Herramientas de detección y transición de atención para los servicios de salud mental de Medi-Cal
Preguntas frecuentes
Propósito de las herramientas
Requisitos para el uso de herramientas
Administración de herramientas
Puntuación
Referencias
Traducción
Conformidad
Intersección con otras políticas
¿Por qué se están implementando las herramientas de detección y transición de atención para los servicios de salud mental de Medi-Cal?
La iniciativa del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) de California para "Herramientas de detección y transición de atención para los servicios de salud mental de Medi-Cal" tiene como objetivo garantizar que las personas reciban servicios coordinados en todos los sistemas de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal y mejorar los resultados de salud. El objetivo es garantizar el acceso a la atención adecuada, en el lugar adecuado y en el momento adecuado.
¿Cuál es el propósito de las Herramientas de Evaluación para Adultos y Jóvenes para los Servicios de Salud Mental de Medi-Cal?
El propósito de las Herramientas de Detección de Adultos y Jóvenes para los Servicios de Salud Mental de Medi-Cal (en adelante, Herramientas de Detección) es determinar el sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal adecuado para referir a una persona que actualmente no recibe servicios de salud mental. El Plan de Atención Administrada de Medi-Cal (MCP, por sus siglas en inglés) o el Plan de Salud Mental del condado (MHP, por sus siglas en inglés) deben usar las herramientas cuando una persona, o una persona en su nombre si es menor de 21 años, se comunique con ellos y busque servicios de salud mental.
¿Las herramientas de detección están destinadas a funcionar como evaluaciones para determinar los servicios médicamente necesarios?
No. Las herramientas de evaluación no son evaluaciones y no reemplazan las evaluaciones. Las herramientas de detección identifican indicadores iniciales de las necesidades de salud mental de una persona que actualmente no recibe servicios de salud mental. Las herramientas de evaluación determinan si una persona debe ser referida al Plan de Atención Administrada (MCP) o al Plan de Salud Mental (MHP) para recibir una evaluación. Una vez que se haya administrado la herramienta de detección, la persona será referida al sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal apropiado para una evaluación clínica.
¿Las herramientas de detección abordan las necesidades de servicios para el trastorno por uso de sustancias?
El propósito principal de las herramientas de detección es identificar el sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal más adecuado cuando un miembro no está recibiendo servicios de salud mental actualmente. Las herramientas de detección incluyen preguntas relacionadas con el trastorno por uso de sustancias (SUD) que no afectan la puntuación de la evaluación, pero requieren una derivación para la evaluación de SUD si una persona responde afirmativamente. Si una persona responde afirmativamente a una pregunta sobre el SUD, el Plan de Atención Administrada (MCP) o el Plan de Salud Mental (MHP) debe ofrecerle una derivación al plan de salud conductual del condado para la evaluación del SUD, además de completar la herramienta de detección y hacer una derivación adecuada al sistema de prestación de servicios de salud mental. El miembro puede rechazar la derivación para la evaluación de SUD sin que ello afecte a su derivación al sistema de prestación de servicios de salud mental.
¿Cuál es el propósito de la Herramienta de Transición de Atención para los Servicios de Salud Mental de Medi-Cal?
La Herramienta de Transición de Atención para los Servicios de Salud Mental de Medi-Cal (en adelante, la Herramienta de Transición de Atención) apoya la atención oportuna y coordinada cuando las personas que actualmente reciben servicios de salud mental del Plan de Atención Administrada (MCP) o del Plan de Salud Mental (MHP) necesitan servicios transicionados al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal o necesitan agregar servicios proporcionados por el otro sistema de prestación de servicios.
¿La Herramienta de Transición de Atención tiene la intención de funcionar como una evaluación para determinar los servicios médicamente necesarios?
No. La Herramienta de Transición de Cuidado no es una evaluación y no reemplaza las evaluaciones. Además, la Herramienta de Transición de Atención no está destinada a funcionar como una herramienta para determinar si una persona debe hacer la transición de un sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal a otro o si los servicios adicionales proporcionados por el otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal deben agregarse al tratamiento de salud mental existente de una persona. Estas determinaciones deben ser hechas por el clínico a través de un proceso de decisión centrado en el paciente. La Herramienta de Transición de Atención aprovecha la información clínica existente para documentar las necesidades de salud mental de una persona y respaldar una derivación para una transición de atención o adición de servicios del Plan de Atención Administrada (MCP) o el Plan de Salud Mental (MHP) según se determine a través de una evaluación clínica individualizada de la necesidad.
¿Las Herramientas de detección y la Herramienta de transición de la atención están diseñadas para usarse juntas?
