Elegibilidad presunta del hospital Program
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¿Qué es la elegibilidad presunta del hospital?
La elegibilidad presunta del hospital permite que ciertos proveedores de atención médica aprueben la cobertura de salud temporal para los solicitantes elegibles mediante una solicitud electrónica. Las determinaciones de elegibilidad presunta del hospital se basan en la autodeclaración de hechos del solicitante y no se requieren otras formas de prueba.
¿Qué cobertura proporciona la elegibilidad presunta del hospital?
La Elegibilidad Presuntiva del Hospital proporciona beneficios inmediatos y temporales sobre la base de una tarifa por servicio de hasta 60 días para aquellos que califican.
- La elegibilidad presunta del hospital proporciona cobertura completa a todas las personas elegibles, excepto a las embarazadas.
- La Elegibilidad Presuntiva Hospitalaria para el Embarazo proporciona una cobertura de alcance limitado y solo cubre la atención prenatal ambulatoria (sin cita previa), el aborto ambulatorio y los medicamentos recetados para afecciones relacionadas con el embarazo.
Si se le aprueba la elegibilidad presunta para el hospital, su proveedor debe verificar su elegibilidad para conocer el alcance de su cobertura. Los servicios cubiertos están sujetos a cambios, por lo que es importante preguntarle a su proveedor si su(s) servicio(s) estará(n) cubierto(s), especialmente si recibe la Elegibilidad Presunta Hospitalaria para el Embarazo.
La elegibilidad presunta del hospital es temporal. Debe solicitar programas de cobertura de salud y completar el proceso de solicitud para encontrar un programa de seguro de salud a largo plazo que se adapte a sus necesidades. Consulte a continuación las formas de solicitar cobertura de salud.
¿Qué es el pago por servicio?
Pago por servicio significa que usted no está inscrito en un plan de atención médica. Para evitar pagar de su bolsillo por los servicios de atención médica, pregúntele a su médico si acepta Medi-Cal de pago por servicio antes de programar visitas.
¿Quién es potencialmente elegible para la elegibilidad presunta del hospital?
Para calificar para la Elegibilidad Presunta Hospitalaria, usted debe:
- Tener bajos ingresos mensuales;
- Vivir en California;
- No estar recibiendo actualmente Medi-Cal;
- No haber recibido la Elegibilidad Presuntiva más de la cantidad máxima de veces permitida en los últimos 12 meses;
- Si está embarazada, no ha recibido la elegibilidad presunta durante su embarazo actual.
Y ser elegible en uno de los siguientes grupos de elegibilidad presunta para hospitales a continuación:
- Menores de 19 años
- Padres y parientes cuidadores
- Personas embarazadas
- Ex jóvenes de crianza temporal entre las edades de 18 a 26 años, que estuvieron en cuidado de crianza en cualquier estado cuando cumplieron 18 años o más. (Sin límite de ingresos)
- Adultos mayores de 19 años que no estén embarazadas, que no reciban Medicare y que no sean elegibles para ninguno de los grupos mencionados anteriormente.
¿Con qué frecuencia puedo recibir elegibilidad presunta?
La elegibilidad presunta incluye la elegibilidad presunta del hospital, la elegibilidad presunta de los niños y la elegibilidad presunta de las personas embarazadas.
Grupos secundarios
| Dos (2) veces por 12 meses |
Grupos de adultos
| Una (1) vez cada 12 meses
|
Personas embarazadas
| Una (1) vez por embarazo
|
¿Quién me ayudará a inscribirme en la elegibilidad presunta para el hospital?
Para solicitar la Elegibilidad Presunta para el Hospital, debe visitar a un proveedor que participe, conocido como "Proveedor Calificado".
Puede encontrar un proveedor calificado de esta lista:
Las solicitudes de elegibilidad presunta para el hospital solo se aceptan cuando hay personal capacitado disponible durante la visita de atención médica. Si la elegibilidad presunta para el hospital no está disponible durante su visita, debe solicitar Medi-Cal para poder pagar sus servicios. Medi-Cal retroactivo puede cubrir los gastos de los servicios que ya ha recibido si solicita Medi-Cal y completa el proceso de inscripción dentro de los tres (3) meses posteriores a la recepción de esos servicios.
¿Se incluye la elegibilidad presunta del hospital en la prueba de carga pública?
La prueba de carga pública es una evaluación que los oficiales de inmigración utilizan para determinar si es probable que un no ciudadano dependa del gobierno para obtener apoyo. El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) generalmente no consideran los servicios de salud, alimentos y vivienda como parte de la determinación de carga pública. Por lo tanto, el uso de los beneficios de Medi-Cal, excepto la atención en un hogar de ancianos o una institución de salud mental, NO afectará su estado migratorio.
Tenga en cuenta que el DHCS y las agencias de servicios sociales del condado no pueden proporcionar servicios legales o asesoramiento relacionado con el estado migratorio o las leyes de carga pública. Si tiene preguntas sobre su estado migratorio y los beneficios de Medi-Cal, hable con un abogado de inmigración calificado.
Formas de solicitar Medi-Cal y otros programas de cobertura de salud
Puede solicitar Medi-Cal:
- En línea en Covered California o BenefitsCal.
- Por teléfono con Covered California al (800) 300-1506 | TTY: (888) 889-4500.
- Por teléfono con Covered California (Español) al (800) 300-0213.
- Por teléfono con la agencia de servicios sociales de su condado.
- En persona: comuníquese con Covered California al (800) 300-1506 para obtener una lista.
- En persona: encuentre la oficina de una agencia de servicios sociales del condado.
Descargue e imprima una sola aplicación simplificada:
Fax a
(888) 329-3700
Enviar por correo a Cubierta de California
P.O. Caja 989725
Oeste de Sacramento, CA 95798
¿Qué debo hacer si recibo una factura mientras tenía cobertura de elegibilidad presunta para el hospital?
Siga estos pasos si recibe una factura que cree que debería estar cubierta:
- Confirmar cobertura: Confirme que la fecha del servicio en la factura esté dentro del tiempo en que estuvo cubierto por la Elegibilidad Presuntiva del Hospital.
- Verifique el período de cobertura de elegibilidad presunta del hospital y el alcance de la cobertura que figuran en la tarjeta de necesidad inmediata impresa , o
- Si ya no tiene su tarjeta de Necesidad Inmediata o no está seguro de su período de cobertura, comuníquese con la oficina de servicios sociales de su condado para solicitar la verificación de elegibilidad para la fecha de servicio en la factura.
- Comunícate con el proveedor y comparte un comprobante de elegibilidad: Llame al hospital, clínica o consultorio médico que envió la factura. Hágales saber que tenía elegibilidad presunta para el hospital para la fecha de servicio en la factura y proporcione:
- El número de identificación de BIC que aparece en su tarjeta de Necesidad Inmediata o
- Elnúmero de identificación BIC que figura en su BIC de plástico o
- Otra prueba de elegibilidad, como la que solicitó a la oficina de servicios sociales de su condado.
- Solicite más ayuda: El proveedor puede volver a enviar la factura a Medi-Cal para el pago. Si no pueden ayudar, pida más ayuda a su departamento de facturación.
- Póngase en contacto con DHCS: Si el problema no se resuelve, comuníquese con el Centro de Servicio Telefónico del DHCS al (800) 541-5555 para obtener ayuda.
- Mantener registros: Guarde toda la correspondencia, las facturas y los comprobantes de cobertura para sus registros.
Preguntas
Las preguntas generales pueden enviarse a DHCSHospitalPE@dhcs.ca.gov. No podemos responder preguntas relacionadas con su elegibilidad para Medi-Cal ni buscar su caso.