Información sobre de de Salud Tribal e Indígena Designado Program Medi-Cal
El Programa Medi-Cal del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) debe buscar asesoramiento de las Tribus y de las personas designadas por los Programas de Salud Indígena y las Organizaciones Indígenas Urbanas sobre asuntos de Medi-Cal que tengan un efecto directo en los indios, los Programas de Salud Indígena o las Organizaciones Indígenas Urbanas según la Ley de Recuperación y Reinversión Estadounidense de 2009 (ARRA). El DHCS debe solicitar el asesoramiento de las tribus y de las personas designadas de los programas de salud para indígenas antes de presentar a los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) cualquier Enmienda al Plan Estatal (SPA), solicitudes de exención, renovaciones de exenciones o modificaciones de exenciones, o propuestas de proyectos de demostración en el programa de Medi-Cal. Los cambios propuestos al programa Medi-Cal se presentan trimestralmente a los CMS para su aprobación.
Los estados recibieron orientación sobre la implementación de este requisito de ARRA a través de la Carta 10-001 de los Directores Estatales de Medicaid
Los CMS aprobaron el proceso DHCS para buscar asesoramiento sobre los cambios propuestos al Programa Medi-Cal según se define en SPA 12-002
DHCS dirige las comunicaciones sobre los cambios propuestos al Programa Medi-Cal según se define en SPA 12-002 a los siguientes grupos: