Proveedores de transporte no médico
Registro de vehículos NMT e inscripción como proveedor de NMT
Sobre la base de la autoridad otorgada al director del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) de acuerdo con el Código W&I, Sección 14132 (ad)(8), el director está estableciendo requisitos de inscripción de proveedores de Medi-Cal para la prestación de servicios de transporte no médico (NMT, por sus siglas en inglés) por parte de los proveedores NEMT de Medi-Cal actualmente inscritos que solicitan proporcionar servicios de NMT en vehículos de pasajeros y para inscribir proveedores de transporte solo para NMT. Estos requisitos implementan las Secciones 14043.15 y 14043.26 del Código W&I, y como tales tienen toda la fuerza y el efecto de la ley. Para obtener más información, consulte el boletín regulatorio para proveedores Medi-Cal Benefit Updated: Non-Medical Transportation.
Los proveedores de transporte que actualmente están inscritos en Medi-Cal como proveedores de NEMT y que desean proporcionar servicios de NMT pueden solicitar convertirse en proveedores de NMT y proporcionar servicios de NMT, según se define en el Código W&I, Secciones 14132 (ad)(2)(i) y 14132 (ad)(2)(ii). Los proveedores actuales de NEMT deben presentar un formulario de cambio suplementario de Medi-Cal completado en PAVE. Los proveedores de NEMT que soliciten agregar servicios de NMT deben indicarlo en el formulario de cambio complementario. Los proveedores de NEMT que deseen utilizar vehículos NEMT ya reportados para proporcionar servicios de NMT también deben informar eso al departamento en la sección "Otra información" del formulario de Cambio Suplementario en PAVE.
Los proveedores actualmente inscritos pueden agregar nuevos vehículos NMT o vehículos NEMT para NMT en el formulario de cambio suplementario en PAVE. Se deben incluir copias de la matrícula del vehículo comercial del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) y comprobante de seguro de vehículo comercial.
Los proveedores de transporte que deseen inscribirse recientemente en Medi-Cal para NMT deberán presentar un paquete de solicitud de proveedor de transporte de Medi-Cal completo en PAVE.
Aquí se incluye una presentación de PowerPoint para ayudarlo a iniciar su solicitud de NMT en el sistema PAVE. También describe el proceso de revisión de la solicitud.
Se debe completar toda la información aplicable, incluyendo:
Identificador Nacional de Proveedor (NPI)
Tipo de proveedor (no médico)
Acción solicitada (Agregue el vehículo o el conductor de NMT)
Para todos los vehículos NMT:
Número de identificación del vehículo
Marca y modelo del vehículo
Año del vehículo
Número de matrícula
Copias legibles de todos los siguientes documentos para todos los vehículos:
Matrícula de vehículos del DMV según lo requiera la ley
Comprobante de seguro del vehículo según lo requiera la ley
Para todos los conductores:
Nombre del conductor
Licencia de conducir de California
Copias legibles de todos los siguientes documentos para todos los conductores:
Registro de manejo del DMV de California
Licencia de conducir de California
Administración de Seguridad de Autotransportes (MCSA) 5875 y MCSA 5876 según lo requiera la ley
Las organizaciones/entidades de NMT se asegurarán de que todos los conductores de NMT cumplan con todos los requisitos estatales y federales de licencia y certificación aplicables y todos y cada uno de los estatutos y/o reglamentos estatales y federales aplicables relacionados con la operación de un vehículo motorizado y/o el transporte de pasajeros.
Solo los proveedores inscritos que hayan sido aprobados por el DHCS para prestar servicios de NMT pueden facturar por NMT. La fecha de entrada en vigencia de la inscripción para los servicios de NMT aprobados será retroactiva a la fecha en que se presentó una solicitud completa.