Preguntas frecuentes sobre la Iniciativa de Salud Conductual de CalAIM
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A continuación se muestra una lista de preguntas frecuentes que se han recopilado de los seminarios web de asistencia técnica e informativos y las presentaciones al correo electrónico BHCalAIM@dhcs.ca.gov . DHCS actualizará esta lista trimestralmente.
Requisitos de documentación de salud conductual para DMC, DMC-ODS y SMHS
Evaluaciones
¿Se pueden utilizar los criterios® de la Sociedad Americana de Medicina de Adicciones (ASAM) para evaluar a los jóvenes y adolescentes? ¿Existe una herramienta de evaluación ASAM aprobada para jóvenes y adolescentes?
Referencia ASAM 4ª Edición Desarrollo y BHIN 23-068
No. A partir de abril de 2024, la Sociedad Estadounidense de Medicina de la Adicción (ASAM) no ha desarrollado una herramienta de evaluación para jóvenes y adolescentes, pero se prevé una versión para adolescentes y jóvenes en edad de transición de los Criterios® ASAM en el futuro. El Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) revisará las próximas ediciones de los Criterios® ASAM y realizará las actualizaciones necesarias a la guía estatal a medida que ocurran nuevos desarrollos. En este momento, los condados y los proveedores pueden continuar utilizando sus herramientas de evaluación desarrolladas localmente para adolescentes y jóvenes cuando los nuevos requisitos para las evaluaciones estandarizadas de los Criterios® ASAM para adultos descritos en BHIN 23-068 entren en vigencia a partir del 1de enero de 2025.
¿Aprobará el Department of Health Care Services (DHCS)) herramientas de evaluación adicionales de la Sociedad Americana de Medicina de la Adicción (ASAM)?
Referencia BHIN 23-068
En este momento, el DHCS no ha aprobado ninguna herramienta de evaluación adicional de la Sociedad Americana de Medicina de la Adicción (ASAM, por sus siglas en inglés) que no sea la Guía de Entrevista de Evaluación de Criterios de ASAM y el software ASAM CONTINUUM . DHCS puede optar por evaluar y potencialmente aprobar herramientas adicionales en el futuro; si el DHCS lo hace, esta decisión se comunicará a las partes interesadas. Sin embargo, el Departamento no prevé establecer un proceso para aprobar rutinariamente las nuevas herramientas presentadas por las partes interesadas, ya que esto no apoyaría los objetivos de CalAIM.
La decisión del DHCS de exigir el uso de las herramientas anteriores se alinea con los objetivos de CalAIM de estandarizar, simplificar y agilizar el acceso a los servicios de Medi-Cal. El uso de herramientas que han sido validadas por ASAM ayudará a garantizar la calidad de los servicios de DMC/DMC-ODS en todo el estado al garantizar que todos los miembros de Medi-Cal que reciben servicios de DMC o DMC-ODS reciban una evaluación integral que aplique adecuadamente los criterios de nivel de atención de ASAM.
¿Las actualizaciones de los criterios de la Sociedad Americana de Medicina de la Adicción (ASAM) se reflejarán en futuras directrices Department of Health Care Services (DHCS))?
Referencia BHIN 23-068 y BHIN 21-001 Anexo A
Sí. El DHCS planea actualizar la guía de políticas de DMC y DMC-ODS según sea necesario para alinearse con la versión más reciente de la Sociedad Estadounidense de Medicina de la Adicción (ASAM). La herramienta de evaluación gratuita de ASAM también se actualizará para reflejar los estándares de la cuarta edición de los criterios de ASAM. DHCS proporcionará actualizaciones sobre las fechas de publicación de la guía de políticas de la Cuarta Edición de los Criterios de ASAM tan pronto como sea posible.
BHIN 23-054 especifica que se debe proporcionar una evaluación de Medicamentos para el Tratamiento de Adicciones (MAT) dentro de las 24 horas posteriores a la admisión a un centro de recuperación o tratamiento de trastornos por uso de sustancias con licencia y / o certificado. ¿Cómo se alinea esa guía con BHIN 23-068, que elimina el plazo anterior de 30/60 para completar las evaluaciones de nivel de atención de ASAM?
Referencia BHIN 23-068; BHIN 23-054
La sección (a)(3)(ii) de BHIN 23-068 aclara que "las evaluaciones MAT, tal como se describen en BHIN 23-054 o directrices posteriores, no necesitan cumplir con los requisitos integrales de evaluación ASAM descritos en este BHIN". Las evaluaciones MAT descritas en BHIN 23-054 tienen un propósito clínico específico que es distinto del propósito de la evaluación ASAM integral. Como tal, la evaluación MAT debe ocurrir rápidamente, mientras que la evaluación ASAM completa puede ocurrir durante un período de tiempo más largo.
El propósito de la evaluación MAT es identificar rápidamente si MAT sería beneficioso para el miembro de Medi-Cal, de modo que MAT pueda iniciarse de manera oportuna. Una evaluación integral del nivel de atención de ASAM puede utilizar la información recopilada durante la evaluación de MAT, pero es probable que también incorpore otra información. La evaluación completa de ASAM puede completarse durante un período de tiempo más largo y debe cumplir con todos los requisitos de evaluación DMC/DMC-ODS como se describe en BHIN 23-068.
Parte 1
La página 4 del Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN, por sus siglas en inglés) 23-068 analiza la guía existente sobre las designaciones de Nivel de Atención (LOC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) que requiere que los proveedores de servicios de tratamiento residencial se aseguren de que los miembros reciban evaluaciones multidimensionales del nivel de atención. ¿Son nuevos estos requisitos? ¿Son una duplicación de los requisitos de evaluación integral de ASAM descritos en BHIN 23-068?
Referencias : BHIN 23-068 y BHIN 21-001
La guía de Medi-Cal establecida en BHIN 23-068 no reemplaza los requisitos de designación de Nivel de Atención (LOC) para instalaciones autorizadas que se establecieron anteriormente en el Anexo A de BHIN 21-001. Todos los centros de recuperación o tratamiento de alcohol u otras drogas para adultos con licencia deben recibir una designación de LOC del DHCS o una certificación de nivel de atención ASAM. Los servicios prestados en instalaciones que tienen una designación de LOC del DHCS deben proporcionarse y documentarse de acuerdo con las pautas para la evaluación y la planificación de la atención descritas en BHIN 21-001. Los proveedores de estos servicios que decidan participar en Medi-Cal deben seguir tanto la guía para instalaciones autorizadas en BHIN 21-001 como la guía de Medi-Cal en BHIN 23-068.
