGF se pagaron a los condados con dos órdenes basadas en los ciclos de corte de reclamaciones SD1. Con SD2, el FFP y el SGF se pagan con una sola orden de garantía basada en un ciclo de facturación FFP para las reclamaciones de la semana anterior. Todos los pagos SD1 y SD2 (FFP y SGF) desde julio de 2009 se dirigen al condado que lo presentó.​​ 

Antes de julio de 2009, los pagos del SGF de EPSDT se dirigían al condado beneficiario, excepto para las solicitudes aprobadas con códigos de ayuda de asistencia a la adopción (03, 04, 06, 4A), en las que el SGF de EPSDT se dirigía al condado que lo aplicar. En todo momento, el FFP se paga al condado que lo aplicar.​​ 

Si un proveedor de salud mental factura a otro pagador y no recibe respuesta (pago o denegación) en un plazo de 90 días, ¿cómo factura el proveedor de salud mental a Short-Doyle/Medi-Cal (SDMC)?​​ 

La sección 14023.7 del Código de Bienestar e Instituciones (W&I, por sus siglas en inglés) requiere que cualquier proveedor de servicios que busque el pago por los servicios prestados a una persona elegible primero busque obtener el pago de cualquier cobertura de seguro de salud privada o pública a la que la persona tenga derecho. En el caso de que la reclamación presentada a una aseguradora de salud privada o pública no haya sido pagada dentro de los 90 días posteriores a la facturación por parte del proveedor, se puede presentar una reclamación a SD/MC.​​ 

Si un MHP/proveedor no recibe una respuesta (pago o denegación) de un tercero pagador en un plazo de 90 días, la reclamación puede presentar a SD/MC con un código de ajuste OA*210. Los MHP deben seguir sus prácticas estándar de cobro para recuperar los fondos que deben a los pagadores externos. Si posteriormente se recibe un pago del tercero pagador, el MHP deberá presentar una reclamación de reemplazo.​​ 

El uso del identificador único en la reclamación permitirá al Departamento evaluar y auditar las reclamaciones. Los MHP deben mantener documentación para respaldar el uso del código de ajuste.​​ 

Si un beneficiario de Healthy Families (HF) cumple los requisitos para recibir Medi-Cal sin copago (SOC), ¿debe el MHP presentar la reclamación como una reclamación de Medi-Cal o de HF?​​ 

La política de Managed Risk Medical Insurance Board (MRMIB) establece que una persona no puede tener Medi-Cal un costo de atención médica estándar (SOC) de cero simultáneamente con la cobertura de HF; sin embargo, este escenario ocurre ocasionalmente porque el periodo de inscripción/elegibilidad de HF es de 12 meses y la baja de HF no se activa dentro del periodo de inscripción de 12 meses siempre que la familia continúe pagando sus pagos de HF. No hay una baja retroactiva de la HF. Por lo tanto, dado que ambas fuentes de pago son válidas, y dado que las regulaciones de MRMIB, Título 10, Código de Regulaciones de California, Sección 2699.6700(f) (1) estipular que la cobertura proporcionada bajo el Program HF es secundaria a toda otra cobertura, excepto Medi-Cal, HF debe ser reclamada.​​ 

Si no se cumplen los criterios de necesidad médica, ¿pueden los MHP facturar por los servicios de Healthy Families (HF) para Personas con Trastornos Emocionales Graves (SED)?​​ 

Sí. Sin embargo, sería raro que un niño cumpliera los criterios de SED, pero no los criterios de necesidad médica; sin embargo, HF no emplea el término "necesidad médica" y HF no forma parte del Program Medi-Cal . Los servicios de SED de HF son proporcionados por los departamentos de salud mental del condado cuando el inscrito en HF cumple con los criterios de SED según el Código de Bienestar e Instituciones (W&I) Sección 5600.3 (1). Los criterios SED según la Sección 5600.3 del Código W&I difieren de los criterios de necesidad médica en el Título 9 del Código de Reglamentos de California, Secciones 1820.205, 1830.205 y 1830.210. (2) La Sección 5600.3 del Código W&I no incluye diagnósticos específicos incluidos, tiene criterios de discapacidad diferentes y no incluye requisitos de intervención. Las reivindicaciones HF SED deben indicar "SED" en el campo de notas. Esta nota indica que el inscrito en el HF cumple con los criterios del SED, o, en el caso de una evaluación SED, está siendo evaluado para determinar si se cumplen los criterios del SED.​​ 

¿Qué información de financiamiento general del estado (Proposición 30) está disponible para reclamar la Regla Final?​​ 

Preguntas frecuentes sobre los fondos de interoperabilidad de la Proposición 30 del DHCS​​ 

¿Dónde deberían presentar los 1982B y 1982C?​​ 

Los formularios de reclamación 1982B y 1982C firmados por el Director del MHP deben enviar por email a: 1982BClaim@dhcs.ca.gov o 1982CClaim@dhcs.ca.gov​​ 

Nota: Por favor, no incluyas la MH1982B ni la 1982C con la MH1982A en la presentación de la reclamación .zip archivo. Si tiene alguna pregunta sobre estos formularios, por favor contacte con MedCCC en el (916) 650-6525 o MedCCC@dhcs.ca.gov.​​ 

PRECAUCIÓN: ESTOS SON BUZONES PÚBLICOS. Por favor , NO incluyas ninguna información personal o privada sobre ti o cualquier otra persona en tu email. El DHCS no puede proteger dicha información si se envía a través de este buzón público.​​ 

La información personal y/o privada incluye su nombre, dirección, número de seguro social y cualquier otra información que pueda usarse para identificarlo, como el área geográfica donde vive, número de teléfono, dirección de correo electrónico, fecha de nacimiento, números de cuenta, afección médica o diagnóstico, e información sobre el tipo de atención que ha recibido en el pasado y dónde y cuándo ha recibido esta atención. La información que lo identifica es privada, incluso si no es información médica.​​ 

Si desea aplicar una cobertura sanitaria, por favor inicie sesión en CoveredCA.com o llame al (800) 300-1506.​​ 

Si tiene preguntas sobre su cobertura de Medi-Cal, llame al (916) 552-9200​​