Sucursal de Políticas de Beneficios de Medi-Cal
Una de las cuatro ramas dentro de la División de Beneficios (BD) del Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS, por sus siglas en inglés) es la Rama de Política de Beneficios de Medi-Cal, que supervisa las actualizaciones del Plan Estatal de Medicaid, incluidas las Enmiendas al Plan Estatal (SPA), las actualizaciones regulatorias, los contratos con otras agencias estatales (llamados Acuerdos Interinstitucionales (IA)), las reclamaciones del Título XIX, los análisis de proyectos de ley legislativos, ciertas áreas de política de beneficios de Medi-Cal de alta visibilidad, y más.
Plan Estatal de Medicaid, incluidos los SPA
El Plan Estatal de Medicaid se basa en los requisitos establecidos en el Título XIX de la Ley del Seguro Social (SSA) y es un documento escrito completo creado por el DHCS que describe la naturaleza y el alcance de su programa Medicaid (Medi-Cal), que sirve como un acuerdo contractual entre el Estado de California y los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) federales y debe administrarse de conformidad con los requisitos específicos del Título XIX de la SSA y las regulaciones descritas en el Capítulo IV del Código de Regulaciones Federales. El Plan Estatal contiene toda la información necesaria para que los CMS determinen si el Estado puede recibir Participación Financiera Federal (FFP, por sus siglas en inglés) para Medi-Cal.
Normativa
La Subdivisión de Políticas de Beneficios de Medi-Cal es responsable de promulgar paquetes de regulaciones para realizar las actualizaciones necesarias al Título 22 del Código de Regulaciones de California (CCR), en relación con Medi-Cal. Por lo general, esto incluirá actualizaciones debido a cambios estatutarios como resultado de la legislación, pero también pueden ser cambios para garantizar la alineación con los cambios en la política de cobertura de beneficios de Medi-Cal.
Contratos / IAs
La Subdivisión de Políticas de Beneficios de Medi-Cal es responsable de desarrollar, ejecutar y supervisar los contratos, incluidos los AI con otros departamentos estatales, relacionados con los beneficios cubiertos por Medi-Cal, así como otros servicios y apoyos proporcionados a los miembros de Medi-Cal. Actualmente, BD supervisa contratos con los siguientes Departamentos de Estado:
- Departamento de Salud Pública de California (CDPH, por sus siglas en inglés)
- Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS)
- Departamento de Servicios de Desarrollo de California (CDDS, por sus siglas en inglés)
- Primeros 5 California
Título XIX Reclamación
La División de Políticas de Beneficios de Medi-Cal creó un Kit de Herramientas para Reclamar el Título XIX para proporcionar orientación y aclaraciones adicionales a otros departamentos estatales, así como a los socios locales y del condado, sobre cómo documentar adecuadamente y buscar el reembolso de los fondos de contrapartida del Título XIX a través de los diversos AI mantenidos entre el DHCS y otros departamentos estatales
La reclamación del Título XIX debe realizarse de acuerdo con todos los estatutos, reglamentos y políticas federales aplicables, incluidas, entre otras, las regulaciones y políticas federales de CMS, incluidas las cartas pertinentes del Director Estatal de Medicaid, los requisitos federales de reclamación de Medicaid; Circulares de la Oficina de Administración y Presupuestos (OMB); así como otras directrices de política emitidas por el Estado, según corresponda.
Para comunicarse con la División de Políticas de Beneficios de Medi-Cal con respecto a problemas de reclamo del Título XIX, comuníquese con nosotros por correo electrónico a Title19ClaimingBD@dhcs.ca.gov.
Análisis de Proyectos de Ley
La División de Políticas de Beneficios de Medi-Cal es responsable de evaluar los proyectos de ley estatales y federales propuestos y promulgados para determinar qué impacto pueden tener, si lo hay, en el programa actual de beneficios de Medi-Cal y proporcionar recomendaciones a los líderes del DHCS.
Áreas de política de beneficios de Medi-Cal
DHCS agregó los servicios de doula como un beneficio cubierto el 1de enero de 2023. Los servicios de doula están disponibles en pago por servicio y a través de los MCP de Medi-Cal. Los servicios incluyen apoyo personal a individuos y familias durante todo el embarazo y un año después del parto. Esto incluye el apoyo emocional y físico proporcionado durante el embarazo, el parto, el parto y el período posparto, así como el apoyo para y después del aborto espontáneo y el aborto.
El Grupo de Trabajo de Implementación de Doulas (el Grupo de Trabajo) es requerido por el Proyecto de Ley del Senado (SB) 65, que agregó la sección 14132.24 al Código de Bienestar e Instituciones (Código W&I).
DHCS agregó los servicios de CHW como un beneficio de Medi-Cal a partir del 1de julio de 2022. Los servicios de CHW son servicios de salud preventiva para prevenir enfermedades, discapacidades y otras condiciones de salud o su progresión; para prolongar la vida; y promover la salud y el bienestar físico y mental.
Medi-Cal cubre todo el BHT médicamente necesario para los miembros elegibles menores de 21 años, que pueden incluir niños con trastorno del espectro autista (TEA), así como niños para quienes un médico o psicólogo determine que es médicamente necesario.
La política de telesalud de Medi-Cal permite a los proveedores de Medi-Cal brindar servicios clínicamente apropiados a través de varias modalidades de telesalud, como se describe con más detalle en la sección Medicina: Telesalud del Manual del proveedor.
Medi-Cal ofrece transporte hacia y desde las citas para los servicios cubiertos por Medi-Cal, que incluye transporte médico que no es de emergencia (NEMT) y transporte no médico (NMT). Esto incluye el transporte a citas médicas, dentales, de salud mental o de trastornos por uso de sustancias, y para recoger recetas y suministros médicos.
DHCS agregó servicios diádicos como un beneficio a partir del 1de enero de 2023. Los servicios diádicos están disponibles para los miembros de Medi-Cal en pago por servicio (FFS) y a través de planes de atención administrada (MCP). Los servicios diádicos son un modelo de atención centrado en la familia y el cuidador destinado a abordar las condiciones de desarrollo y salud conductual de los niños e incluye servicios prestados a los padres/cuidadores (conocidos como "díada"). Los servicios diádicos ayudan a mejorar el acceso a la atención preventiva para los niños y las tasas de finalización de la vacunación. También abordan la coordinación de la atención, la salud y seguridad socioemocional de los niños, la crianza apropiada para el desarrollo y la salud mental materna.
Información de contacto
Para comunicarse con la División de Beneficios y Pólizas Médicas de Medi-Cal del DHCS/BD, envíenos un correo electrónico a Medi-Cal.Benefits@dhcs.ca.gov.