No. Las Herramientas de Detección y la Herramienta de Transición de la Atención son herramientas distintas con propósitos distintos. Las herramientas de detección son para cuando las personas que actualmente no reciben servicios de salud mental se comunican con un Plan de Atención Administrada (MCP) o un Plan de Salud Mental (MHP) para conectarse con los servicios. La Herramienta de Transición de Atención es para personas que actualmente reciben servicios de salud mental del MCP o MHP, y que necesitan que sus servicios sean transferidos de un sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal a otro, o que necesitan servicios agregados a su tratamiento del otro sistema de prestación de salud mental de Medi-Cal.
(Añadido en mayo de 2023) ¿El DHCS actualizará las herramientas? Si es así, ¿cuándo?
El DHCS puede actualizar las herramientas para mejorar la calidad clínica, incorporar cambios en las políticas relacionadas, abordar los problemas identificados en el monitoreo de la implementación o responder a los comentarios de las partes interesadas. No hay un plazo establecido para las actualizaciones de las herramientas. Los Planes de Atención Administrada (MCP)/Planes de Salud Mental (MHP) serán informados de cualquier actualización con anticipación.
¿Quién está obligado a usar las herramientas de detección?
Los Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) y los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) deben usar las Herramientas de Detección como se describe en APL 22-028 y BHIN 22-065. No se requiere el uso de las Herramientas de detección por parte de los proveedores de salud mental (u otros proveedores comunitarios) cuando las personas se comunican directamente con ellos para buscar servicios de salud mental. Los proveedores de salud mental que son contactados directamente por los miembros que buscan servicios de salud mental pueden comenzar el proceso de evaluación y brindar servicios durante el período de evaluación sin usar las Herramientas de detección, de conformidad con la Política de No Puerta Equivocada para los Servicios de Salud Mental descrita en APL 22-005 y BHIN 22-011.
(Añadido en marzo de 2024) ¿Los proveedores de salud mental están obligados a usar las Herramientas de detección cuando se comunican directamente con un miembro de Medi-Cal que busca servicios?
No. No se requiere el uso de las Herramientas de evaluación para adultos y jóvenes con miembros que se comunican directamente con proveedores de salud mental para buscar servicios de salud mental. DHCS recomienda encarecidamente a los proveedores que minimicen la carga para los miembros e inicien la evaluación y los servicios de manera oportuna. Los MCP y MHP deben permitir que los proveedores de salud mental contratados que son contactados directamente por los miembros que buscan servicios de salud mental comiencen el proceso de evaluación y brinden servicios a los miembros durante el período de evaluación sin usar las Herramientas de evaluación, de conformidad con la Política de No Puerta Incorrecta para los Servicios de Salud Mental descrita en APL 22-005 y BHIN 22-011.
¿Se requiere que los MCP y MHP usen las Herramientas de detección con todas las personas que se comuniquen con ellos para cualquier propósito?
No. Los Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) y los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) solo están obligados a usar las Herramientas de Detección cuando las personas que actualmente no reciben servicios de salud mental de ninguno de los sistemas de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal se comunican con ellos para buscar servicios de salud mental. Las Herramientas de detección no son necesarias para su uso con personas que actualmente reciben servicios de salud mental o personas que se comunican con el MCP o MHP para fines distintos a buscar servicios de salud mental. Además, las herramientas de detección no reemplazan las políticas y procedimientos de MCP o MHP que abordan las necesidades de atención urgente o de emergencia. Si una persona está en crisis o experimentando una emergencia psiquiátrica, el MCP o MHP debe seguir sus protocolos de emergencia y crisis.
(Actualizado en julio de 2023) ¿Son necesarias las herramientas de detección cuando un proveedor remite a las personas a un MCP para NSMHS o a un MHP para SMHS?
Las herramientas de detección son necesarias para su uso cuando una persona que actualmente no recibe servicios de salud mental se comunica directamente con el Plan de Atención Administrada (MCP)/Plan de Salud Mental (MHP) para buscar servicios. Si un proveedor (por ejemplo, un médico de atención primaria o una enfermera escolar) remite específicamente a una persona a un MCP para servicios de salud mental no especializados o a un MHP para servicios de salud mental especializados en función de la comprensión de las necesidades de la persona, el MCP/MHP no está obligado a usar las Herramientas de detección. Los MCP/MHP deben seguir los protocolos existentes para las derivaciones de proveedores en estos escenarios. Por ejemplo, los condados pueden haber establecido vías de referencia mediante las cuales las escuelas u otros proveedores de servicios que ya han realizado algún nivel de evaluación envían a las personas que probablemente requieran servicios especializados de salud mental al MHP, o los MCP pueden ser contactados por personas que han sido referidas por su proveedor específicamente para servicios de Análisis de Comportamiento Aplicado (ABA). Si la derivación ya incluye suficiente información sobre las necesidades de la persona, no se requiere una evaluación adicional.