La evaluación inicial multidimensional de LOC descrita en BHIN 21-001 no necesita cumplir con todos los requisitos para una evaluación ASAM integral, como se describe en BHIN 23-068 (página 4). Sin embargo, la información recopilada para la evaluación de LOC también se puede utilizar como parte de la evaluación completa de ASAM. Los dos BHIN no deben interpretarse en el sentido de que requieren evaluaciones duplicadas (véase más adelante).
Parte 2
¿Significa esto que se requieren dos evaluaciones diferentes? ¿Debería exigirse a los proveedores residenciales que completen el ASAM completo en un plazo de 72 horas?
Referencias : BHIN 23-068 y BHIN 21-001
No. El DHCS no requiere que los centros residenciales de trastorno por uso de sustancias (SUD) realicen dos evaluaciones diferentes. DHCS requiere que se recopile información clave al ingresar al tratamiento para garantizar que los miembros reciban los servicios en el nivel de atención correcto (BHIN 21-001). Más tarde, el proveedor puede agregar a la información recopilada previamente completando la evaluación completa de ASAM (BHIN 23-068).
BHIN 23-068 no aplica plazos estrictos de evaluación para los servicios de salud conductual. La política de DHCS afirma que la evaluación puede ocurrir durante múltiples encuentros y debe realizarse en un período de tiempo que satisfaga las necesidades individuales de cada miembro de Medi-Cal. Los sistemas de prestación de servicios de salud conductual de Medi-Cal no harán cumplir las normas para las evaluaciones iniciales oportunas, o las evaluaciones posteriores, de una manera que no permita el tiempo adecuado para completar las evaluaciones cuando dicho tiempo sea necesario debido a las necesidades clínicas individuales de un miembro (p. 3, BHIN 23-068).
¿Se requieren evaluaciones de siete dominios como se especifica en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN) 23-068 para la intervención en crisis de los Servicios Especializados de Salud Mental (SMHS) o los servicios de estabilización de crisis? ¿Qué pasa con los servicios móviles de crisis de SMHS o Drug Medi-Cal (DMC)/Drug Medi-Cal Organized Delivery System (DMC-ODS)?
Referencia BHIN 23-068, BHIN 23-025 y Suplemento 3 del Anexo 3.1-A en el Plan Estatal de California
Aunque un servicio de intervención en crisis o estabilización de crisis de Salud Mental Especializada (SMH) o un servicio de crisis móvil SMH, DMC o DMC-ODS puede incluir una evaluación, no se requiere completar una evaluación integral como se describe en BHIN 23-068 durante el curso de una intervención de crisis individual de SMH o estabilización de crisis o encuentro de servicio de crisis móvil SMH, DMC o DMC-ODS. Si el miembro recibe otros SMHS, DMC o DMC-ODS simultáneamente o en una fecha posterior, entonces se aplicarían los requisitos de evaluación en BHIN 23-068.
Para conocer los requisitos adicionales de evaluación y documentación de los Servicios Móviles de Crisis de Medi-Cal, consulte BHIN 23-025.
¿Los cambios en los plazos de evaluación de los Servicios Especializados de Salud Mental afectan la evaluación de las Necesidades y Fortalezas de Niños y Adolescentes (CANS) y los requisitos de la Lista de Verificación de Síntomas Pediátricos (PSC)-35? ¿Qué pasa con la Evaluación de Necesidades y Fortalezas de los Adultos (ANSA, por sus siglas en inglés) (para adultos)?
Referencia BHIN 23-068
No. Los requisitos de CANS y PSC-35 no han cambiado. DHCS no requiere que se complete el ANSA para adultos.
Si un Plan de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) tiene una plantilla de evaluación actual dentro de su historia clínica electrónica que captura los siete (7) dominios de evaluación de los Servicios Especializados de Salud Mental (SMHS, por sus siglas en inglés), ¿se requerirá que el MHP reestructure su evaluación para que se clasifique por los nuevos dominios?
Referencia BHIN 23-068
Aunque no se especifica el orden de los siete dominios, la evaluación deberá capturar todos los siete dominios de evaluación uniformes requeridos de conformidad con BHIN 23-068.
¿Son necesarios los siete (7) dominios para una evaluación de Servicios Especializados en Salud Mental para las evaluaciones diagnósticas psiquiátricas?
Referencia BHIN 23-068
Sí. Los siete (7) dominios de evaluación estandarizados son necesarios para las evaluaciones diagnósticas psiquiátricas.
¿Deben los proveedores documentar una razón por la que se toman más tiempo de lo habitual para completar una evaluación?
Referencia BHIN 23-068
Es una buena práctica documentar las circunstancias del miembro y los esfuerzos del proveedor para evaluar e involucrar al miembro, cuando corresponda.
Esta pregunta y respuesta se ha trasladado a esta FAQ de MHSUDS EN 17-040 , que fue reemplazado por BHIN 22-019. Desde entonces, el BHIN 23-068 ha reemplazado al BHIN 22-019.
Planes de atención
¿Se pueden usar plantillas de registros médicos electrónicos (EHR) para los planes de atención?
Referencia BHIN 23-068
El Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) no regula cómo los proveedores o los Sistemas de Prestación de Salud Conductual de Medi-Cal organizan sus EHR (o registros escritos) siempre y cuando se cumplan los requisitos de documentación descritos en BHIN 23-068 . Una plantilla de plan de atención es un lugar aceptable para la documentación de la planificación de la atención, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos estatales o federales pertinentes de planificación de la atención.
Revise los Requisitos de planificación de la atención en la página 11 de BHIN 23-068 y el Apéndice 1a en las páginas 13 y 14 de BHIN 23-068 para obtener orientación detallada sobre cómo se deben documentar las actividades del plan de atención para los programas, servicios o instalaciones para los cuales los requisitos de planificación de la atención siguen vigentes según la ley estatal o federal.
¿Los proveedores de servicios para trastornos por uso de sustancias financiados a través de la Subvención en Bloque (SUBG) de los Servicios de Prevención, Tratamiento y Recuperación del Uso de Sustancias (SUBG) de los Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA, por sus siglas en inglés) necesitan completar planes de tratamiento independientes?
