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Preguntas frecuentes sobre la facturación de servicios​​ 

1. ¿Cuándo pueden los proveedores comenzar a facturar los servicios?​​ 

Una vez que se ha aprobado una solicitud, los proveedores de Medi-Cal reciben una carta de bienvenida y un paquete de Xerox State Healthcare, LLC (Xerox), que contiene información de facturación. Por lo general, dentro de las 2-3 semanas posteriores a la recepción de la carta de bienvenida y el paquete, el proveedor recibe una notificación por separado de Xerox con su número de identificación de proveedor (PIN). Una vez que el proveedor haya recibido su PIN, puede comenzar a verificar la elegibilidad de sus pacientes de Medi-Cal y comenzar su proceso de facturación.​​ 

Nota:​​  Los posibles proveedores de Medi-Cal deben solicitar y estar inscritos en el programa de Medi-Cal y aceptar las condiciones de participación antes de que se pueda presentar la reclamación o se pueda realizar el pago de los servicios prestados a los beneficiarios de Medi-Cal. Antes de la aprobación de la solicitud, la decisión de un solicitante de ver a pacientes de Medi-Cal es bajo su propio riesgo personal para el pago.​​ 

2. ¿Quién factura a Medi-Cal por los servicios de los proveedores y los médicos locum tenens?​​ 

Los proveedores de renderizado no pueden facturar directamente; es la entidad del grupo que factura a Medi-Cal por los servicios prestados por los proveedores inscritos en su grupo.​​  En el reembolso de locum tenens/facturación recíproca, el médico de cabecera del destinatario puede presentar la reclamación y recibir el pago de los servicios cubiertos de Medicaid (incluidas las visitas de emergencia y los servicios relacionados) proporcionados por un médico de locum tenens que no sea empleado del médico habitual.​​ 

3. ¿Dónde pueden los proveedores encontrar respuestas a otras preguntas sobre facturación?​​ 

Para obtener ayuda con la facturación y las reclamaciones, comuníquese con el Centro de Servicio Telefónico al (800) 541-5555 (fuera de California, llame al 916-636-1980) o en línea en "Contáctese con Medi-Cal". Para obtener la información más actualizada sobre la facturación y el envío de reclamaciones, consulte el área "Sala de prensa de Medi-Cal" en la página de inicio de Medi-Cal.​​ 

4. ¿Con quién se comunican los proveedores cuando no se reciben los pagos (garantías) por los servicios facturados?​​  

Si un proveedor no recibe el pago (garantías) por los servicios que se han facturado al programa Medi-Cal, es posible que el proveedor deba solicitar un cambio de dirección de pago en los archivos del DHCS. Los proveedores están obligados a notificar al DHCS dentro de los 35 días posteriores a la fecha de un cambio en la dirección comercial y/o de pago. Para acceder al formulario correcto, vaya a la página de Inscripción de proveedores en el sitio web de Medi-Cal en www.medi-cal.ca.gov y haga clic en Formularios de solicitud por nombre y número de formulario. Cuando se haya realizado el cambio de dirección, la División de Inscripción de Proveedores instruirá a los proveedores sobre cómo solicitar que se vuelvan a emitir los pagos. Los proveedores también pueden comunicarse con la División de Inscripción de Proveedores, Unidad de Órdenes de Devolución al (916) 319-8413, o por correo electrónico al pedretwarr@dhcs.ca.gov.​​ 

Si está interesado en solicitar la Transferencia Electrónica de Fondos (EFT), revise el formulario de Autorización de Inscripción EFT . Complete y envíe un formulario de autorización de inscripción EFT notariado y un cheque anulado a una de las siguientes direcciones:​​ 

Envíe este formulario a:​​ 

Intermediario Fiscal MMIS de California​​ 
A la atención de: Unidad de EFT​​       
Apartado de correos 13029​​              

Sacramento, CA 95813-4029​​ 

Solo correo urgente:​​                                                                                                                                                        

Intermediario Fiscal MMIS de California​​ 
A la atención de: Unidad de EFT​​       
820 Stillwater Road​​             

Oeste de Sacramento, CA 95605​​ 

                                                                                                                                                                                                                                             

Fecha de la última modificación: 7/31/2024 8:09 AM​​