Alternativamente, si un tercero (incluido, entre otros, un proveedor de atención médica) simplemente conecta a la persona con el MCP/MHP como un recurso (por ejemplo, les da el número de teléfono del MCP/MHP para obtener más información sobre los servicios que pueden estar disponibles para ellos) sin haber realizado una evaluación o una evaluación breve para determinar el sistema de entrega apropiado para la derivación, se deben utilizar las herramientas de detección.
(Añadido en julio de 2023) ¿Se requiere que los MCP/MHP usen las Herramientas de Detección y Transición de Atención con personas sin seguro y/o con seguro privado?
No. El DHCS no requiere el uso de las Herramientas de Detección y Transición de Atención con personas que no están inscritas en Medi-Cal.
¿Quién está obligado a usar la Herramienta de Transición de Atención?
Los Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) y los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) deben usar la Herramienta de Transición de Atención para coordinar las transiciones de atención entre los dos sistemas de prestación de servicios, como se describe en APL 22-028 y BHIN 22-065. Los MCP y MHP pueden optar por exigir a los proveedores que usen la Herramienta de Transición de Atención cuando una persona haga la transición o agregue servicios del otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal. Los MCP y MHP deben asegurarse de que sus subcontratistas y proveedores de red cumplan con todas las leyes y regulaciones estatales y federales aplicables, los requisitos contractuales y otras pautas del DHCS.
(Añadido en julio de 2023) ¿Quién puede determinar si una persona que actualmente recibe servicios de salud mental cubiertos por el MCP o el MHP necesita recibir servicios adicionales cubiertos por el otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal (es decir, MCP o MHP) o si necesita que su atención se transfiera al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal (es decir, MCP o MHP)?
La determinación de hacer la transición de servicios y/o agregar servicios del otro sistema de prestación de servicios de salud mental (es decir, el Plan de Atención Administrada (MCP) o el Plan de Salud Mental (MHP)) debe ser realizada por un médico a través de un proceso de toma de decisiones compartido centrado en el paciente de acuerdo con BHIN 22-065 y APL 22-028. El clínico actuará dentro de su ámbito de práctica según la ley de California y será uno de los tipos de proveedores enumerados en el Plan Estatal de Medicaid de California, Suplemento 3 al Anexo 3.1-A, páginas 2m-2p como proveedores de Servicios de Salud Mental de Rehabilitación. Las leyes existentes sobre el alcance de la práctica no han sido modificadas ni reemplazadas por BHIN 22-065 y APL 22-028.
(Añadido en mayo de 2023) ¿Cómo sabrán los proveedores si se supone que deben usar la Herramienta de Transición de Atención?
Los Planes de Atención Administrada (MCP)/Planes de Salud Mental (MHP) deben usar la Herramienta de Transición de Atención para garantizar que las personas que reciben servicios de salud mental de un sistema de prestación de salud mental de Medi-Cal reciban atención oportuna y coordinada cuando: (1) sus servicios existentes necesiten ser transferidos al otro sistema de prestación de servicios; o (2) cuando es necesario agregar servicios a su tratamiento de salud mental existente desde el otro sistema de prestación (de conformidad con el tratamiento concurrente según las políticas de No Wrong Door descritas en BHIN 22-011 y APL 22-005). Los MCP/MHP deben actualizar las políticas y los procedimientos según sea necesario para garantizar el cumplimiento. Los MCP/MHP son responsables de aclarar las expectativas para el uso de la Herramienta de Transición de Atención con los proveedores y de proporcionar capacitación sobre cómo y cuándo usar la herramienta.
¿Es necesario usar la Herramienta de Transición de Atención cuando una persona está siendo referida dentro del mismo sistema de entrega?
No. La Herramienta de Transición de Atención solo es necesaria para su uso cuando la atención de una persona se está transfiriendo al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal (es decir, Plan de Atención Administrada (MCP) o Plan de Salud Mental (MHP)) o se están agregando servicios del otro sistema de prestación de servicios de salud mental.
(Añadido en mayo de 2023) ¿Es necesaria la Herramienta de Transición de Atención si una persona se somete a la prueba de detección en el MCP o MHP, pero su evaluación clínica indica que pertenece al otro sistema?
Sí. Si el puntaje de la evaluación de una persona de la Herramienta de evaluación para adultos o jóvenes da como resultado una derivación al Plan de Atención Administrada (MCP)/Plan de Salud Mental (MHP) y su evaluación clínica posterior indica que debe recibir servicios en el otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal, el MCP/MHP debe asegurarse de que se complete la Herramienta de Transición de Atención y que la persona sea referida al otro sistema de prestación de servicios. De acuerdo con la política de No Wrong Door descrita en BHIN 22-011 y APL 22-005, todos los servicios de NSMHS y SMHS prestados durante el proceso de evaluación están cubiertos, incluso si la evaluación finalmente determina que deben ser remitidos al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal.