Referencia : BHIN 23-068 y 45 CFR § 96.136
El Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN, por sus siglas en inglés) 23-068 describe la lista de problemas actualizada y los requisitos de las notas de progreso, y elimina ciertos requisitos históricos para los planes de clientes de Servicios Especializados de Salud Mental y los planes de tratamiento de Drug Medi-Cal y Drug Medi-Cal Organized Delivery System. El DHCS también está en el proceso de actualizar los Estándares de Certificación del Programa de Alcohol y/u Otras Drogas del Departamento para alinearlos con la guía de documentación de Medi-Cal.
De acuerdo con estas actualizaciones, ya no se requiere un plan de tratamiento independiente para los servicios financiados por SUBG. Los contratos de desempeño de SUBG requieren que los programas financiados por SUBG cumplan con las regulaciones federales en 45 CFR § 96.136, pero no requieren que la planificación del tratamiento se documente en un formato específico, por ejemplo, una plantilla de plan de tratamiento independiente. Siempre y cuando los programas financiados por SUBG cumplan con los requisitos federales en 45 CFR § 96.136, pueden documentar de acuerdo con la guía de Medi-Cal en BHIN 23-068 o la guía de documentación posterior del DHCS.
Listas de problemas
¿Se pueden usar listas de problemas en lugar de planes de atención?
Referencia BHIN 23-068
No. Las listas de problemas y los planes de atención sirven para diferentes propósitos dentro de un registro clínico y no son intercambiables. Para los servicios, programas y establecimientos que deben cumplir con los requisitos de planificación de la atención según la ley estatal o federal (consulte el Apéndice 1a en las páginas 13 y 14 de BHIN 23-068), la lista de problemas no reemplaza la planificación de la atención.
Como se describe en las páginas 7 y 8 de BHIN 23-068, la lista de problemas puede incluir síntomas, condiciones, diagnósticos, impulsores sociales y/o factores de riesgo identificados a través de la evaluación, evaluación diagnóstica psiquiátrica, encuentros de crisis u otros tipos de encuentros de servicio, y es desarrollada por el proveedor.
Los planes de atención, que también se denominan planes de cliente, planes de tratamiento o planes de servicio, se desarrollan en colaboración con el proveedor y el cliente para definir los objetivos del tratamiento. La planificación de la atención es un componente continuo e interactivo de la prestación de servicios y no es un evento único.
Se requiere una lista de problemas para cada miembro que recibe servicios de salud conductual de Medi-Cal como se describe en BHIN 23-068. A diferencia de la lista de problemas, un plan de atención solo se requiere para servicios específicos, tipos de instalaciones, fuentes de financiamiento y/o tipos de programas, como se indica en BHIN 23-068, Apéndice 1a.
A discreción del proveedor, los elementos del plan de cuidadopueden documentarse dentro de la lista de problemas, pero una lista de problemas no puede sustituir a un plan de atención cuando sea necesario.
¿Cuál es la diferencia entre la lista de problemas y un diagnóstico primario o de facturación?
Referencia BHIN 23-068 , BHIN 21-071 , BHIN 21-073 & BHIN 23-001
La lista de problemas es una lista que puede incluir síntomas, afecciones, diagnósticos, impulsores sociales y/o factores de riesgo identificados a través de la evaluación, la evaluación diagnóstica psiquiátrica, los encuentros de crisis u otros tipos de encuentros con el servicio. Es posible que los miembros del equipo de atención médica la actualicen a lo largo del tratamiento. Mantener una lista completa de condiciones y problemas de salud en un solo lugar en el registro clínico puede respaldar la continuidad de la atención entre los proveedores.
El diagnóstico primario de salud mental o trastorno por uso de sustancias (SUD) del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM) generalmente se incluye dentro de la lista de problemas. Sin embargo, la lista de problemas es una lista más amplia que también incluye condiciones y factores de riesgo adicionales. Además de los diagnósticos de salud mental o SUD, la lista de problemas puede incluir otros problemas que son reportados por el propio miembro o identificados por otros proveedores de atención médica.
Las reclamaciones de Medi-Cal deben incluir códigos clínicamente apropiados de la Clasificación Internacional de Enfermedades, Décima Revisión (ICD-10) asociados con cada encuentro con el servicio, independientemente de si la lista de problemas se ha actualizado para incluir un diagnóstico primario del DSM. Según la sección 14184.402(f)(1)(A) del Código de Bienestar e Instituciones, un diagnóstico de salud conductual no es un requisito previo para acceder a los servicios cubiertos de Salud Mental Especializada, Medi-Cal de Medicamentos o Sistema de Entrega Organizado de Medic-Cal de Medicamentos.
Para obtener más información sobre las listas de problemas, consulte:
- BHIN 23-068 (guía del DHCS)
- Asociación Americana de Gestión de la Información de la Salud, "Guía de la lista de problemas en el EHR",
¿Puede un proveedor actualizar la lista de problemas para incluir diagnósticos que están fuera de su alcance de práctica (p. ej., el miembro informa un diagnóstico de cáncer a un terapeuta matrimonial y familiar con licencia)?
Referencia BHIN 23-068
Sí. Los proveedores pueden agregar elementos a las listas de problemas que están fuera de su alcance de práctica, incluidas, entre otras, las condiciones de salud física, si el miembro u otro profesional calificado se lo informan al proveedor. Por ejemplo, un médico de atención primaria puede diagnosticar una afección física crónica y compartir esa información con el proveedor de salud mental o trastorno por uso de sustancias (SUD). El proveedor de salud mental o SUD puede actualizar la lista de problemas para incluir el diagnóstico de salud física. El registro de miembro puede incluir información sobre cuándo, quién y a quién se informó el problema. El equipo de atención de salud mental o SUD que accede a la lista de problemas durante todo el tratamiento del miembro puede estar al tanto de un diagnóstico que puede afectar la vida del miembro o su participación en el tratamiento de salud mental o SUD.
¿Pueden los proveedores agregar problemas a la lista de problemas que no son diagnósticos?
Referencia BHIN 23-068
Sí. Los proveedores pueden agregar problemas a la lista de problemas que no son diagnósticos. La lista de problemas debe reflejar la presentación actual del miembro y sus necesidades únicas, y debe incluir un código de Modificación Clínica (MC) de la Clasificación Internacional de Enfermedades, Décima Revisión (CIE-10) para cada problema identificado. BHIN 23-068, páginas 7-8, enumera los requisitos para las listas de problemas de Servicios Especializados de Salud Mental, Medic-Cal de Medicamentos y Sistema de Entrega Organizado de Medi-Cal de Medicamentos.
