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Informes Anuales de Program de Atención Administrada (MCPAR)​​ 

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Las regulaciones de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) en 42 CFR § 438.66(e) requieren que los estados presenten un Informe Anual del Programa de Atención Administrada (MCPAR, por sus siglas en inglés). Según la regulación, cada estado debe presentar a los CMS, a más tardar 180 días después de cada año de contrato, un informe sobre cada programa de atención administrada por el estado. Orientación adicional sobre el momento, el contenido y la forma del informe está disponible en el Boletín Informativo de las Herramientas de Monitoreo y Supervisión de la Atención Administrada de Medicaid y CHIP. 
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Para obtener el libro de Excel más reciente e información adicional: Informes de atención administrada de Medicaid y CHIP | Medicaid.​​  

Según las regulaciones actuales en 42 CFR § 438.66, los estados deben publicar el MCPAR en el sitio web requerido bajo 42 CFR § 438.10 (c) (3). A partir de septiembre de 2024, los CMS especificaron que los estados deben publicar sus MCPAR en la web dentro de los 30 días posteriores a la fecha de presentación. 
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MCPARs por año​​ 

Año de rendimiento 2023​​ 

Fecha de la última modificación: 1/27/2025 11:11 AM​​