(Añadido en mayo de 2023) ¿Habrá capacitación sobre cómo usar las herramientas de detección y las herramientas de transición de la atención?
Los Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) y los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) son responsables de capacitar a su personal sobre cómo usar las herramientas. DHCS ha organizado varios seminarios web de asistencia técnica que brindan información sobre el propósito y el contenido de las herramientas, así como los requisitos relacionados. Las grabaciones de los seminarios web están disponibles en la página web de las herramientas de detección y transición de atención del DHCS para los servicios de salud mental de Medi-Cal, así como las capacitaciones en el sitio web de la Autoridad de Servicios de Salud Mental de California (CalMHSA).
¿Se pueden agregar preguntas/campos a las herramientas de detección y transición de la atención y/o se pueden integrar las herramientas con las herramientas existentes?
No. Es posible que las preguntas/campos no se agreguen ni eliminen de las Herramientas de evaluación ni de la Herramienta de transición de atención. Además, la redacción específica y el orden de las preguntas/campos en las herramientas deben permanecer intactos y la metodología de puntuación para las herramientas de selección no puede ser alterada. Se permiten los procesos del Plan de Atención Administrada (MCP) o del Plan de Salud Mental (MHP) que siguen a la administración de las herramientas y no alteran estos componentes de las herramientas, como la recopilación de información de identificación o la formulación de preguntas para coordinar las derivaciones.
Las herramientas de detección determinan el sistema de prestación de servicios de salud mental adecuado antes de la evaluación y no deben integrarse con las herramientas existentes que sirven para este mismo propósito. La Herramienta de Transición de Atención apoya la documentación y coordinación para las transiciones de atención o la adición de servicios del otro sistema de prestación de servicios de salud mental y no debe integrarse con las herramientas existentes que sirven para este mismo propósito. La herramienta de transición de la atención no determina si la atención debe ser transitada o si se deben agregar servicios del otro sistema de prestación y, por lo tanto, no reemplaza las herramientas u otros recursos que pueden ayudar a un médico a tomar esas determinaciones.
(Añadido en mayo de 2023) ¿Se pueden agregar campos demográficos adicionales a las herramientas de detección?
No. No se pueden agregar preguntas y campos adicionales a las Herramientas de detección. Si los Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) o los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) recopilan información demográfica antes o después de la evaluación, por ejemplo, como parte de la admisión inicial de los miembros o la coordinación de referencias, esos procesos no se consideran parte de la evaluación y no constituirían una adición a las herramientas de evaluación. Sin embargo, cualquier proceso para recopilar información demográfica antes de la evaluación debe ser breve por naturaleza y debe ser seguido inmediatamente por la administración de la Herramienta de detección para adultos o jóvenes. El DHCS recomienda encarecidamente a los MCP y MHP que ajusten las políticas, los procedimientos y los flujos de trabajo según sea necesario para mejorar la experiencia de los miembros. Los MCP y MHP deben evitar la duplicación de los procesos de evaluación de los servicios de salud mental que excedan o sean inconsistentes con las Herramientas de detección y transición de atención y la guía que las acompaña. DHCS continuará monitoreando los comentarios sobre los campos demográficos dentro de las Herramientas de Detección para determinar si se deben realizar cambios futuros a las Herramientas de Detección.
(Añadido en mayo de 2023) ¿Se puede proporcionar información adicional como notas o archivos adjuntos a las Herramientas de detección?
El contenido de las Herramientas de Selección no puede ser alterado. Los Planes de Atención Administrada (MCP)/Planes de Salud Mental (MHP) no pueden alterar el orden o la redacción de las preguntas dentro de las Herramientas de Evaluación y no se pueden agregar preguntas adicionales a las herramientas. Sin embargo, los MCP/MHP pueden compartir información adicional como parte de la derivación, como las notas tomadas durante la evaluación, si están disponibles y son apropiadas.
¿Pueden los que administran las Herramientas de Selección desviarse de la redacción específica si se les pide que aclaren una pregunta?
Las preguntas en las Herramientas de Selección deben hacerse en su totalidad utilizando la redacción específica proporcionada en la herramienta y en el orden específico en que las preguntas aparecen en las herramientas, en la medida en que la persona pueda responder. Puede haber casos en los que se le pida a la persona que administra la prueba de detección que aclare una pregunta para que la persona pueda responder. Como parte de la implementación de las Herramientas de Detección, se espera que los Planes de Atención Administrada (MCP) y los Planes de Salud Mental (MHP) capaciten al personal sobre los enfoques para responder a las solicitudes de aclaración que estén alineados con la intención de la(s) pregunta(s) y las políticas internas existentes.