¿La identificación de la credencial de un miembro del personal (por ejemplo, trabajador social clínico con licencia) cumple con el requisito de "título" de proveedor en la lista de problemas?
Referencia BHIN 23-068
Sí. Basta con enumerar una credencial.
Debido a que no es factible que todos los miembros actualmente abiertos sean transferidos a tener una lista de problemas, ¿cuál es la expectativa de DHCS cuando los miembros que han sido abiertos antes del 7/1/22 obtengan una lista de problemas?
Referencia BHIN 23-068
Para los miembros que recibían servicios especializados de salud mental antes del 1de julio de 2022, si bien no se requiere que se cree una lista de problemas retroactivamente, se debe desarrollar una lista de problemas a más tardar cuando el miembro reciba una evaluación posterior, o cuando haya un cambio relevante en una condición del miembro, lo que ocurra primero. Del mismo modo, para los miembros que reciben servicios de Medic-Cal para Medicamentos o del Sistema de Entrega Organizada de Medi-Cal para Medicamentos, se debe crear una lista de problemas a más tardar cuando el miembro sea reevaluado porque su condición ha cambiado, o cuando haya un cambio relevante en la condición de un miembro, lo que ocurra primero.
Notas de progreso
¿Cómo debe un proveedor documentar una nota de progreso para un miembro que está recibiendo más de una actividad de servicio durante un solo encuentro de servicio?
Referencia BHIN 23-068
Según el Programa de Avance e Innovación de Medi-Cal de California (CalAIM), los proveedores no están obligados a crear varias notas de progreso cuando se proporcionó más de un servicio. Los proveedores pueden optar por documentar múltiples actividades de servicio que ocurren durante un solo encuentro de servicio dentro de una nota de progreso para un miembro. Sin embargo, la nota de progreso debe proporcionar suficientes detalles para respaldar los servicios prestados y todos los elementos requeridos de la nota de progreso deben cumplirse según el Aviso de información de salud conductual (BHIN) 23-068 (página 9). En concreto, la nota de progreso deberá proporcionar suficientes detalles para respaldar los códigos de servicio seleccionados para el tipo o tipos de servicio, tal como se indica en las descripciones de los códigos de servicio.
Como se describe en la página 11 de BHIN 23-068, "Los sistemas de prestación de servicios de salud conductual de Medi-Cal no impondrán requisitos para la ubicación, el formato u otras especificaciones para la documentación del plan de atención y sus elementos que difieran de los descritos en BHIN 23-068 y a los que se hace referencia en sus Anexos".
Históricamente, las partes interesadas han expresado su preocupación por los engorrosos requisitos para la documentación de las notas de progreso. ¿Qué fuentes revisó el Department of Health Care Services (DHCS)para garantizar DHCSlos requisitos de documentación de las notas de progreso descritos en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN) 23-068 se alineen con los estándares actuales de la industria?
Referencia Documentación simplificada para pacientes ambulatorios y kit de herramientas de codificación, Normas éticas para profesionales de la integridad de la documentación clínica (CDI), Documentación de Medicaid para profesionales de la salud conductual, Pautas de mantenimiento de registros, Manual para proveedores de salud mental y BHIN 23-068
El DHCS recurrió a los líderes nacionales y locales de la industria, como el Kit de herramientas de codificación y documentación simplificada para pacientes ambulatorios de la Asociación Médica Estadounidense (AMA), los Estándares éticos para profesionales de la integridad de la documentación clínica (CDI) de la Asociación estadounidense de gestión de información de salud, la documentación de Medicaid de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) para profesionales de la salud conductual y la documentación de Medicare para profesionales de la salud conductual, así como el Manual del Proveedor de Salud Conductual de Carleon para guiar el desarrollo de BHIN 23-068.
¿Cómo se deben completar las notas de progreso para los servicios grupales si dos proveedores realizan la sesión grupal?
Referencia BHIN 23-068
Se requiere una nota de progreso para cada miembro que participe en la sesión grupal, y solo un proveedor debe firmar la nota de progreso. Según la nota a pie de página 15 en la página 10 de BHIN 23-068, "... Si un servicio grupal es prestado por más de un proveedor, se completará una nota de progreso para cada miembro que participe en una sesión grupal y la nota deberá estar firmada por al menos un proveedor. La nota de situación documentará claramente la participación específica y la cantidad específica de tiempo de participación de cada proveedor de la actividad del grupo".
¿Las firmas digitales cumplen con los requisitos de firma para completar las notas de progreso?
Referencia BHIN 23-068, en Carta DMH No. 08-10, y Boletín ADP No. 08-13
Sí. Las evaluaciones deberán incluir un nombre mecanografiado o impreso de manera legible y también deben incluir una firma del proveedor de servicios como se describe en BHIN 23-068. DHCS no establece requisitos específicos sobre cómo los proveedores organizan sus registros médicos electrónicos. Siempre que la información requerida establecida en BHIN 23-068 esté representada con precisión en el registro del miembro, incluida la firma del proveedor, digital o física, se considera que la documentación cumple con los requisitos.
Puede encontrar más información sobre el uso de firmas electrónicas y los requisitos relacionados en la Carta del DMH Nº 08-10 y el Boletín ADP Nº 08-13.
¿El Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) ajustará los plazos de las notas de progreso descritos en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN, por sus siglas en inglés) 23-068? ¿Cómo se aplica este plazo cuando las notas son completadas por proveedores que ejercen bajo supervisión?
Referencia BHIN 23-068
No. DHCS no planea actualizar los plazos de las notas de progreso que aparecen en BHIN 23-068. Los proveedores deberán completar las notas de progreso dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la prestación de un servicio, con la excepción de las notas para servicios de crisis, que se completarán dentro de un (1) día calendario. El día del servicio se considerará día cero (0). El cumplimiento oportuno de las notas de progreso respalda la atención clínica de calidad.
Algunos tipos de proveedores trabajan bajo la supervisión directa de un profesional autorizado. En estos casos, el proveedor tratante deberá completar notas de progreso de acuerdo con los plazos descritos en BHIN 23-068. Cualquier revisión requerida de las notas de progreso por parte de un profesional supervisor debe completarse de acuerdo con las mejores prácticas clínicas, pero no es necesario que ocurra dentro de los plazos de las notas de progreso especificados en BHIN 23-068.
¿Cómo se aplican los requisitos de las notas de progreso en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN) 23-068 a los servicios combinados, como las tarifas diarias para el tratamiento residencial?
