Información de autorización de proveedor cruzado solo
Los proveedores "Crossover Only", por definición, deben cumplir con dos condiciones requeridas. La primera condición es que estén inscritos en Medicare y no estén inscritos en Medi-Cal. La segunda condición es que hayan prestado un servicio a un beneficiario con doble elegibilidad y estén buscando la aprobación para el reembolso de ese servicio.
Los beneficiarios con doble elegibilidad son aquellos beneficiarios que son elegibles para la cobertura de Medicare (ya sea Medicare Parte A, Parte B o ambos) y Medi-Cal. Por lo general, Medicare procesa primero las reclamaciones por servicios prestados a beneficiarios con doble elegibilidad y luego se envían electrónicamente a Medi-Cal. Luego, el sistema de pago de Medi-Cal reembolsa el monto de costos compartidos aplicable del monto restante de la reclamación.
A partir de octubre de 2010, ya no se les pidió a los proveedores de Medicare que buscaban obtener autorización de Medi-Cal para presentar reclamaciones de reembolso de montos de costos compartidos de Medicare
Y QUE NO DESEABAN INSCRIBIRSE como proveedores completos de Medi-Cal que presentaran un paquete de solicitud completo. De acuerdo con 42 Código de los Estados Unidos §1396a(a)(10)(E)(i), el Departamento de Servicios de Atención Médica de California requiere que los proveedores de Cross Only presenten su solicitud a través de
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