¿Se permite desviarse de la redacción específica de las Herramientas de selección como parte de la traducción?
Sí. Se permite la desviación de la redacción específica de las preguntas de evaluación como parte de la traducción a otro idioma si el DHCS aún no ha proporcionado versiones traducidas de las preguntas de evaluación en ese idioma. Para obtener información adicional sobre los requisitos culturales y lingüísticos, los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) deben consultar el Título 9 del Reglamento del Código de California (CCR, por sus siglas en inglés) sección 1810.410 y BHIN 20-070, Datos de Idiomas Umbral. Para obtener información adicional sobre los requisitos federales y estatales con respecto a la no discriminación, los procedimientos de quejas por discriminación, la asistencia lingüística y las comunicaciones con personas con discapacidades, los Planes de Atención Administrada (MCP) deben consultar APL 21-004, Normas para determinar idiomas umbral, requisitos de no discriminación y Servicios de asistencia lingüística, o actualizaciones posteriores.
(Añadido en mayo de 2023) Cuando una persona responde afirmativamente a las preguntas 6, 7 o 9 de la Herramienta de evaluación para jóvenes, ¿por qué las instrucciones requieren que la persona que realiza la evaluación detenga la evaluación? ¿Puede la persona que hace la evaluación seguir haciendo las preguntas restantes sobre la evaluación?
Si un niño/joven, o la persona que responde en su nombre, responde "Sí" a la pregunta 6, 7 o 9 de la Herramienta de Evaluación de Jóvenes, cumple con los criterios para acceder a servicios especializados de salud mental según BHIN 21-073. En estos casos, ya se ha determinado el sistema de administración adecuado para la evaluación clínica (es decir, los Planes de Salud Mental (MHP)) y, por lo tanto, no se requiere el resto del cribado. Para minimizar la carga para la persona, la persona que realiza la evaluación debe concluir la evaluación y remitir a la persona al MHP para su evaluación clínica y no debe hacer las preguntas de evaluación restantes.
¿Se requiere que los MCP y MHP incorporen las herramientas de detección y transición de atención en sus sistemas de registros médicos electrónicos?
No. El DHCS ha proporcionado las Herramientas de Detección y Transición de Atención como documentos PDF rellenables pero no requiere que los Planes de Atención Administrada (MCP) y los Planes de Salud Mental (MHP) utilicen un formato particular para administrar las herramientas. Los MCP y MHP pueden optar por usar el formato PDF rellenable o pueden incorporar las herramientas en los sistemas existentes, como los registros de salud electrónicos, siempre y cuando la redacción específica, el orden de las preguntas y las metodologías de puntuación en las Herramientas de detección permanezcan intactas y la redacción específica y el orden de los campos en la Herramienta de transición de atención permanezcan intactos.
(Añadido en julio de 2023) ¿Cómo deben reclamar los MHP las actividades completadas como parte de las herramientas de detección y transición de la atención?
Las herramientas de detección y transición de atención estandarizan las actividades que ya se están llevando a cabo en los condados, incluida la determinación del sistema de atención adecuado para las personas que buscan servicios de salud mental y la facilitación de las transiciones de atención cuando cambian las necesidades de servicio. Los condados pueden ser reembolsados por estas actividades, incluida la administración de herramientas y la coordinación de referencias, según corresponda, a través de una variedad de vías existentes, como los costos administrativos de Medi-Cal, las Actividades Administrativas de Salud Mental de Medi-Cal (MH MAA) y/o la Administración de Casos Específicos, cuando corresponda. Las vías utilizadas por los MHP pueden variar según los procesos individuales del condado, la elegibilidad de los miembros para los servicios y otros factores.
En el caso de los reembolsos bajo MH MAA, la Actividad 4: Alcance de Medi-Cal (Plan de Implementación de MH-MAA, p. 8) es apropiada para reclamar la detección y las referencias por parte de personal sin licencia, mientras que la Actividad 16: Gestión de Casos de Casos No Abiertos (p. 14) es apropiado reclamar cuando la coordinación de la detección y la derivación es realizada por Personal Médico Profesional Calificado.
¿Qué determina la puntuación de las herramientas de detección?
Cada una de las herramientas de evaluación incluye una metodología de puntuación basada en las respuestas a las preguntas de las herramientas. La puntuación generada por las herramientas de detección determina si la persona será referida al Plan de Atención Administrada (MCP) o a los Planes de Salud Mental (MHP) para su evaluación clínica. La puntuación de las pruebas de detección
no determina el nivel de atención ni qué servicios son médicamente necesarios. Estas determinaciones se hacen durante la evaluación clínica y se pueden proporcionar servicios clínicamente apropiados durante el período de evaluación, como se describe en
APL 22-005 y
BHIN 22-011.