Referencia BHIN 23-068 y manuales de facturación SMHS, DMC y DMC-ODS
DHCS requiere que los proveedores completen como mínimo una nota de progreso diaria para los servicios que se facturan diariamente (p. ej. servicios agrupados). La nota de progreso debe respaldar los servicios prestados e incluir todos los requisitos de la nota de progreso descritos en BHIN 23-068. Por ejemplo, el Cuidado de Crianza Terapéutico (TFC, por sus siglas en inglés) se reclama en base a incrementos de 24 horas, y se requiere una nota de progreso para cada unidad de servicio prestada. Las notas de progreso semanales o periódicas no se pueden utilizar en lugar de las notas de progreso individuales para cada unidad de servicio.
Hay algunos escenarios (relativamente raros) en los que un servicio combinado puede prestarse simultáneamente con un segundo servicio que no está incluido en la tarifa combinada y se puede reclamar por separado. En estos casos, también debe haber una nota de progreso para admitir el segundo servicio desagregado. Por ejemplo, los servicios de Medi-Cal Peer Support Specialist pueden reclamarse el mismo día que los servicios residenciales o diurnos, y por separado. En este escenario, el DHCS requeriría una nota de progreso para el servicio residencial o diurno combinado y una nota de progreso separada para respaldar la reclamación adicional y desagregada de los servicios de Especialista en Apoyo entre Pares de Medi-Cal.
Estos requisitos se aplican independientemente de si los servicios agrupados y desagregados son prestados por el mismo proveedor o por diferentes proveedores.
¿Cómo deben documentar los proveedores un servicio grupal si se proporciona como un componente de un servicio agrupado? Por ejemplo, los miembros que reciben tratamiento residencial pueden participar en servicios grupales, así como en otros servicios o actividades durante el transcurso de un solo día.
Referencia BHIN 23-068 y Suplemento 3 al Anexo 3.1-A en el Plan del Estado de California
Algunos servicios de Specialty Mental Health (SMH), Drug Medi-Cal (DMC) y Drug Medi-Cal—Organized Delivery System (DMC-ODS) incluyen terapia grupal como un componente de un servicio que se factura diariamente o como un servicio combinado. DHCS no requiere notas de progreso separadas o distintas para todos los componentes de servicio incluidos en un paquete. Sin embargo, la nota para el servicio combinado que se reclama debe representar con precisión los servicios o actividades prestados. Cuando la terapia de grupo se proporciona como un componente de servicio de un servicio combinado, la nota de progreso para el servicio combinado deberá respaldar los componentes del servicio proporcionado dentro del servicio combinado, incluido el servicio de grupo.
¿Puede una lista de participantes de grupo sustituir a una nota de progreso de grupo individual en el registro de miembro?
Referencia BHIN 23-068
No. Si bien se requiere que el proveedor documente y mantenga una lista de participantes cuando se presta un servicio de grupo, una lista de participantes de grupo no puede sustituir a una nota de progreso de grupo individual. La lista de participantes no contiene la información individualizada necesaria para respaldar la continuidad de la atención o demostrar la integridad del programa. Cada participante deberá tener una nota de progreso en su registro clínico que documente el encuentro de servicio y su asistencia en el grupo, e incluya la información enumerada en las páginas 9-10 de BHIN 23-068. La nota de progreso para el encuentro de servicio grupal también debe incluir una breve descripción de la respuesta del miembro al servicio.
¿Los requisitos de las notas de progreso establecidos en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN) 23-068 son lo que es mínimamente requerido por el DHCS?
Referencia BHIN 23-068
Sí. Los requisitos de la nota de progreso establecidos en BHIN 23-068 son los requisitos mínimos.
¿Es necesario que las notas de progreso incluyan el descriptor del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5) además del código de la Clasificación Internacional de Enfermedades, Décima Revisión (CIE-10)?
Referencia BHIN 23-068
No. Si bien no es necesario que las notas de progreso incluyan un descriptor del DSM-5, puede ser una buena práctica incluir el descriptor adicional. Para las reclamaciones válidas de Medi-Cal, los códigos de diagnóstico ICD-CM apropiados, así como los códigos HCPCS/CPT, deben aparecer en la reclamación y también deben estar claramente asociados con cada encuentro y ser coherentes con la descripción de la nota de progreso. Sin embargo, no es necesario incluir los códigos ICD-CM y los códigos HCPCS/CPT actuales en la descripción de la nota de progreso. Para obtener más orientación sobre el uso de los códigos ICD-10 durante el proceso de evaluación, consulte BHIN 22-013: Selección de códigos antes del diagnóstico.
¿Son necesarias las firmas de los miembros para las notas de progreso del servicio grupal?
Referencia BHIN 23-068
No. No se requieren las firmas de los miembros para una nota de progreso del servicio grupal.
Requisitos de servicio, Programe instalaciones
Algunos proveedores de salud conductual de Medi-Cal tienen contratos con Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) que ofrecen Administración de Atención Mejorada (ECM, por sus siglas en inglés). ¿Estos proveedores deben cumplir con dos conjuntos diferentes de requisitos de documentación para los servicios de salud conductual de Medi-Cal y ECM?
Referencia: Guía de políticas de administración de atención mejorada de CalAIM y BHIN 23-068
Siempre que ha sido posible, el DHCS ha trabajado para alinear los estándares de documentación de ECM y salud conductual y ha brindado orientación a los MCP sobre este tema. Véanse, en particular, las páginas 28 y 29 de la Guía de Políticas de Gestión de la Atención Mejorada de CalAIM:
- Sobre los requisitos de evaluación: En la página 28 de la Guía de Políticas se señala que los MCP "...debe evitar imponer requisitos de evaluación que sean una duplicación de los requisitos de dominio de detección [evaluación] de SMHS/DMC/DMC-ODS". La Guía de Políticas señala además que las agencias del condado y/o los proveedores contratados pueden hacer uso de los requisitos de evaluación ya documentados para evitar la duplicación de esfuerzos y, por lo tanto, solo documentar en cualquier sección requerida que falte. Es posible que los MCP deban actualizar sus políticas de documentación para permitir el uso de la documentación de evaluación existente.
