Preguntas frecuentes sobre los servicios de doula
Proveedores de doula- Preguntas frecuentes generales
El Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) cubre los servicios de doula tanto en la atención administrada como en los sistemas de prestación de pago por servicio para personas embarazadas y posparto. Los servicios incluyen apoyo no médico para las visitas prenatales y posparto, y durante el trabajo de parto y el parto, el aborto espontáneo y el aborto.
1. ¿Qué tipo de servicios pueden proporcionar las doulas para el reembolso?
- Las doulas pueden proporcionar varios tipos de apoyo durante el período perinatal, incluso durante el embarazo; trabajo de parto y parto, aborto espontáneo y aborto; y hasta un año después del parto. Los servicios incluyen orientación; navegación sanitaria; educación basada en la evidencia para el cuidado prenatal, posparto, parto y neonatal/lactante; apoyo a la lactancia; elaboración de un plan de parto; y vínculos con recursos comunitarios. Consulte el Manual del proveedor de Medi-Cal: Servicios de doula para obtener más información.
2. ¿Hay algún requisito que deba cumplirse antes de que un miembro pueda recibir los servicios de doula? (Añadido el 16de agosto de 2024)
- Los servicios de doula se consideran un beneficio preventivo. La ley federal requiere que todos los servicios preventivos sean recomendados primero por un médico u otro profesional autorizado de las artes curativas. Para aumentar el acceso a los servicios, el DHCS emitió una recomendación permanente para los servicios de doula por parte de la Directora Médica del DHCS, Karen Mark, MD, PhD. Esto cumple con el requisito federal de una recomendación para iniciar servicios de doula y los miembros de Medi-Cal no necesitan obtener una recomendación por separado. Las doulas deben hacerreferenciaa esta orden de referenciaen sus registros para el miembro de Medi-Cal.
- Si un miembro de Medi-Cal ha utilizado las ocho visitas perinatales y desea recibir servicios adicionales de doula durante el período posparto, el miembro puede pedirle a un proveedor autorizado que complete el formulario de recomendación de servicios de doula de Medi-Caly entregue el formulario a la doula. (Añadido el 16de agosto de 2024)
3. ¿Quién puede recomendar los servicios de doula? (Actualizado el 16de agosto de 2024)
- Dado que la Directora Médica del DHCS, la Dra. Karen Mark, MD, PhD, ha emitido una recomendación permanente para los servicios de doula, los miembros de Medi-Cal no necesitan una recomendación separada de un médico u otro proveedor autorizado para el conjunto inicial de servicios como se describe en el Manual para proveedores de Medi-Cal: Servicios de doula . Sin embargo, M e Los miembros de di-Cal necesitarán Una nueva recomendación para recibir hasta nueve visitas posparto adicionales. Esta recomendación debe ser hecho por un médico u otro profesional autorizado de la curación artes artísticas que actúan dentro de su ámbito o f Práctica en virtud de s Ley de la Tate. No es necesario que el proveedor que recomienda esté inscrito en Medi-Cal o Ser un proveedor de la red con el miembro del plan de atención administrada (MCP, por sus siglas en inglés). La recomendación sea con el Recomendación de servicios de doula de Medi-Cal o una nota en la historia clínica del miembro.
4. ¿Qué servicios de doula están autorizados por una recomendación permanente? (Actualizado el 16de agosto de 2024)
- La recomendación permanente permite que el miembro reciba los siguientes servicios de doula:
- Una visita inicial de 90 minutos.
- Hasta ocho anuncios Visitas adicionales que se pueden proporcionar en cualquier combinación de visitas prenatales y posparto , según lo determinen la persona que da a luz y la doula.
- Apoyo durante el trabajo de parto y el parto, el aborto y el aborto espontáneo.
- Hasta dos visitas posparto prolongadas de tres horas después del final de un embarazo.
- Se requiere una segunda recomendación de un médico u otro profesional con licencia de las artes curativas que actúe dentro de su ámbito de práctica según la ley estatal para que los miembros de Medi-Cal reciban hasta nueve visitas adicionales durante el período posparto. Véanse las preguntas #5 y #6 a continuación para obtener más información.
5. ¿Cuántas visitas posparto adicionales se permiten?
- Una segunda recomendación, ya sea anotada en el registro médico del miembro por un proveedor autorizado o un formulario de recomendación firmado por Medi-Cal Doula Services, permite a los miembros recibir hasta nueve visitas adicionales durante el período posparto. La recomendación permanente no autoriza estas visitas posparto adicionales.
