La División de Licencias y Certificación (LCD, por sus siglas en inglés) ahora aceptará pagos en línea mediante transferencias electrónicas de dinero procesadas a través de un Red de Cámara de Compensación Automatizada (ACH). Los proveedores que deseen pagar las tarifas electrónicamente pueden seguir las instrucciones proporcionadas en el Departamento de Servicios de Atención Médica de California Portal en línea de EFT . Tarifas del Programa de Conducir Bajo la Influencia
Volver a Conducir bajo los efectos del alcohol
A continuación se muestran enlaces al directorio de datos y a la hoja de cálculo de tarifas del programa de DUI. Esta información incluye un glosario de términos utilizados en la hoja de cálculo y una lista de todos los programas de DUI con licencia en California, así como los programas de DUI aprobados y las tarifas auxiliares. Los programas de DUI pueden cobrar solo el programa y las tarifas auxiliares enumeradas en la hoja de cálculo. De acuerdo con el Título 9, Sección 9878, cualquier cambio en estas tarifas debe ser aprobado primero por el DHCS.
Evaluaciones Financieras
Un participante o posible participante puede solicitar a cualquier programa de DUI con licencia que realice una evaluación financiera para determinar su capacidad para pagar la tarifa del programa indicada. Es posible que los programas de DUI no requieran que los participantes se inscriban primero en el programa para recibir una evaluación financiera. Según los resultados de la evaluación financiera, los participantes pueden ser elegibles para pagar una tarifa máxima de $5 por mes, o calificar para una tarifa reducida del programa o un plan de pago extendido. Las evaluaciones financieras deben completarse dentro de los cinco días posteriores a la solicitud del participante o del programa de DUI, pero no con más frecuencia que cada 30 días. Los participantes pueden solicitar al DHCS que revise una evaluación financiera realizada por el programa de DUI para determinar el cumplimiento de acuerdo con el Título 9, Sección 9879. Dirija cualquier consulta o queja al (916) 322-2964 o DUIProviders@dhcs.ca.gov.