- Sobre los requisitos de planificación de la atención: En las páginas 28 y 29 de la Guía de Políticas se afirma que los MCP "... no deben imponer requisitos de documentación de planificación de la atención que dupliquen los procesos existentes de los proveedores de SMHS/DMC/DMC-ODS, sino que deben trabajar con la agencia de salud conductual del condado y/o sus proveedores subcontratados de SMHS/DMC/DMC-ODS para cumplir con los requisitos de planificación de la atención de ECM y SMHS/DMC/DMC-ODS de una manera que aproveche los procesos de documentación existentes" Los MCP están dirigidos a trabajar con las agencias del condado y/o los proveedores contratados para "aprovechar los procesos de documentación existentes" como un significa que los proveedores de ECM y SMHS/DMC/DMC-ODS cumplan con los requisitos de documentación con una carga indebida.
El DHCS ordena a los sistemas de prestación de servicios de salud conductual de Medi-Cal y a los MCP que trabajen juntos para evitar la duplicación de los requisitos de documentación y, al mismo tiempo, lograr los objetivos de las políticas de salud conductual y ECM de Medi-Cal. Para obtener más instrucciones sobre la racionalización y estandarización de los requisitos de documentación para ECM, consulte la Guía de políticas de administración de atención mejorada de CalAIM. DHCS considerará actualizaciones a la Guía de Políticas de Administración de Atención Mejorada de CalAIM para alinearse de manera más explícita con los requisitos revisados de documentación de salud conductual de Medi-Cal en BHIN 23-068, y comunicará cualquier actualización de la política de ECM a las partes interesadas.
¿Puede aclarar qué significan los requisitos enumerados en el Anexo 1a de BHIN 23-068? Por ejemplo, ¿los proveedores de tratamiento residencial para adultos que están autorizados por el CDSS y certificados por el DHCS deben continuar creando planes de tratamiento? ¿Qué pasa con los proveedores residenciales de SUD que tienen designaciones de nivel de atención?
Referencia BHIN 23-068
Siempre que fue posible, el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) eliminó los requisitos detallados del plan de atención para los servicios de salud mental y trastornos por uso de sustancias. En algunos casos, debido a los requisitos estatales o federales existentes, el DHCS no pudo eliminar por completo estos requisitos. El Apéndice 1a de BHIN 23-068 señala los requisitos de planificación de la atención que permanecen vigentes para programas, servicios y tipos de instalaciones en los que el DHCS no pudo eliminar los requisitos estatales o federales existentes. Esto incluye varios tipos de programas o instalaciones que deben cumplir con las regulaciones o políticas específicas del programa/instalación, además de las pólizas de Medi-Cal. Los Programas de Rehabilitación Social con licencia y certificados, y los proveedores de tratamiento residencial para el trastorno por consumo de sustancias, se encuentran entre los programas/instalaciones que deben cumplir con los requisitos de planificación de la atención que aparecen en otras partes de la ley o política estatal.
Para determinar si se requiere un plan de atención para un servicio de salud conductual en particular, siga estos pasos:
- ¿El tipo de programa, servicio o centro tiene requisitos estatales o federales de planificación de la atención que siguen vigentes (consulte el Apéndice 1a para obtener una lista no exhaustiva)?
- En caso afirmativo, continúe con el paso 2.
- Si la respuesta es no, no hay que seguir los requisitos de planificación de la atención. El DHCS no supervisará ni hará cumplir el uso de un plan de atención formal ni la documentación de actividades específicas de planificación de la atención.
- Revise las directrices estatales y/o federales pertinentes para identificar requisitos específicos, p. ej. actividades de planificación de la atención, incluidas en el Anexo 1a de BHIN 23-068. Algunos de estos requisitos de planificación de la atención son más detallados y específicos que otros.
- Los proveedores deberán documentar el plan de atención/actividades de planificación de atención requeridos dentro del registro del miembro. El DHCS permite a los proveedores elegir en qué parte del registro del miembro documentar la información de planificación de la atención requerida por la ley estatal o federal (p. ej., dentro de una plantilla de plan de atención, notas en curso o en una combinación de ubicaciones o formatos).
- Los proveedores deben ser capaces de producir y comunicar el contenido del plan de atención a otros proveedores, al afiliado y a los sistemas de prestación de servicios de salud conductual de Medi-Cal, según sea necesario, para facilitar una atención coordinada y de alta calidad para los miembros de Medi-Cal.
¿Los miembros que reciben los servicios de Drug Medi-Cal (DMC) y Drug Medi-Cal Organized Delivery System (DMC-ODS) deben tener un diagnóstico y una evaluación completos dentro de los 30 días posteriores a la admisión al tratamiento?
Referencia BHIN 23-068
No. BHIN 23-068 reemplazó a 22 CCR § 51341.1, subd. h)(1)(A)(v)(a-b) (véase el apéndice 2). Esto elimina el requisito de que los miembros de DMC y DMC-ODS reciban un diagnóstico y una evaluación dentro de los 30 días calendario posteriores a la admisión al tratamiento. Si bien se ha reemplazado el plazo de 30 días calendario para documentar un diagnóstico, los miembros aún deben recibir una evaluación integral y un diagnóstico documentado de manera oportuna que esté alineado con los estándares de práctica actuales, de conformidad con la guía de evaluación en BHIN 23-068.
¿Puede aclarar los requisitos para la planificación de la atención de la Administración de Casos Específicos (TCM) de los Servicios Especializados de Salud Mental (SMHS)? ¿Es la política diferente de la póliza que estaba en BHIN 22-019 (ahora reemplazada)?
Referencia BHIN 23-068 y 42 CFR § 440.169(d)(2)
El Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN, por sus siglas en inglés) 23-068 actualizó la política anterior del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) para documentar los planes de atención de TCM para permitir flexibilidad adicional en la forma en que se pueden documentar los planes de atención. DHCS ya no requiere que los planes de atención de TCM estén documentados en las notas de progreso de un miembro. Sin embargo, la guía de Medi-Cal del DHCS no reemplaza los requisitos federales para la planificación de la atención de la medicina tradicional china. Los planes de atención TCM de SMHS se documentarán como se describe en la página 11 de BHIN 23-068, y deben cumplir con los requisitos federales descritos en 42 CFR § 440.169(d)(2).
Tenga en cuenta que las regulaciones federales en 42 CFR § 440.169(d)(4) y 42 CFR § 441.18(a)(7) también discuten los requisitos de los proveedores relacionados con la planificación de la atención para los miembros que reciben TCM. Estas regulaciones no se enumeran como requisitos del plan de atención en BHIN 23-068 Enclosure 1A, pero permanecen vigentes. (Como se indica en el BHIN, las tablas de los Anexos del BHIN no son listas exhaustivas de las políticas estatales y federales aplicables para cada tipo de programa, servicio o instalación).
