Cartas de política de Medi-Cal Clinic
Las Cartas de Póliza Clínica (CPL, por sus siglas en inglés) transmiten información y/o interpretan cambios en políticas o procedimientos a nivel federal o estatal y brindan orientación a los Centros de Salud Federalmente Calificados (FQHC, por sus siglas en inglés) y a las Clínicas de Salud Rurales (RHC, por sus siglas en inglés) como se describe en las secciones 1396 (a) (2) (B) y 1396 (a) (2) (C) del Título 42 del Código de los Estados Unidos (USC, por sus siglas en inglés) sobre cómo implementar cambios sobre una base operativa.
De acuerdo con la sección (r) del Código de Bienestar e Instituciones (WIC) 14132.100, el Director del DHCS puede, sin tomar medidas regulatorias, de conformidad con el Capítulo 3.5 (comenzando con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 o el Título 2 del Código de Gobierno, implementar, interpretar o especificar esta sección por medio de un boletín de proveedores o instrucciones similares. El DHCS notificará y consultará con las partes interesadas y las partes interesadas apropiadas para implementar, interpretar o especificar las disposiciones de esta sección, incluidas todas las siguientes:
Notificar a los representantes del proveedor por escrito sobre la acción o el cambio propuesto. La notificación se realizará, y el borrador del boletín del proveedor o instrucción similar correspondiente, se realizará al menos 10 días antes de la reunión como se describe anteriormente.
Programar al menos una reunión con las partes interesadas y las partes interesadas apropiadas para discutir la acción o el cambio propuesto.
Permitir comentarios por escrito con respecto a la acción o cambio propuesto, a los cuales el departamento proporcionará respuestas resumidas por escrito junto con la emisión del boletín final del proveedor por escrito o instrucciones similares aplicables.
Notificar con al menos 60 días de anticipación la fecha de vigencia de la acción o cambio propuesto.
Nota: Las CPL no se emitieron antes del 1de enero de 2025. El DHCS ahora emite directrices para los FQHC y los RHC exclusivamente a través de las CPL. Si tiene preguntas sobre una CPL específica o necesita aclaraciones adicionales sobre la política, envíe un correo electrónico a: FQHCBenefitsandRates@dhcs.ca.gov.
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Este servicio de correo electrónico (ListServ) se ha creado para que las partes interesadas interesadas, como los defensores, los consumidores, los condados, el personal legislativo, los proveedores y las asociaciones estatales, puedan recibir actualizaciones relevantes sobre las CPL para las que se desea la opinión de las partes interesadas.