(Añadido en mayo de 2023) Si una persona tiene una puntuación total de detección de "0", ¿significa eso que no necesita servicios de salud mental en ninguno de los dos sistemas de prestación?
No. Si una persona tiene una puntuación de detección de "0", debe ser remitida al Plan de Atención Administrada (MCP) para una evaluación clínica.
¿Qué sucede si la persona que administra la herramienta de detección no está de acuerdo con la puntuación de la evaluación? ¿Se requiere que los MCP y MHP se adhieran a la referencia del sistema de entrega indicada por la puntuación de la detección?
Las personas deben ser referidas al sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal apropiado (es decir, el Plan de Atención Administrada (MCP) o los Planes de Salud Mental (MHP)) para una evaluación clínica basada en su puntaje de detección. Las herramientas de detección están diseñadas para ser administradas tanto por médicos no clínicos como por médicos y no requieren juicio clínico para ser administradas. Una vez referido al MCP o MHP, la persona recibirá una evaluación clínica que determinará el nivel de atención y los servicios médicamente necesarios.
¿Existe una metodología de puntuación para la Herramienta de Transición de la Atención?
No. La herramienta de transición de atención apoya la atención oportuna y coordinada cuando se agrega un servicio del otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal (es decir, el Plan de atención administrada (MCP) o el plan de salud mental (MHP)) o se completa una transición de atención al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal. Para ello, la herramienta proporciona un proceso estandarizado para compartir información y facilita la coordinación entre los sistemas de entrega. La herramienta no pretende ser diagnóstica, y tampoco pretende reemplazar los criterios existentes del DHCS para el acceso a servicios de salud mental especializados y no especializados. Los MCP y MHP deben seguir los criterios y procesos de acceso existentes para determinar si es necesaria una transición de atención o la adición de servicios del otro sistema de prestación para un miembro. Es importante destacar que la determinación de si se debe realizar una transición de la atención o la adición de servicios debe ser hecha por un médico. Este enfoque preserva la flexibilidad para los MCP y los MHP; si un MCP o MHP usa una rúbrica existente que se alinea con los criterios de acceso, esta política no les prohíbe continuar usándola para respaldar la determinación de si se necesita una derivación para una transición de atención a, o la adición de servicios de, el MCP o MHP de la persona. Una vez que se ha tomado la determinación de hacer la transición de la atención al otro sistema de prestación y/o agregar servicios del mismo, se requiere que los MCP y MHP utilicen la Herramienta de Transición de Atención para facilitar la derivación.
(Añadido en marzo de 2024) ¿Pueden los MCP y MHP usar una rúbrica o metodología al completar la Herramienta de Transición de Atención?
La Herramienta de Transición de Atención no pretende ser diagnóstica ni reemplazar los criterios existentes del DHCS para el acceso a servicios de salud mental especializados y no especializados, como se describe en APL 22-006 y BHIN 21-073. Más bien, la Herramienta de Transición de Atención proporciona un proceso estandarizado para compartir información y facilitar la coordinación entre los sistemas de prestación al agregar un servicio desde el otro sistema de prestación de salud mental de Medi-Cal o al completar una transición de atención a.
La determinación de si debe ocurrir una transición de atención o una adición de servicios debe ser realizada por un médico como se describe en APL 22-028 y BHIN 22-065. Los MCP y los MHP pueden desarrollar protocolos, que podrían incluir el uso de una rúbrica u otra metodología, para respaldar esta determinación. Una vez que un médico toma la determinación de hacer la transición de la atención al otro sistema de prestación y/o agregar servicios del mismo, se requiere que los MCP y los MHP utilicen la Herramienta de Transición de la Atención para facilitar la derivación.
Las disputas de prestación de servicios entre MCP y MHP deben abordarse de acuerdo con la guía del DHCS con respecto al proceso de resolución de disputas descrito en APL 21-013 y BHIN 21-034.
(Añadido en julio de 2023) ¿Se requiere que los MCP/MHP emitan un Aviso de Acción (NOA)/Aviso de Determinación Adversa de Beneficios (NOABD) si una persona es referida al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal en función de su puntaje de evaluación?
No. Las herramientas de evaluación no determinan la elegibilidad para beneficios o servicios, sino que determinan la derivación adecuada del sistema de prestación de servicios de salud mental para una evaluación inicial para los miembros de Medi-Cal que actualmente no reciben servicios de salud mental cuando se comunican con el Plan de Atención Administrada (MCP)/Plan de Salud Mental (MHP) en busca de servicios de salud mental. Los MCP/MHP no deben emitir un NOA/NOABD si una persona es referida al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal para una evaluación basada en su puntaje de detección. Para obtener información adicional sobre los requisitos de NOA/NOABD, los MCP y MHP pueden consultar APL 21-011 y MHSUDS IN 18-010E, respectivamente.