Como se indica en la nota al pie 22 de la página 14 de BHIN 23-068, el DHCS consultó a los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) sobre esta actualización de la política. Los CMS aprobaron la solicitud del DHCS de una exención de 42 CFR § 440.169(d)(2) y afirmaron que los planes de atención pueden documentarse en varios formatos, siempre y cuando los elementos requeridos del plan de atención de TCM descritos en 42 CFR § 440.169(d)(2) se incorporen al expediente clínico. (Solicitud: Sección 1915(b) Propuesta de Exención para el Avance e Innovación de California Medi-Cal (CalAIM), Enmienda Presentada el 4de noviembre de 2022, Actualizado el 23de junio de 2023, (pg. 18) y aprobación: Carta de aprobación de CalAIM 1915 (b) STC revisadas).
¿Cuáles son las diferencias entre la Gestión de Casos Específicos (MTC) y la Coordinación de Cuidados Intensivos (ICC)? ¿Es necesaria la planificación de la atención para la ICC?
Referencias: BHIN 23-068, 42 CFR § 440.169(d)(2), 42 CFR § 441.18(a)(7) y Manual de Medi-Cal ICC, IHBS y TFC
ICC es un servicio de medicina tradicional china, proporcionado a menores de 21 años, como se describe en la página 26 del Manual de ICC, IHBS y TFC de Medi-Cal. Los servicios de ICC deben cumplir con los requisitos federales de planificación de la atención de TCM en 42 CFR § 440.169(d)(2), como se describe en el Apéndice 1a de BHIN 23-068.
Tenga en cuenta que las regulaciones federales en 42 CFR § 440.169(d)(4) y 42 CFR § 441.18(a)(7) también discuten los requisitos de los proveedores relacionados con la planificación de la atención para los miembros que reciben TCM o ICC. Estas regulaciones no se enumeran como requisitos del plan de atención en BHIN 23-068 Enclosure 1A, pero permanecen vigentes. (Como se indica en el BHIN, las tablas de los Anexos del BHIN no son listas exhaustivas de las políticas estatales y federales aplicables para cada tipo de programa, servicio o instalación).
¿Siguen siendo necesarios los resúmenes semanales para los niveles de atención residencial del trastorno por consumo de sustancias (SUD)?
Referencia BHIN 23-068, BHIN 21-001 Anexo A y Normas de Certificación AOD de DHCS (octubre de 2023)
Los Estándares de Certificación de Programas de Certificación de Alcohol y Otras Drogas (AOD) del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS) (octubre de 2023) requieren que los programas residenciales documenten el progreso de cada miembro semanalmente.
BHIN 23-068 (páginas 8-10 ) describe los requisitos para las notas de progreso de salud conductual de Medi-Cal. Los proveedores deben completar como mínimo una nota de progreso diaria para los servicios que se facturan diariamente (p. ej., Drug Medi-Cal/Drug Medi-Cal Organized Delivery System Residential treatment) (BHIN 23-068(d)(6) (página 10)). Una nota de progreso diaria cumple con el requisito del Estándar de Certificación AOD para documentar el progreso de cada miembro semanalmente, y no se requiere una nota de progreso semanal adicional.
¿La coordinación de la atención del Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal (DMC-ODS) es la misma que la Administración de Casos Dirigidos (TCM)?
Referencia BHIN 23-001, BHIN 23-068, Suplemento 1 al Anexo 3.1-A en el Plan Estatal de California, y 42 CFR § 440.169(d)(2)
No. El servicio de Coordinación de Atención DMC-ODS (anteriormente conocido como "administración de casos") no es lo mismo que la Administración de Casos Específicos (TCM) y no requiere un plan de atención. TCM es un servicio distinto de Especialidad en Salud Mental. Los requisitos federales para TCM (incluidos, entre otros, 42 CFR § 440.169(d)(2)) no se aplican a la coordinación de la atención de DMC-ODS, independientemente del código de facturación que se utilice para el servicio DMC-ODS.
¿Se pueden proporcionar servicios de Manejo de Casos Específicos (TCM, por sus siglas en inglés) antes de una evaluación y finalización de un Plan de Atención de TCM?
Referencia BHIN 23-068
Los servicios clínicamente apropiados y cubiertos, incluida la medicina tradicional china, se pueden proporcionar antes de que se desarrolle el plan de atención de la medicina tradicional china.
Otro
¿Cómo se definen los "días hábiles" bajo la Sección (d)(5) en la página 10 de BHIN 23-068? ( 3de diciembre de 2024)
Referencia BHIN 23-068
Los días hábiles se definen de lunes a viernes, excluyendo los días festivos observados por el estado de California. Cualquier interpretación de la referencia a "días hábiles" dentro de BHIN 23-068 deberá cumplir con esta definición.
¿Todavía tengo que seguir los requisitos de documentación para los códigos específicos del Sistema de Codificación de Procedimientos Comunes para la Atención Médica (HCPCS)/Terminología® de Procedimiento Actual (CPT), como los códigos CPT de Evaluación y Gestión (E/M)?
Referencia BHIN 23-068
Sí. El Aviso de Información de Salud Conductual 23-068 no reemplaza los estándares de documentación de HCPCS o CPT. Los estándares de documentación de HCPCS son producidos por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid, y los estándares de documentación de CPT son producidos por la Asociación Médica Estadounidense. Los registros deben cumplir con estos dos estándares y con BHIN 23-068.
Para obtener recursos adicionales sobre la codificación y documentación de CPT y HCPCS, consulte:
¿La justificación para continuar con los servicios sigue siendo un requisito para los servicios de trastorno por uso de sustancias (SUD) que aún está vigente?
Referencia BHIN 23-068 y CCR 22 § 51341.1(h)(5)(A)(i-iii)
No. BHIN 23-068 (Apéndice 2) ha reemplazado los requisitos para proporcionar una justificación para la continuidad de los servicios de SUD, establecidos en CCR 22 § 51341.1 (h) (5) (A) (i-iii). Anteriormente, esto debía ocurrir a más tardar seis meses después de la fecha de inicio del tratamiento del miembro. Según BHIN 23-068, las reevaluaciones de los servicios de SUD ahora deben realizarse en función de las necesidades y el criterio clínico del miembro.
¿Se requieren exámenes físicos para el Programa de Trastorno por Uso de Sustancias (SUD, por sus siglas en inglés) para pacientes ambulatorios y residenciales?