6. ¿La segunda recomendación para los servicios posparto debe estar fechada después del embarazo?
- No. Si la afiliada ha utilizado o es probable que utilice las ocho visitas adicionales durante el embarazo, un proveedor autorizado puede recomendar que seproporcionen visitas adicionales durante el período posparto .
7. ¿Cuánto dura el período posparto para los servicios de doula? (Actualizado el 16de agosto de 2024)
- Para la cobertura de doula, el período posparto es de hasta un año después del final del embarazo, lo que permite a los miembros de Medi-Cal recibir servicios de doulas durante este período.
8. ¿Puede un miembro recibir servicios de doula solo durante el período posparto?
- Sí. Los servicios de doula están disponibles hasta un año después del embarazo. Si la miembro no tuvo una doula durante el embarazo, puede usar la visita inicial y las ocho visitas durante el período posparto y hasta nueve visitas posparto adicionales con una segunda recomendación por escrito.
9. ¿DHCS cubrirá los servicios de doula prestados durante o después de un aborto espontáneo, muerte fetal o aborto?
Sí, los servicios de doula están disponibles para apoyar a las personas durante y después de embarazos que terminan en aborto espontáneo, muerte fetal o aborto.
10. ¿Existen limitaciones sobre dónde las doulas pueden brindar servicios?
- No. Las doulas pueden brindar servicios en la comunidad, en el hogar de un miembro y en hospitales, entre otros lugares.
11. ¿Pueden las doulas brindar servicios por telesalud? (Actualizado el 11 de marzo de 2025)
- Sí. La doula puede proporcionar todos los servicios a través de telesalud, incluso por teléfono. Los servicios prestados a través de telesalud deben facturarse de acuerdo con la política de telesalud del DHCS, como se describe en la sección Medicina: Electricidad del Manual del proveedor de Medi-Cal. Esto incluye la facturación con el modificador 93 para solo audio síncrono o el modificador 95 para vídeo síncrono. Los servicios prestados a través de mensajes de texto, correo electrónico, chat o serviciosque no sean audiovisuales o solo de audio no son reembolsables. Además, todos los servicios de doula prestados a través de telemedicina deben cumplir con los requisitos federales de privacidad, incluida la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico.
- La política de telesalud de Medi-Cal requiere que cualquier proveedor, incluidas las doulas, que brinden servicios a través de telemedicina pueda brindar un traspaso cálido a una doula en persona, si el miembro de Medi-Cal lo solicita.
12. ¿Puede un miembro recibir servicios de doula de más de una doula? (Actualizado el 16de agosto de 2024)
- Sí, más de una doula puede brindar servicios durante el embarazo y el período posparto de un miembro. Sin embargo, el número total de visitas que puede recibir una miembro es por embarazo y no por doula. Además, solo una doula puede facturar por los servicios prestados durante el parto, el aborto espontáneo o el aborto.
- DHCS reconoce que puede haber varias razones por las que un miembro de Medi-Cal puede ver a una o más doulas durante el transcurso de su embarazo, o incluso el mismo día. Por ejemplo, un miembro de Medi-Cal puede reunirse con una o más doulas como parte del proceso de identificar inicialmente a la doula que mejor se adapte a sus necesidades individuales. Del mismo modo, es posible que un miembro de Medi-Cal necesite cambiar de doula durante el transcurso de su embarazo. Por estas razones, la póliza de Medi-Cal no prohíbe que dos doulas brinden sesiones prenatales o posparto médicamente necesariasdurante el transcurso del embarazo de un miembro de Medi-Cal o incluso el mismo día.
13. ¿Las doulas especializadas (p. ej., solo para parto/L&D, solo para el prenatal, solo para el posparto, etc.) podrán brindar servicios de doula para su especialidad?
14. ¿Pueden las doulas ayudar con un parto en casa? (añadido el 11de marzo de 2025)
- Sí, una doula puede ayudar con los partos en casa proporcionados por un proveedor autorizado. Medi-Cal no tiene límites sobre dónde las doulas pueden brindar servicios.
15. ¿Dónde puedo obtener más información o proporcionar comentarios?
- La información sobre el beneficio de la doula y las reuniones de las partes interesadas está disponible en la página de Servicios de Doula de DHCS.
- Envíe un correo electrónico a DoulaBenefit@dhcs.ca.gov con cualquier comentario, preguntas y comentarios.