(Añadido en julio de 2023) ¿Qué deben hacer los MCP/MHP si una persona rechaza la derivación en función de su puntuación en las pruebas de detección?
Si una persona se somete a una prueba de detección en un sistema de prestación de servicios (Plan de Atención Administrada (MCP) o Plan de Salud Mental (MHP)) pero rechaza la derivación al otro sistema de prestación de servicios para su evaluación, el sistema de prestación de servicios (MCP o MHP) que administró la prueba de detección debe proporcionar una evaluación. De acuerdo con la política de No Wrong Door for Mental Health Services descrita en APL 22-005 y BHIN 22-011, los MCP y MHP pueden recibir reembolsos por la evaluación y los servicios clínicamente apropiados durante el período de evaluación, independientemente de si la evaluación da como resultado que la persona cumpla con los criterios de acceso.
Una vez evaluado, si una persona no cumple con los criterios de acceso para el sistema de prestación de servicios que completó la evaluación, el MCP o el MHP deben emitir una NOA/NOABD y utilizar la Herramienta de Transición de la Atención para facilitar la transición de la atención al otro sistema de prestación de servicios de salud mental.
(Añadido en marzo de 2024) ¿Qué debe hacer un MHP si el puntaje de evaluación de un miembro de Medi-Cal requiere una derivación a un MCP, pero el miembro no está inscrito en un MCP?
Si el puntaje de evaluación de un miembro de Medi-Cal requiere una derivación a un MCP, pero el miembro de Medi-Cal no está inscrito en un MCP, el MHP debe proporcionar una evaluación o facilitar la inscripción en un MCP y coordinar la remisión del miembro de Medi-Cal para garantizar una evaluación clínica oportuna.
De acuerdo con la política de No Wrong Door for Mental Health Services en APL 22-005 y BHIN 22-011, los MHP pueden recibir reembolsos por la evaluación y los servicios prestados durante el período de evaluación, independientemente de si la evaluación resulta en el cumplimiento de los criterios de acceso del otro sistema de entrega. Si el MHP realiza la evaluación y se recomiendan los servicios de salud mental no especializados (NSMHS, por sus siglas en inglés), los MHP deben facilitar las actividades de coordinación de la atención, incluido el seguimiento de los procesos existentes para facilitar la inscripción en el MCP y/o conectar a la persona con un proveedor de pago por servicio (FFS, por sus siglas en inglés) para NSMHS.
La mayoría de los miembros de Medi-Cal deben inscribirse en un MCP. La sucursal de Opciones de Atención Médica (HCO, por sus siglas en inglés) del DHCS proporciona información y recursos para apoyar la inscripción de los miembros de Medi-Cal. HCO también puede ayudar a los miembros de Medi-Cal a encontrar un proveedor de FFS, si corresponde. Para obtener más información, visite las siguientes páginas web del DHCS:
- Quién debe inscribirse: Aclara qué miembros de Medi-Cal deben inscribirse en un plan y cuáles están exentos (por ejemplo, miembros que reciben servicios de un proveedor de salud indígena o a través de un hogar de crianza).
- Formas de inscribirse: Describe cómo los miembros de Medi-Cal pueden inscribirse en un MCP en línea, por teléfono, por correo o en persona.
- Contáctenos: Proporciona información de contacto para HCO.
¿Se les permite a los MCP y MHP volver a evaluar a las personas si sienten que no se les calificó adecuadamente?
No. Una vez que una persona es referida a un Plan de Atención Administrada (MCP) o un Plan de Salud Mental (MHP) después de usar las Herramientas de Detección, el MCP o MHP receptor no puede volver a evaluar a las personas. Si una persona es referida a un MCP o MHP en función de la puntuación generada por la administración de la Herramienta de Detección, el MCP o MHP debe asegurarse de que la persona reciba acceso oportuno a la atención, incluida una evaluación clínica oportuna, de acuerdo con los estándares existentes y los servicios de salud mental médicamente necesarios.
¿Cuánto tiempo después de recibir una referencia del otro sistema de entrega deben los MCP y MHP ofrecer una cita para la evaluación clínica?
De acuerdo con AB 205, los planes deben cumplir con los estándares de tiempo de citas de conformidad con la Sección 1300.67.2.2 del Título 28 del Código de Regulaciones de California (CCR), así como con los estándares establecidos en los contratos entre DHCS y los planes. Los estándares de tiempo de citas comienzan desde el momento de la solicitud inicial de servicios de atención médica por parte de un afiliado o el proveedor tratante del afiliado. Si un sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal (es decir, el Plan de Atención Administrada (MCP) o el Plan de Salud Mental (MHP)) deriva a una persona al otro sistema de prestación de servicios de salud mental en función de su puntuación de detección, los estándares de tiempo de citas comenzarían el día en que el MCP o MHP reciba la derivación. Si un sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal (es decir, el MCP o el MHP) deriva a una persona para una evaluación clínica dentro de su propio sistema de prestación de servicios en función de su puntuación de detección, los estándares de tiempo de citas comenzarían el día en que la persona se puso en contacto con el MCP o el MHP inicialmente en busca de servicios.
