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Inicio Servicios Recursos Medi-Cal Conlan Preguntas Frecuentes​​ 

Preguntas frecuentes sobre Conlan​​ 

Regrese a la página web de Reembolso de gastos de bolsillo de Medi-Cal (Conlan)​​ 

¿Cómo sé si soy elegible para recibir el reembolso de gastos de bolsillo de Medi-Cal a través de Conlan?​​ 

Si has Medi-Cal Fee-for-Servicey pagaste de tu bolsillo por servicios prestados a un proveedor de Medi-Cal y/u odontología, tienes derecho a presentar un Paquete de Reclamación de Reembolso Conlan para que te reembolsen (aplican algunas restricciones). Si tienes más preguntas, puedes visitar la sitio web de Medi-Cal Conlan.​​  

¿Qué servicios están cubiertos?​​ 

Cualquier servicio que se pueda encontrar bajo los Códigos CPT (Terminología de Procedimiento Actual) que incluya servicios Médicos, Quirúrgicos y de Diagnóstico.​​ 

¿Me pueden reembolsar los gastos médicos antes de ser elegible para Medi-Cal?​​ 

Sí, es posible que se le reembolsen los gastos de Medi-Cal Retroactivo hasta tres meses después de la fecha en que solicitó Medi-Cal. Para obtener más información, comuníquese con la oficina local de su condado.​​ 

¿Cómo presento una reclamación y obtengo un reembolso?​​ 

Puede llamar a la línea telefónica de Conlan al (916) 403-2007 para solicitar un paquete de reembolso. A continuación, lo enviaría por correo a la dirección proporcionada en el paquete.​​  

¿Puedo llenar una solicitud por mi cuenta?​​ 

Para recibir un paquete de reclamación de Conlan para solicitar un reembolso (reembolso) del programa Medi-Cal por gastos médicos, farmacéuticos y/o dentales pagados, el BSC puede enviarle un paquete o, si lo prefiere, completar los documentos requeridos en línea, imprimirlos y luego enviar por correo los formularios completados al BSC según las instrucciones en línea.​​ 

Los formularios en línea se encuentran en la sitio web de Formularios de reclamación Conlan en Línea.​​ 

¿Hay un límite en el monto del reembolso?​​ 

No, no hay límite.​​ 

¿Qué comprobante debo presentar para que me reembolsen?​​ 

El Formulario de Reclamación debe incluir:​​ 

  • Una fotocopia de su Tarjeta de Identificación de Beneficiario (BIC) de Medi-Cal.​​ 
  • Reclamo de Medi-Cal para el reembolso del beneficiario.​​ 
  • Comprobante de pago: ejemplos incluyen una copia de un cheque cancelado del banco (al frente y al reverso), recibo(s) del proveedor que pagaste, comprobante de pago electrónico o una copia de un giro postal. En algunas situaciones, una declaración puede emplear para explicar, complementar o respaldar los documentos mencionados anteriormente.​​  
  • Un formulario de REGISTRO DE DATOS DEL BENEFICIARIO completado.​​ 
  • Para aquellos servicios que hubieran requerido autorización de Medi-Cal, documentación del proveedor médico o dental que demuestre la necesidad médica del servicio.​​  
  • Un estado de cuenta detallado que indique la(s) fecha(s) del servicio; y el/los servicio(s) y/o código(s) de servicio por los que pagó de su bolsillo al (los) proveedor(es).​​ 

¿Puedo apelar si se rechaza alguna parte de mi solicitud de reembolso?​​  

Usted tiene derecho a solicitar una audiencia estatal sobre esta acción de Medi-Cal (Código de Regulaciones de California, Título 22, Sección 50951). Debe solicitar una audiencia estatal dentro de los 90 días posteriores a la fecha en que se le envió por correo el aviso de denegación o pago.​​ 

¿Con quién me comunico si necesito más información o asistencia?​​ 

Puede llamar a la línea telefónica de Conlan al (916) 403-2007 para obtener más ayuda.​​ 

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el caso Conlan v. ¿Plan ordenado por la corte?​​ 

Puedes encontrar información adicional en APL 07-002.​​ 

¿Puedo presentar una reclamación si mi proveedor no es un proveedor de Medi-Cal?​​ 

Sí, puede presentar una reclamación si su proveedor no es un proveedor de Medi-Cal, pero es posible que no reciba un reembolso completo.​​ 

¿Puedo presentar un reclamo sin un número de seguro social?​​ 

Sí, puede presentar una reclamación sin un número de seguro social (SSN). Si no tiene un SSN, puede enviar su Número de Identificación Fiscal (TIN). Si no puede proporcionar un SSN o TIN y el proveedor no le reembolsa voluntariamente, el pago no se procesará.​​ 

¿Me pueden reembolsar las primas de mi seguro médico privado?​​ 

No, las primas no son un beneficio cubierto por Medi-Cal.​​ 

Si ya no tengo Medi-Cal, ¿puedo presentar mi reclamo de reembolso?​​ 

Sí, siempre y cuando Medi-Cal lo haya cubierto en la fecha de los servicios.​​ 

Si estoy fuera del estado y recibí asistencia médica, ¿puedo presentar mi reclamación para reembolso?​​ 

