Definiciones de telesalud
Almacenamiento y reenvío asincrónicos:
La transmisión de la información médica de un paciente desde un sitio de origen al proveedor de atención médica en un sitio distante sin la presencia del paciente. (Código de Negocios y Profesiones, sección 2290.5(a)(1))
Sitio distante:
Un sitio donde se encuentra un proveedor de atención médica que brinda servicios de atención médica mientras brinda estos servicios a través de un sistema de telecomunicaciones. (Código de Negocios y Profesiones, sección 2290.5(a)(2))
E-Consultas:
Servicios de consulta de historiales sanitarios asíncronos que proporcionan un servicio de evaluación y gestión en el que el profesional sanitario del paciente (es decir, médico titular o de cabecera) aplicar la opinión y/o el asesoramiento terapéutico de otro profesional sanitario (es decir, un consultor) con experiencia especializada específica para ayudar en el diagnóstico y/o gestión de las necesidades sanitarias del paciente sin contacto presencial con el consultor. Las consultas electrónicas entre proveedores de atención sanitaria están diseñadas para ofrecer revisiones coordinadas y multidisciplinarias de casos, opiniones consultivas y recomendaciones de atención. ( Manual del ProveedorMedi-Cal : Telehealth)
Tarifa del sitio de origen:
Una cantidad pagada al sitio de origen al prestar servicio mediante comunicación interactiva bidireccional en tiempo real o almacenar y reenviar, cuando se factura con el código HCPCS Q3014. ( Manual del ProveedorMedi-Cal : Telehealth)
Proveedor de salud:
Una persona que tiene licencia bajo la División 2 del Código de Negocios y Profesiones, un terapeuta matrimonial y familiar asociado, un proveedor de servicios de autismo calificado o un profesional de servicios de autismo calificado, un trabajador social clínico asociado, un consejero clínico profesional asociado. (Código de Negocios y Profesiones, sección 2290.5(a)(3))
Sistema interactivo de telecomunicaciones:
Equipo de comunicaciones multimedia que incluye, como mínimo, equipos de audio y video que permiten la comunicación interactiva bidireccional en tiempo real entre el paciente y el médico o profesional del sitio distante. Los teléfonos, las máquinas de fax y los sistemas de correo electrónico no cumplen con la definición de un sistema de telecomunicaciones interactivo. (Título 42 del Código de Regulaciones Federales, Parte 410.78 (a)(3))
Sitio de origen:
Un sitio donde se encuentra un paciente en el momento en que se brindan los servicios de atención médica a través de telesalud, incluidas las visitas de video o solo audio, o donde se origina el servicio asincrónico de almacenamiento y reenvío. (Código de Negocios y Profesiones, sección 2290.5(a)(4))
Interacción sincrónica:
Una interacción en tiempo real entre un paciente y un proveedor de atención médica ubicado en un sitio distante. (Código de Negocios y Profesiones, sección 2290.5(a)(5)) Una interacción sincrónica puede ser una interacción sincrónica de solo audio o una interacción sincrónica de vídeo:
Interacción sincrónica de solo audio:
Una interacción en tiempo real entre un paciente y el proveedor de atención médica que se lleva a cabo únicamente a través de audio (por ejemplo, teléfono, llamada por Internet sin video).
Interacción sincrónica de vídeo:
Una interacción en tiempo real entre un paciente y el proveedor de atención médica que se lleva a cabo a través de una plataforma tecnológica interactiva que incluye capacidades de audio y visuales.
Telesalud:
El modo de prestar servicios de atención médica y salud pública a través de las tecnologías de la información y la comunicación para facilitar el diagnóstico, la consulta, el tratamiento, la educación, la administración de la atención y la autogestión de la atención médica de un paciente. La telemedicina facilita la autogestión del paciente y el apoyo del cuidador para los pacientes, e incluye interacciones sincrónicas y transferencias asincrónicas de almacenamiento y reenvío. (La telesalud incluye la telemedicina). (Código de Negocios y Profesiones, sección 2290.5(a)(6))
Tarifas de transmisión:
Los costos de transmisión incurridos por la capacidad de servicios de Telehealth mediante comunicación audiovisual son reembolsables cuando se facturan con el código HCPCS T1014 (Telehealth transmisión por minuto, factura de servicios profesionales por separado). ( Manual del ProveedorMedi-Cal : Telehealth)