¿Qué sucede si una persona es referida al MCP o MHP en función de su puntuación de detección, pero su evaluación clínica posterior indica que pertenece al otro sistema de administración?
Si bien las herramientas de detección están destinadas a dirigir a las personas al sistema de prestación de servicios más adecuado para la evaluación clínica y los servicios médicamente necesarios, puede haber casos en los que la evaluación clínica (que captura información adicional) revele que la persona debe recibir servicios en el otro sistema de prestación de servicios. En estos casos, la determinación del nivel de atención y los servicios médicamente necesarios a partir de la evaluación clínica tendría prioridad sobre la derivación al sistema de prestación indicada por la puntuación de detección. Si esto ocurre, el Plan de Atención Administrada (MCP) o el Plan de Salud Mental (MHP) utilizarían la Herramienta de Transición de Atención para facilitar una transición de la atención al otro sistema de prestación de servicios de salud mental. Como parte de este proceso, el MCP o MHP debe coordinarse con el otro sistema de prestación de servicios de salud mental, lo que incluye asegurarse de que se haya completado el proceso de derivación, que la persona se haya conectado con un proveedor en el nuevo sistema, que el nuevo proveedor acepte la atención de la persona y que se hayan puesto a disposición de la persona los servicios médicamente necesarios.
(Añadido en julio de 2023) ¿Qué deben hacer los MCP/MHP si tienen dificultades para ponerse en contacto con una persona que ha sido referida para los servicios de MCP o MHP?
Los Planes de Atención Administrada (MCP, por sus siglas en inglés) y los Planes de Salud Mental (MHP, por sus siglas en inglés) deben coordinarse entre sí para facilitar las derivaciones al otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal. Dicha coordinación debe incluir procesos para abordar escenarios en los que existen desafíos para establecer contacto con una persona. De acuerdo con BHIN 22-065 y APL 22-028, los MCP y MHP deben actualizar las políticas, los procedimientos y los memorandos de entendimiento en consonancia con el otro sistema de prestación de servicios de salud mental de Medi-Cal para garantizar el cumplimiento. DHCS espera que los MCP y MHP implementen consistentemente sus propias políticas y procedimientos, de acuerdo con las políticas de CalAIM, y que demuestren esfuerzos de buena fe para contactar a los miembros para facilitar las referencias.
Traducción
¿El DHCS proporcionará versiones traducidas de las herramientas de detección?
Sí. El DHCS publicó borradores de las traducciones de las Herramientas de Detección de Adultos y Jóvenes en los 12 idiomas umbral. Se puede acceder a las traducciones en la página web de Herramientas de detección y transición de la atención.
El DHCS solicita a los Planes de Salud Mental del condado y a los Planes de Atención Administrada de Medi-Cal que envíen cualquier comentario y/o corrección sobre las Herramientas de Detección traducidas al DHCS para garantizar que las traducciones sean culturalmente apropiadas y coherentes con el propósito previsto. Los comentarios o correcciones pueden enviarse a BHCalAIM@dhcs.ca.gov antes del 31de diciembre de 2023. Incluya el asunto Herramienta de evaluación para adultos y jóvenes: Traducción: Comentarios.
¿Existen requisitos de presentación de informes para las herramientas de detección y transición de la atención?
DHCS tiene la intención de evaluar la iniciativa de Herramientas de Detección y Transición de Atención a lo largo del tiempo para garantizar que las personas reciban acceso adecuado y oportuno a la atención. Como parte de este proceso, es posible que se soliciten informes adicionales.
¿Cómo se alinean las herramientas de detección con la política de No Wrong Door?
Las herramientas de detección y transición de la atención no contradicen y no deben servir como una barrera para los objetivos de la política de No Wrong Door. Las herramientas se centran en llevar a las personas a la puerta "correcta" desde el principio o en ayudar a los miembros a hacer la transición a su puerta "de al lado" de la manera más fluida posible. El objetivo es garantizar que las personas sean dirigidas al sistema de prestación de servicios más adecuado para la evaluación y los servicios utilizando un enfoque estandarizado. Además, los proveedores de salud mental que son contactados directamente por los miembros que buscan servicios de salud mental pueden comenzar el proceso de evaluación y brindar servicios durante el período de evaluación sin usar las Herramientas de detección, de conformidad con la Política de No Wrong Door for Mental Health Services descrita en APL 22-005 y BHIN 22-011.