Sí, para servicios de emergencia y que ponen en peligro la vida, según se describe según las pautas de Medi-Cal.​​ 

¿Con quién debo comunicarme acerca de una reclamación de IHSS?​​ 

Puede comunicarse con el Centro de Servicios para Beneficiarios (BSC, por sus siglas en inglés) al (916) 403-2007 y para IHS al 1 (877) 508-1327.​​ 

¿Con quién debo comunicarme acerca de los reembolsos dentales?​​ 

Puede comunicarse con el Centro de Servicios al Beneficiario (BSC) al (916) 403-2007, opción 4.​​  

¿Cuánto tiempo tarda en procesarse un reembolso?​​ 

Una reclamación debe procesarse para su reembolso en un plazo de 120 días a partir de la fecha en que la reclamación esté completa y sea válida.​​  

¿Cuánto tiempo tarda el cheque en enviarse por correo?​​ 

Una vez que se aprueba el reclamo, se envía al proveedor una carta para reembolsar al beneficiario y tiene 30 días para responder. Si el proveedor no responde dentro de los 30 días, el cheque se enviará por correo entre 7 y 8 semanas. Nota: Esto no incluye el tiempo de correo. ​​ 

¿Se enviará el cheque a nombre del representante autorizado?​​ 

No, el cheque se enviará a nombre del beneficiario.​​ 

¿Quién rellena el Registro de Datos del Beneficiario (PDR)?​​ 

El beneficiario debe ser quien rellene el Registro de Datos del Beneficiario. Nota: si el beneficiario es menor de edad, el progenitor sería quien rellenaría el Registro de Datos del Beneficiario.​​ 

¿Cómo se rellena el Registro de Datos del Beneficiario (PDR)?​​ 

  • Escriba su nombre (o el del beneficiario) en la línea que dice: “BENEFICIARIO/PROPIETARIO ÚNICO”.​​ 
  • Escriba su dirección postal debajo de su nombre en las líneas provistas.​​ 
  • Marque la casilla que dice: INDIVIDUAL O ÚNICO PROPIERTOR." Escribe tu número de la seguridad social de 9 dígitos de tu beneficiario en los espacios proporcionados (si no tienes seguridad social – incluye I ETIN).​​ 
  • Marque la casilla etiquetada: Residente de California – cualificado para hacer negocios en California o mantiene un lugar de trabajo permanente en California."​​ 
  • Firma o escribe tu nombre en la línea etiquetada: "Firma." Escribe la fecha en que firmaste el formulario y escribe tu número de teléfono en las líneas proporcionadas (Si eres el representante beneficiario autorizado del beneficiario, escribe o escribe tu nombre en el campo de Nombre de Representantes Autorizados de Beneficiarios".​​ 
  • No escribas en esta sección. Esta sección es solo para uso oficial. Esta sección debe ser completada por la agencia estatal.​​ 

¿Cuánto tiempo tiene un beneficiario para presentar un reembolso?​​ 

El paquete de reclamación del beneficiario debe recibir en un plazo de un año desde la fecha de servicio o 90 días desde la fecha en que se emitió la tarjeta Medi-Cal del beneficiario, lo que ocurra más tarde.​​ 

¿Se puede enviar un paquete sin tener una Tarjeta de Identificación de Beneficios (BIC) o a alguien que no sea un beneficiario?​​ 

Sí, un paquete puede enviar sin necesidad de un BIC o a un representante que llame en nombre del beneficiario. Nota: Cuando se rellene el formulario, debe completar con la información de los miembros.​​ 

¿Cómo compruebo el estado de la solicitud de reembolso?​​ 

Por favor, póngase en contacto con el Centro de Llamadas-Centro de Servicios para Beneficiarios al (916) 403-2007. Después de que se responda su llamada, proporcione el número de caso de Conlan que recibió y/o el número de su tarjeta de identificación de beneficiario y pregunte por el estado de su reclamo. El agente con gusto le proporcionará la información.​​  

¿Qué se requiere para aprobar un formulario MC 220 o MC 382?​​ 

Si un beneficiario:​​ 

  • Puede firmar, entonces ambos formularios (MC 220 y MC382) deben completarse en su totalidad y enviarse por correo.​​ 
  • Si no puede firmar, solo se requiere enviar el Poder Notarial (POA). Nota: En caso de que un beneficiario falleció, necesitaríamos el poder notarial y el certificado de defunción. ​​ 

Si un beneficiario tiene un Plan de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés), ¿puedo enviar un paquete?​​ 

Sí, si un beneficiario tiene un MCP, el equipo de Conlan se asegurará de que el paquete esté completamente completo. El Conlan, el analista, remitiría el caso al MCP.​​  

¿Qué es la Explicación de Beneficios de Medicare (EOMB)?​​ 

Si se necesita una explicación de los beneficios de Medicare (EOMB, por sus siglas en inglés) para las fechas en que se prestó el servicio, el equipo de Conlan verifica los pagos o las denegaciones que Medicare ha hecho al proveedor.​​ 

Nota: Esto se puede obtener llamando a Medicare al (800) 633-4227.​​