Referencia BHIN 23-068 y 22 CCR § 51341.1, subd. h)(1)(A)(iv)(A-C)
Sí, se requieren exámenes físicos para los miembros que reciben servicios de Medic-Cal para Medicamentos y Sistema de Entrega Organizada de Medi-Cal para Medicamentos (DMC-ODS) según 22 CCR § 51341.1, subd. h)(1)(A)(iv)(a-c). BHIN 23-068 señala que 22 CCR § 51341.1, subd. h)(1)(A)(iv)c)» Los requisitos relacionados con los planes de tratamiento actualizados son reemplazados por el BHIN.
¿Son necesarias las hojas de registro de miembros para los servicios grupales? ¿Qué pasa con las firmas de los miembros?
Referencia : BHIN 23-068 y 22 CCR § 51341.1 subd. (g)(2)(De la A a la E)
El Aviso de Salud Conductual (BHIN, por sus siglas en inglés) 23-068 reemplazó a 22 CCR § 51341.1 sub. (g)(2)(A-E) (Anexo 2), eliminando los requisitos para las hojas de registro y firmas de los miembros para Drug Medi-Cal (DMC)/Drug Medi-Cal Delivery System (DMC-ODS) al proporcionar servicios grupales. Los proveedores deben mantener listas de participantes para todos los servicios grupales de DMC/DMC-ODS y Salud Mental Especializada, como se indica en las páginas 9-10 de BHIN 23-068, pero no se requieren firmas como parte de las listas de participantes.
¿Por qué los Programas de Tratamiento de Narcóticos (NTP, por sus siglas en inglés) están exentos de la guía en el Aviso de Información de Salud Conductual (BHIN, por sus siglas en inglés) 23-068?
Referencia BHIN 23-068, CCR Tito 9 §§ 9995 – 10425[HT1] y 42 CFR § 8
Los NTP están sujetos a las regulaciones estatales y federales específicas del programa en virtud de 42 CFR § 8, que incluyen normas para la prestación de atención y documentación. Los NTP en California deben operar de conformidad con Código de California Regs. Tito 9 §§ 9995 – 10425[HT2] y debe continuar cumpliendo con los estándares para los planes de tratamiento del paciente especificados en el Código de California Regs. Tit. 9 § 10305. Para evitar la complejidad o el conflicto con estos estándares existentes, en este momento, el DHCS ha optado por eximir a los NTP de los estándares de documentación en BHIN 23-068.
¿Han cambiado los requisitos para los consentimientos de medicación? Esta sección se eliminó del Protocolo Trienal de Servicios Especializados de Salud Mental y el Aviso de Información de Salud Mental 23-068 sobre el Contrato del Plan de Salud Mental y el Aviso de Información de Salud Conductual no se refiere a los requisitos de consentimiento para la medicación.
Referencia WIC § 5325.3
El Proyecto de Ley (SB) 184 del Senado de California fue capítulo el 30/06/22. Esta legislación del proyecto de ley de presupuesto de salud actualizó y reemplazó las regulaciones estatales (Cal. Code Regs. Tit. 9, § 852) que requerían que los centros de salud mental obtuvieran firmas de pacientes para demostrar el consentimiento informado para los medicamentos antipsicóticos administrados en entornos de salud mental comunitarios específicos. La SB 184 eliminaría el requisito de obtener firmas de pacientes, y en su lugar requiere que las instalaciones mantengan registros de consentimiento por escrito que contengan ambos de los siguientes:
- Una anotación de que la información sobre el consentimiento informado a los medicamentos antipsicóticos ha sido discutida con el paciente; y
- Una anotación de que el paciente comprende la naturaleza y el efecto de los medicamentos antipsicóticos, y da su consentimiento para la administración de esos medicamentos.
Consulte WIC § 5325.3 para conocer el lenguaje estatutario completo.
Si los proveedores del Plan de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) ahora pueden brindar tratamiento concurrente y enfocarse en las necesidades de trastorno por uso de sustancias (SUD, por sus siglas en inglés) de un miembro según sea clínicamente apropiado, ¿significa eso que el registro clínico del miembro con el MHP ahora se regirá por 42 CFR Parte 2?
Referencia BHIN 23-068
La confidencialidad de los registros de pacientes con SUD, según lo requerido por 42 CFR Parte 2 , se aplicaría a cualquier registro que identifique a un paciente como si tuviera o haya tenido un SUD y contenga información sobre el SUD obtenida a través de un programa de SUD asistido por el gobierno federal. Si la información de SUD se obtuvo a través del MHP o de un proveedor de servicios especializados en salud mental, es probable que estas restricciones no se apliquen.
¿Se están teniendo en cuenta los requisitos de Medicare ya que los condados deben facturar primero a Medicare? ¿Los miembros que tienen Medicare y Medi-Cal necesitan planes de tratamiento?
Referencia BHIN 23-068
Los requisitos de documentación establecidos en BHIN 23-068 no cambian ni reemplazan ningún requisito federal, incluidos los requisitos de Medicare.
Para reducir el tiempo de documentación, ¿es aceptable usar casillas de verificación excepto cuando se requiere "narrativa"?
Referencia BHIN 23-068
Las casillas de verificación están permitidas siempre que la narrativa de la nota sea individualizada, proporcione suficientes detalles para respaldar el código de servicio seleccionado y se cumplan todos los demás requisitos de la nota de progreso descritos en BHIN 23-068 .
¿Todavía existe un requisito del Sistema de Entrega Organizada de Medicamentos de Medi-Cal para documentar el diagnóstico como un resumen narrativo basado en los criterios del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales?
Referencia BHIN 23-068
No. BHIN 23-068 no mantuvo el requisito de documentar un resumen narrativo en la evaluación de la Sociedad Americana de Medicina de la Adicción (ASAM). Consulte la sección (c) a partir de la página 7 de BHIN 23-068 para conocer los requisitos de la documentación de diagnóstico / motivo del encuentro con el servicio en la lista de problemas.
¿Cómo pueden los proveedores documentar la participación del miembro en el proceso de tratamiento?
Referencia BHIN 23-068
DHCS fomenta el tratamiento basado en la fuerza y centrado en la persona. De acuerdo con los requisitos de documentación descritos en BHIN 23-068, la perspectiva y la participación del miembro en el tratamiento pueden anotarse en el registro del miembro, por ejemplo, las notas de progreso.